Sociedad Comercial De Atacama Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
Regularizar la situación legal de los socios de la sociedad y continuar como sociedad comercial de responsabilidad limitada, con las modificaciones introducidas en el acto.
Capital
Capital total
$10.102.671
Capital integralizado
$10.102.671
Capital pendente
$0
Sócios (6)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Luis Ernesto Bertoglia Fuentes Socio 6.xxx.xxx-1 | 6.xxx.xxx-1 | 16.66625% | - |
Patricio Rolando Bertoglia Fuentes Socio 5.xxx.xxx-3 | 5.xxx.xxx-3 | 16.66625% | - |
Jeanette Marie Bertoglia Fuentes Socio 6.xxx.xxx-5 | 6.xxx.xxx-5 | 16.66625% | - |
Jorge Arnoldo Bertoglia Fuentes Socio 5.xxx.xxx-9 | 5.xxx.xxx-9 | 16.66625% | - |
JUAN ANTONIO FERMÍN SELVA CORTÉS Socio 10.xxx.xxx-6 | 10.xxx.xxx-6 | 16.6675% | - |
Socio 10.xxx.xxx-5 | 10.xxx.xxx-5 | 16.6675% | - |
Administradores (2)
JAIME RICARDO CASTILLO IBACACHE
JUAN ANTONIO FERMÍN SELVA CORTÉS
Representação legal (4)
JAIME RICARDO CASTILLO IBACACHE
JAIME RICARDO CASTILLO IBACACHE
JAIME RICARDO CASTILLO IBACACHE
JAIME RICARDO CASTILLO IBACACHE
Histórico societário relatado
- Constituição· 14 de julho de 1986
Se constituyó la sociedad "SOCIEDAD COMERCIAL DE ATACAMA LIMITADA" o "SOMACO LTDA." por LUIS PEDRO ABATE BERTOGLIA BIANCHI, MAFALDA VIRGINIA BERTOGLIA BIANCHI y FERMÍN SELVA SPINELLI, por partes iguales.
LUIS PEDRO ABATE BERTOGLIA BIANCHI · MAFALDA VIRGINIA BERTOGLIA BIANCHI · FERMÍN SELVA SPINELLI
- Falecimento
Fallecieron los socios fundadores originales LUIS PEDRO ABATE BERTOGLIA BIANCHI, MAFALDA VIRGINIA BERTOGLIA BIANCHI y FERMÍN SELVA SPINELLI.
LUIS PEDRO ABATE BERTOGLIA BIANCHI · MAFALDA VIRGINIA BERTOGLIA BIANCHI · FERMÍN SELVA SPINELLI
- Sucessão
Los derechos sociales de los causantes fueron adjudicados a sus herederos: Luis Ernesto Bertoglia Fuentes, Patricio Rolando Bertoglia Fuentes, Jeanette Marie Bertoglia Fuentes, Jorge Arnoldo Bertoglia Fuentes, JUAN ANTONIO FERMÍN SELVA CORTÉS y ANA MARÍA SELVA CORTÉS.
Luis Ernesto Bertoglia Fuentes · Patricio Rolando Bertoglia Fuentes · Jeanette Marie Bertoglia Fuentes · Jorge Arnoldo Bertoglia Fuentes · JUAN ANTONIO FERMÍN SELVA CORTÉS · ANA MARÍA SELVA CORTÉS
- Outro ato· 31 de março de 2021
Los herederos y socios comparecientes rectificaron, enmendaron y aclararon el pacto social, regularizando la situación legal de los socios y modificando la administración.
