Sociedade de Responsabilidade Limitada81.946.600-9

Turismo Salto Del Laja Limitada

MODIFICACIÓN — 1 de jul. de 2024

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2024-07-01Ver PDF (CVE 2512817)

Informações societárias

Ltda
Laja, Biobío
Administração: Indistinta y separadamente por Sonia Ana Edelmira Zlatar Zamora y Rentas Puffe Zlatar Limitada

Capital

Capital total

$25.000.000

Sócios (3)

NomeParticipação

Martín Enrique Puffe Klapp

Socio

6.044%

Sonia Ana Edelmira Zlatar Zamora

Socio

6.044%

Rentas Puffe Zlatar Limitada

Socio

77.836.567-7

87.912%

Administradores (2)

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 26 de outubro de 1956

    Se inscribe el extracto original de la sociedad Turismo Salto del Laja Limitada.

  2. Constituição· 23 de abril de 1981

    Se otorgan los estatutos sociales originales de Turismo Salto del Laja Limitada.

    Olimpia Schneider Moenne-Loccoz

Texto oficial do extrato

PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa número 1202, local 101, certifica: Por escritura pública de fecha 07 de junio de 2024, Repertorio N° 4.175-2024, suscrita ante mí, don MARTÍN ENRIQUE PUFFE KLAPP, doña SONIA ANA EDELMIRA ZLATAR ZAMORA, y la sociedad RENTAS PUFFE ZLATAR LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, RUT N° 77.836.567-7, los anteriores domiciliados para estos efectos en Ex Ruta cinco Sur Kilómetro 485, Sector Saltos de Laja, comuna de Los Ángeles, Región del Bio Bio, y de paso en ésta, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada TURISMO SALTO DEL LAJA LIMITADA, RUT N.º 81.946.600-9 inscrita en extracto a fojas 8 bajo el N° 9 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Yumbel del año 1956, publicado en D.O. 26-10-1956. Las modificaciones sociales consisten en que los socios comparecientes acordaron unánimemente lo siguiente: 1) Aumento de Capital. Los socios comparecientes acordaron unánimemente aumentar el capital de la sociedad actualmente ascendente a la suma de $3.021.775 pesos y 26 centavos, en la suma de $21.978.224 pesos y 74 centavos, con lo cual el nuevo capital quedó fijado en la suma total de $25.000.000 2) Pago aumento de capital social e ingreso de nuevo socio. El aumento de capital por la suma de $21.978.224 pesos y 74 centavos, fue íntegramente aportado, enterado y pagado por la sociedad Rentas Puffe Zlatar Limitada, quien actuando por medio de su representante, lo enterará y pagará mediante el siguiente detalle: (Uno) con la suma de $10.000.000, enterados en el acto y en su totalidad en dinero en efectivo en la caja social; y, (Dos) con la suma de $11.978.224 pesos y 74 centavos, que se pagarán dentro del plazo máximo de 3 años contado desde la fecha de suscripción de la presente escritura. Por su parte Rentas Puffe Zlatar Limitada se incorporó como nuevo socio de la compañía con el consentimiento de todos los comparecientes, y don Martín Enrique Puffe Klapp y doña Sonia Ana Edelmira Zlatar Zamora, manifestaron su voluntad de no suscribir el aumento de capital. Los socios acordaron en forma unánime aprobar el monto del aumento de capital, que se realizó por la suma de $21.978.224 pesos y 74 centavos, en los términos ya señalados. 3) Modificaciones Sociales al Estatuto Social. Don Martín Enrique Puffe Klapp, doña Sonia Ana Edelmira Zlatar Zamora y Rentas Puffe Zlatar Limitada en su carácter de actuales y únicos socios de Turismo Salto del Laja Limitada, acordaron sustituir las siguientes cláusulas de los Estatutos Sociales otorgados por escritura pública de fecha 23 de abril del año 1981 en la Notaría Pública de Santiago de doña Olimpia Schneider Moenne-Loccoz, los que quedarán en el siguiente tenor: uno) “Cláusula Primera. Los comparecientes constituyen una sociedad comercial de responsabilidad limitada, que bajo la razón social de “Turismo Salto del Laja Limitada, se rige por las estipulaciones contenidas en las cláusulas siguientes, por las disposiciones de la Ley Número Tres mil novecientos dieciocho, y sus posteriores modificaciones, y por las normas correspondientes de los Códigos de Comercio y Civil.”; dos) “Cláusula Quinta. El capital de la sociedad es la suma de $25.000.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: uno) Don Martín Enrique Puffe Klapp aporta la suma de $1.510.887 pesos y 63 centavos, equivalentes al 6,044% del total de los derechos sociales, enterados íntegramente y en su totalidad en dinero en efectivo con anterioridad a esta fecha en la caja social; dos) Doña Sonia Ana Edelmira Zlatar Zamora aporta la suma de $1.510.887 pesos y 63 centavos, equivalentes al 6,044% del total de los derechos sociales, enterados íntegramente y en su totalidad en dinero en efectivo con anterioridad a esta fecha en la caja social; y, tres) Rentas Puffe Zlatar Limitada aporta la suma de $21.978.224 pesos y 74 centavos, equivalentes al 87,912% del capital social, enterados de la siguiente forma: i) con la suma de $10.000.000, que se encuentran íntegramente pagados con anterioridad a esta fecha en la caja social; ii) con la suma de $11.978.224 pesos y 74 centavos, que pagará dentro del plazo de 3 años a contar de la fecha del presente instrumento. En consecuencia, las partes declaran íntegramente aportado y enterado el capital social. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes y derechos en la sociedad. Las utilidades y las eventuales pérdidas que se produzcan se distribuirán entre los socios de acuerdo a su aporte en la sociedad”; y, tres) “Cláusula Sexta. Uso de la Razón Social. La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá indistinta y separadamente a doña Sonia Ana Edelmira Zlatar Zamora y a la sociedad Rentas Puffe Zlatar Limitada, quien a través de su o sus representantes legales, personas naturales, y anteponiendo la razón social a su o sus firmas, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, con todas y cada una de las facultades señaladas en la escritura extractada que se dan por reproducidas una a una.” Los socios declararon que mantienen la limitación de responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. En todo lo no modificado por la presente escritura, se mantienen las demás estipulaciones contenidas en los estatutos sociales de Turismo Salto del Laja Limitada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. CAPITAL VIGENTE: $25.000.000. Santiago, 25 de junio de 2024.

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    CVE 2512817

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