Sociedad Agrícola El Cántaro Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Capital
Capital total
$156.752.047
Sócios (5)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Inversiones HERCO Dos Limitada Socio | - | 24.0275% | $37.663.546 |
Inversiones HERCO Cinco Limitada Socio | - | 24.0275% | $37.663.546 |
Inversiones HERCO Seis Limitada Socio | - | 24.0275% | $37.663.545 |
Ricardo Ignacio Cruzat Infante Socio | - | 13.9588% | $21.880.705 |
Socio | - | 13.9588% | $21.880.705 |
Texto oficial do extrato
ROSE MARIE MUÑOZ ÁLVAREZ, abogado, Notario Suplente de don PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Titular de la Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa número mil doscientos uno, local ciento uno, certifica que: por escritura pública de fecha 30 de diciembre de 2024, bajo el repertorio número 10452-2024, ante mi, comparecieron: /uno/ SOCIEDAD AGRÍCOLA HERCO LIMITADA, debidamente representada por don Ricardo Ignacio Cruzat Infante; /dos/ don RICARDO IGNACIO CRUZAT INFANTE, por sí; /tres/ doña PAZ OCHAGAVÍA VALDÉS; /cuatro/ INVERSIONES HERCO DOS LIMITADA, debidamente representada por don Rafael Cruzat Ochagavía; /cinco/ INVERSIONES HERCO CINCO LIMITADA, debidamente representada por don Alvaro Cruzat Ochagavía; y /seis/ INVERSIONES HERCO SEIS LIMITADA, debidamente representada por don Gerardo Cruzat Ochagavía, todos los anteriores domiciliados, para estos efectos en calle Napoleón 3527, piso 8 comuna de Las Condes, Santiago; en relación con la SOCIEDAD AGRÍCOLA EL CÁNTARO LIMITADA, rol único tributario número 79.870.400-1, inscrita a fojas 1.133, número 555 en el Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Santiago correspondientes al año 1989 /en adelante, la “Sociedad”/ y acordaron lo siguiente: (1) dejar constancia que mediante escrituras públicas otorgadas con fecha 30 de diciembre de 2024 y ante esta misma notaría, han sido constituidas las siguientes nuevas sociedades /a/ Inversiones HERCO Dos Limitada; /b/ Inversiones HERCO Cinco Limitada; y /c/ Inversiones HERCO Seis Limitada, en adelante, conjuntamente como las “Nuevas Sociedades”. Extractos de constitución de las Nuevas Sociedades se encuentran actualmente en proceso de inscripción en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y de publicación en el Diario Oficial. Las partes dejan expresa constancia que Sociedad Agrícola HERCO Limitada es socia de las Nuevas Sociedades detentando el 99,5054% aproximado de los derechos sociales en cada una de ellas. Dicho porcentaje en el capital de las Nuevas Sociedades ha sido pagado por Sociedad Agrícola HERCO Limitada mediante el aporte en especie, en cada una de ellas, del 24,0275% aproximado de los derechos sociales que detentaba en la Sociedad. Como consecuencia de la constitución de las Nuevas Sociedades, Sociedad Agrícola HERCO Limitada, y con la aceptación expresa de don Ricardo Ignacio Cruzat Infante y de doña Paz Ochagavía Valdés, deja de ser socia y se retira de la Sociedad, dejándose expresa constancia del ingreso como socios en Sociedad Agrícola El Cántaro Limitada de Inversiones HERCO Dos Limitada, Inversiones HERCO Cinco Limitada e Inversiones HERCO Seis Limitada, quienes, a contar de esta fecha pasan a ser titulares en partes iguales de todos los derechos sociales previamente detentados por Sociedad Agrícola HERCO Limitada en la Sociedad. (2) modificar el capital de la Sociedad para reflejar a los nuevos y únicos socios, por el siguiente texto: “Artículo Quinto. Capital. El capital de la sociedad es $156.752.047, que los socios aportan de la siguiente manera y cantidad: a) Inversiones HERCO Dos Limitada, la suma de $37.663.546, correspondientes al 24,0275% aproximado del capital social; b) Inversiones HERCO Cinco Limitada, la suma de $37.663.546, correspondientes al 24,0275% aproximado del capital social; c) Inversiones HERCO Seis Limitada, la suma de $37.663.545, correspondientes al 24,0275% aproximado del capital social; d) don Ricardo Ignacio Cruzat Infante, la suma de $21.880.705, correspondientes al 13,9588% aproximado del capital social; y e) doña Paz Ochagavía Valdés, la suma de $21.880.705, correspondientes al 13,9588% aproximado del capital social.” En todo lo no modificado permanecen plenamente vigentes las demás estipulaciones del pacto social de la Sociedad, en especial la declaración de que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en la escritura extractada. Santiago, 14 de febrero de 2025.
