Sociedade de Responsabilidade Limitada79.984.370-6

Barros Negros Agrícola Limitada

MODIFICACIÓN — 22 de dez. de 2016

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2016-12-22Ver PDF (CVE 1153921)

Informações societárias

Ltda
Av. La Dehesa 1450, local 15 A 2

Capital

Capital total

$14.000.000

Capital integralizado

$14.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (6)

NomeParticipação

MARIA ALICIA BERGUECIO SOTOMAYOR

Socio

50%

CRISTIAN EULOGIO BARROS BERGUECIO

Socio

10%

MARÍA CAROLINA BARROS BERGUECIO

Socio

10%

BERNARDITA BARROS BERGUECIO

Socio

10%

MANUEL JOSÉ BARROS BERGUECIO

Socio

10%

BENJAMIN JAIME BARROS BERGUECIO

Socio

10%

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 16 de janeiro de 1990

    Constitución de la sociedad BARROS NEGROS AGRÍCOLA LIMITADA.

  2. Outro ato· 4 de julho de 1995

    Se inscribe una modificación anterior de la sociedad.

Texto oficial do extrato

ARMANDO ULLOA CONTRERAS, Notario Público Titular de Santiago, con oficio en Lo Barnechea, Av. La Dehesa 1450, local 15 A 2, Certifico: Por escritura pública hoy, ante mí: MARIA ALICIA BERGUECIO SOTOMAYOR, domiciliada en Luis Pasteur 7459 Departamento 5B, Vitacura; CRISTIAN EULOGIO BARROS BERGUECIO, domiciliado en Calle Los Castaños 1650 casa 7, comuna de Lo Barnechea; MARIA CAROLINA BARROS BERGUECIO o CAROLINA BARROS BERGUECIO, domiciliada en Las Bandurrias G.11, Puerto Varas; BERNARDITA BARROS BERGUECIO, domiciliada en Alicante 887, Las Condes; MANUEL JOSE BARROS BERGUECIO, domiciliado en Río Simpson 5863, Lo Barnechea; BENJAMIN JAIME BARROS BERGUECIO, domiciliado en Málaga 725, Las Condes; modificaron sociedad responsabilidad limitada bajo razón social ‘‘BARROS NEGROS AGRÍCOLA LIMITADA’’, inscrita a fojas 973, número 493, del Registro de Comercio de Santiago del año 1990 y publicado en el Diario Oficial con fecha 16 de enero de 1990, cuya modificación anterior fue inscrita a fojas 4369, número 11730, del Registro de Comercio de Santiago del año 1995 y publicado en el Diario Oficial con fecha 4 de Julio de 1995,en el siguiente sentido: Uno) María Alicia Berguecio Sotomayor vende, cede y transfiere el 10% de sus derechos sociales ascendentes al 60% del capital social, a don Benjamín Jaime Barros Berguecio, quien los compra y acepta para sí en precio de $12.000.000. Dos) Se sustituye la clausula CUARTA relativa al Capital, por la que siguiente: “CUARTO: El capital de la sociedad es catorce millones de pesos el que se distribuye de la siguiente manera: doña MARIA ALICIA BERGUECIO SOTOMAYOR siete millones de pesos, esto es un 50%, CRISTIAN EULOGIO BARROS BERGUECIO un millón cuatrocientos mil pesos, esto es un 10%, MARÍA CAROLINA BARROS BERGUECIO un millón cuatrocientos mil pesos, esto es un 10%, BERNARDITA BARROS BERGUECIO un millón cuatrocientos mil pesos, esto es un 10%, MANUEL JOSÉ BARROS BERGUECIO un millón cuatrocientos mil pesos, esto es un 10% y BENJAMIN JAIME BARROS BERGUECIO un millón cuatrocientos mil pesos, esto es un 10%. El capital se encuentra en la situación indicada en el artículo segundo transitorio de estos estatutos.” Tres) Se modifica el artículo primero transitorio de los estatutos en que sin formar parte del estatuto social se otorgó un poder especial a don Guillermo Berguecio Sotomayor y a don Jaime Barros Ariztía, en el sentido que se le quita vigencia a ese poder especial solo respecto de Guillermo Berguecio Sotomayor quedando como único mandatario para ejercer las facultades indicadas en esa cláusula don Jaime Barros Ariztía. Cuatro) Se sustituye el artículo Segundo transitorio por el siguiente: ARTICULO “SEGUNDO TRANSITORIO: El capital social es de catorce millones de pesos que los socios han aportado y enterado en la caja social, y que se distribuye de la siguiente manera: doña MARIA ALICIA BERGUECIO SOTOMAYOR siete millones de pesos, esto es un 50%; CRISTIAN EULOGIO BARROS BERGUECIO un millón cuatrocientos mil pesos, esto es un 10%, MARÍA CAROLINA BARROS BERGUECIO un millón cuatrocientos mil pesos, esto es un 10%, BERNARDITA BARROS BERGUECIO un millón cuatrocientos mil pesos, esto es un 10%, MANUEL JOSÉ BARROS BERGUECIO un millón cuatrocientos mil pesos, esto es un 10% y BENJAMIN JAIME BARROS BERGUECIO un millón cuatrocientos mil pesos, esto es un 10%.”. En todo lo no modificado rige pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 04 de noviembre de 2016.

Atuações recentes

  1. MODIFICACIÓN

    BARROS NEGROS AGRÍCOLA LIMITADA

    CVE 1153921

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