Luis Ernesto Bertoglia Fuentes · Patricio Rolando Bertoglia Fuentes · Jeanette Marie Bertoglia Fuentes · Jorge Arnoldo Bertoglia Fuentes · JUAN ANTONIO FERMÍN SELVA CORTÉS · ANA MARÍA SELVA CORTÉS · JAIME RICARDO CASTILLO IBACACHE
Texto oficial do extrato
OSVALDO RODRIGO MANTHEY PINTO, Abogado y Notario Público de la IV Notaría de Copiapó, con domicilio en calle Atacama 402, suplente del titular don PEDRO FELIPE VILLARINO KRUMM, según Decreto Económico N°61 del IV Juzgado de Letras de Copiapó de fecha 20 de abril del año en curso, CERTIFICO: Que por escritura pública de 31 de marzo de 2021, Repertorio número 492, otorgada ante PEDRO FELIPE VILLARINO KRUMM, Notario Público de la IV Notaría de Copiapó, don Luis Ernesto Bertoglia Fuentes, C.N.I. y RUT N°6.010.086-1, con domicilio en Calama, calle Soldado Rafael Ramírez 662, Villa Atacama; don Patricio Rolando Bertoglia Fuentes, C.N.I. y RUT N°5.957.726-3, domiciliado en calle La Parva 761, comuna de Chillán; doña Jeanette Marie Bertoglia Fuentes, C.N.I. y RUT N°6.571.272-5, con domicilio en Santiago de Chile, calle Napoleón 3501, departamento 6-A, comuna de Las Condes; y don Jorge Arnoldo Bertoglia Fuentes, C.N.I. y RUT N°5.958.466-9, con domicilio en calle Travesía del Mar 03041, Jardines del Sur, de Antofagasta, todos representados por don Jaime Ricardo Castillo Ibacache, domiciliado en calle Pasaje Los Pinos 577, de Copiapó, C.N.I. y RUT N°6.967.209-4; don JUAN ANTONIO FERMÍN SELVA CORTÉS, C.N.I. y RUT N°10.799.195-6, domiciliado en calle Laguna San Rafael 737 de Copiapó y doña ANA MARÍA RAQUEL SELVA CORTÉS, C.N.I. y RUT N°10.795.172-5, con domicilio en Avenida Los Carrera 4553, casa 4, Condominio Montes del Valle, Copiapó, como los únicos dueños del 100% de los derechos sociales de la “SOCIEDAD COMERCIAL DE ATACAMA LIMITADA” o “SOMACO LTDA.”, RUT N°81.917.600-0, procedieron a hacer las rectificaciones, enmiendas y aclaraciones al pacto social vigente y en seguida, como los únicos socios de la referida sociedad, se constituyeron en Junta Plena de Socios y procedieron a tomar los acuerdos sociales relativos a la gestión de administración y de representación de la “SOCIEDAD COMERCIAL DE ATACAMA LIMITADA” o “SOMACO LTDA.”. Como consecuencia del fallecimiento de los tres socios fundadores originales que constituyeron el pacto social que está contenido en la escritura pública de catorce de julio de mil novecientos ochenta y seis pasada ante el Notario Público de Copiapó don Eduardo Cabrera Cortés, que fueron los señores LUIS PEDRO ABATE BERTOGLIA BIANCHI, doña MAFALDA VIRGINIA BERTOGLIA BIANCHI, y don FERMÍN SELVA SPINELLI, quienes constituyeron la sociedad comercial de responsabilidad limitada bajo el nombre de “SOCIEDAD COMERCIAL DE ATACAMA LIMITADA” o “SOMACO LTDA.”, por partes iguales, sociedad que se encuentra inscrita en extracto en fojas ciento cincuenta y cinco vuelta número setenta y ocho en el Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Copiapó del año mil novecientos ochenta y seis y que se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile en la edición número treinta y dos mil quinientos treinta del día veinticuatro de julio del año mil novecientos ochenta y seis, en la actualidad son los únicos herederos de los derechos sociales del causante don LUIS PEDRO ABATE BERTOGLIA BIANCHI, y de los derechos sociales de la causante doña MARÍA PETRONILA FUENTES FIGUEROA, su cónyuge sobreviviente, y de los derechos sociales de la causante doña MAFALDA VIRGINIA BERTOGLIA BIANCHI, sus hijos y sobrinos, respectivamente, los señores Luis Ernesto Bertoglia Fuentes, Patricio Rolando Bertoglia Fuentes, Jeanette Marie Bertoglia Fuentes y Jorge Arnoldo Bertoglia Fuentes, con un 16,66625 % cada uno, y en la actualidad son los únicos herederos de los derechos sociales del causante don FERMÍN SELVA SPINELLI, sus dos hijos, los señores don Juan Antonio Fermín Selva Cortés y doña Ana María Raquel Selva Cortés, con 16,6675 % cada uno, en el haber social de la “SOCIEDAD COMERCIAL DE ATACAMA LIMITADA” o “SOMACO LTDA.”, lo que debe quedar expresado y debe ser reconocido por el cien por ciento de los socios en el seno del pacto social respectivo mediante las correspondientes modificaciones de dicho instrumento social, que en seguida se acuerda introducirle en la siguiente forma: PRIMER ACUERDO SOCIAL DE MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS SOCIALES: ANTECEDENTE UNO: Conforme a los antecedentes que se han dejado expresados precedentemente, los señores don LUIS ERNESTO BERTOGLIA FUENTES, don PATRICIO ROLANDO BERTOGLIA FUENTES, doña JEANETTE MARIE BERTOGLIA FUENTES y don JORGE ARNOLDO BERTOGLIA FUENTES son dueños y titulares de los dos tercios del cien por ciento de los derechos sociales, los que repartidos entre los cuatro titulares mencionados, les corresponde un dieciséis coma seis, seis, seis, seis, seis por ciento a cada uno del interés social. ANTECEDENTE DOS: Conforme a los antecedentes que se han dejado expresados precedentemente, los señores don JUAN ANTONIO FERMÍN SELVA CORTÉS y doña ANA MARÍA SELVA CORTÉS, son dueños y titulares de un tercio del cien por ciento de los derechos sociales, los que repartidos entre los dos titulares mencionados, les corresponde un dieciséis como seis, seis, siete, cinco por ciento a cada uno del interés social. CONCLUSIÓN: ACUERDO SOCIAL DE MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS SOCIALES: Como consecuencia de lo anterior, y concurriendo la totalidad o la unanimidad de los socios, los señores don LUIS ERNESTO BERTOGLIA FUENTES, don PATRICIO ROLANDO BERTOGLIA FUENTES, doña JEANETTE MARIE BERTOGLIA FUENTES y don JORGE ARNOLDO BERTOGLIA FUENTES, debidamente representados por don Jaime Ricardo Castillo Ibacache, y los señores don JUAN ANTONIO FERMÍN SELVA CORTÉS y doña ANA MARÍA SELVA CORTÉS, ambos por sí, y en consecuencia, concurriendo el cien por ciento de los derechos sociales ya detallados, acuerdan modificar los estatutos sociales en las materias que se indican y acuerdan que el texto de los estatutos sociales quedarán conformado de la siguiente manera: UNO: Se acuerda modificar el Estatuto Social mediante la eliminación de los textos actuales de las cláusulas Primero, Segundo y Tercero actuales. DOS: El Estatuto Social tendrá como cláusula Primero, que reemplazará a las cláusulas precedentemente eliminadas, la que tendrá el siguiente texto nuevo: ”PRIMERO: Con el objeto de regularizar la situación legal de los socios de la “SOCIEDAD COMERCIAL DE ATACAMA LIMITADA” o “SOMACO LTDA.”, los señores don LUIS ERNESTO BERTOGLIA FUENTES, don PATRICIO ROLANDO BERTOGLIA FUENTES, doña JEANETTE MARIE BERTOGLIA FUENTES y don JORGE ARNOLDO BERTOGLIA FUENTES, y los señores don JUAN ANTONIO FERMÍN SELVA CORTÉS y doña ANA MARÍA SELVA CORTÉS, como únicos interesados en el cien por ciento de su haber social y como únicos socios, vienen en constituir una sociedad comercial de responsabilidad limitada en conformidad a las disposiciones de la ley tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones, las disposiciones del Código Civil y del Código de Comercio que versan sobre la materia en todo lo que no se hubiere estipulado en este contrato. Esta sociedad es la continuadora legal de la “SOCIEDAD COMERCIAL DE ATACAMA LIMITADA” o “SOMACO LTDA.”, con domicilio en Copiapó, calle Atacama número doscientos cuarenta y cinco y con el rol único tributario número ochenta y un millones novecientos diecisiete mil seiscientos guión cero, el que se conserva a partir de esta fecha, para todos los efectos jurídicos y con las modificaciones introducidas en este acto por los comparecientes.”. TRES: La actual cláusula Cuarto se mantiene en su texto, pero se le cambia su ordinal “Cuarto”, por el guarismo nuevo “SEGUNDO”. CUATRO: La actual cláusula Quinto se mantiene en su texto, pero se le cambia su ordinal “Quinto”, por el guarismo nuevo “TERCERO”. CINCO: La actual cláusula Sexto se mantiene en su texto, pero se le cambia su ordinal “Sexto”, por el guarismo nuevo “CUARTO”. SEIS: La actual cláusula Séptimo se elimina en la integridad de su texto actual, y se la reemplaza por una nueva cláusula “Quinto”, que es y será del tenor siguiente: “QUINTO: El capital social es y será la suma de diez millones ciento dos mil seiscientos setenta y un pesos, que fue aportado por sus antecesores en el dominio del haber social según balance practicado al treinta y uno de diciembre de mil novecientos ochenta y cinco, cuyos valores han dado origen a las cuentas que se han contabilizado e iniciado desde el primero de enero de mil novecientos ochenta y seis, y que los socios comparecientes acuerdan y aceptan darlo por aportado y pagado en partes iguales, esto es, en un dieciséis coma seis, seis, seis, seis, seis, seis por ciento del haber social, por cada uno de ellos.”. SIETE: La actual cláusula Octavo se mantiene en su texto, pero se le cambia su ordinal “Octavo”, por el guarismo nuevo “SEXTO”. OCHO: La actual cláusula Noveno se elimina en la integridad de su texto actual, y se la reemplaza por una nueva cláusula “Séptimo”, que es y será del tenor siguiente: “SÉPTIMO: Las utilidades y las pérdidas se distribuirán o soportarán entre los socios a prorrata de sus aportes, esto es, en un dieciséis coma seis, seis, seis, seis, seis, seis, seis por ciento del haber social, por cada uno de ellos.”. NUEVE: La actual cláusula Décimo se mantiene en su texto, pero se le cambia su ordinal “Décimo”, por el guarismo nuevo “OCTAVO”. DIEZ: La actual cláusula Undécimo se mantiene en su texto, pero se le cambia su ordinal “Undécimo”, por el guarismo nuevo “NOVENO”. ONCE: La actual cláusula Décimo Segundo se mantiene en su texto, pero se le cambia su ordinal “Décimo Segundo”, por el guarismo nuevo “DÉCIMO”. DOCE: La actual cláusula Décimo Tercero se mantiene en su texto, pero se le cambia su ordinal “Décimo Tercero”, por el guarismo nuevo “UNDÉCIMO”. TRECE: La actual cláusula Décimo Cuarto se mantiene en su texto, pero se le cambia su ordinal “Décimo Cuarto”, por el guarismo nuevo “DÉCIMO SEGUNDO”. CATORCE: La actual cláusula Décimo Quinto se mantiene en su texto, pero se le cambia su ordinal “Décimo Quinto”, por el guarismo nuevo “DÉCIMO TERCERO”; y QUINCE: La actual cláusula Décimo Sexto se mantiene en su texto, pero se le cambia su ordinal “Décimo Sexto”, por el guarismo nuevo “DÉCIMO CUARTO”. TERCERO: SEGUNDO ACUERDO SOCIAL RELATIVO A LA DESIGNACIÓN DE ADMINISTRADORES DE LA SOCIEDAD: Presente en este acto don JAIME RICARDO CASTILLO IBACACHE, quien comparece en representación de los señores Luis Ernesto Bertoglia Fuentes, Patricio Rolando Bertoglia Fuentes, Jeanette Marie Bertoglia Fuentes y Jorge Arnoldo Bertoglia Fuentes, y compareciendo por sí y personalmente también los señores don JUAN ANTONIO FERMÍN SELVA CORTÉS y doña ANA MARÍA SELVA CORTÉS, como los únicos dueños y titulares del cien por ciento del haber social de la “SOCIEDAD COMERCIAL DE ATACAMA LIMITADA” o “SOMACO LTDA.”, proceden por la unanimidad de los socios presentes y/o debidamente representados de la “SOCIEDAD COMERCIAL DE ATACAMA LIMITADA” o “SOMACO LTDA.”, a tomar los siguientes acuerdos sociales relativos a la gestión de administración y de representación de la “SOCIEDAD COMERCIAL DE ATACAMA LIMITADA” o “SOMACO LTDA.”: UNO: Como consecuencia de las rectificaciones, enmiendas y aclaraciones al pacto social que constan en la cláusula que antecede, se acuerda por todos los Socios, dejar claramente establecido que los señores don LUIS ERNESTO BERTOGLIA FUENTES, don PATRICIO ROLANDO BERTOGLIA FUENTES, doña JEANETTE MARIE BERTOGLIA FUENTES, don JORGE ARNOLDO BERTOGLIA FUENTES, don JUAN ANTONIO FERMÍN SELVA CORTÉS y doña ANA MARÍA SELVA CORTÉS, todos concurren como socios de la “SOCIEDAD COMERCIAL DE ATACAMA LIMITADA” o “SOMACO LTDA.”, en partes iguales en el haber social, esto es, en un dieciséis coma seis, seis, seis, seis, seis, seis, seis por ciento del haber social, por cada uno de ellos., tanto en el cien por ciento de sus derechos sociales y así como en el cien por ciento de sus obligaciones sociales actualmente exigibles, vigentes y no prescritas. DOS: Como consecuencia de las rectificaciones, enmiendas y aclaraciones al pacto social que constan en la cláusula que antecede, se acuerda por todos los Socios, que a partir de esta fecha, serán administradores conjuntos de la Sociedad, los señores don JAIME RICARDO CASTILLO IBACACHE y don JUAN ANTONIO FERMÍN SELVA CORTÉS, ambos ya individualizados, quedando desde ya premunidos estos representantes conjuntos de todas las facultades que constan en el pacto social, con excepción de las facultades de vender y de hipotecar bienes raíces sociales, las que solamente podrán ser ejercidas por un administrador especialmente facultado para tales efectos, o actuando la unanimidad de los socios al efecto. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Doy Fe. Copiapó, 27 de abril de 2021.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD COMERCIAL DE ATACAMA LIMITADA
CVE 1935641