Informações societárias
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto: a) La obtención de rentas provenientes de la explotación de bienes raíces agrícolas, forestales, y no agrícolas, ya sean en su calidad de propietario, usufructuario, arrendatario u otro título que le confiera el uso o goce temporal de ellos; b) La obtención de rentas provenientes de la cesión a cualquier título del uso y goce temporal de bienes raíces agrícolas, forestales y no agrícolas; c) Los demás negocios que los socios acuerden y, en especial, todos aquellos relacionados con la agricultura. Estas actividades las podrá realizar directamente o a través de otras sociedades en las que tenga interés.
Capital
Capital total
$156.752.047
Capital integralizado
$156.752.047
Capital pendente
$0
Sócios (3)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Sociedad Agrícola Herco Limitada Socio | - | 72.0824% | $112.990.638 |
Ricardo Ignacio Cruzat Infante Socio | - | 13.9588% | $21.880.705 |
Socio | - | 13.9588% | $21.880.705 |
Administradores (3)
Texto oficial do extrato
PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago con oficio en Av. La Dehesa N° 1201, local 101, Lo Barnechea, Santiago; certifico que por escritura pública de fecha 30 de abril de 2024, bajo repertorio N° 3069-2024, ante mi Suplente Rose Marie Muñoz Alvarez: Ricardo Ignacio Cruzat Infante, Paz Ochagavía Valdés y Sociedad Agrícola HERCO Limitada; todos domiciliados para estos efectos en calle Napoleón 3527, piso 8, Las Condes, en su calidad de únicos y actuales socios de SOCIEDAD AGRÍCOLA EL CÁNTARO LIMITADA, RUT N° 79.870.400-1, inscrita a fojas 1.133, N° 555 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1989 (en adelante, la “Sociedad”), acordaron, entre otras materias, lo siguiente: (1) Dividir la Sociedad en tres sociedades, la primera que será la continuadora legal de la existente y mantendrá su razón social y rol único tributario aunque con las modificaciones acordadas a su pacto social, y dos nuevas sociedades que surgen de la división, que tendrán por nombre o razón social “Sociedad Agrícola San José Limitada” y “Sociedad Agrícola Santa Mónica Limitada”; (2) Como consecuencia de la división, acuerdan disminuir el capital de la Sociedad desde $846.761.572 a la cantidad definitiva de $156.752.047, modificando el artículo Sexto de los estatutos, modificando la administración de la misma y repactando en su totalidad los estatutos sociales de lo que se extracta lo siguiente: Razón social: SOCIEDAD AGRÍCOLA EL CÁNTARO LIMITADA. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) La obtención de rentas provenientes de la explotación de bienes raíces agrícolas, forestales, y no agrícolas, ya sean en su calidad de propietario, usufructuario, arrendatario u otro título que le confiera el uso o goce temporal de ellos; b) La obtención de rentas provenientes de la cesión a cualquier título del uso y goce temporal de bienes raíces agrícolas, forestales y no agrícolas; c) Los demás negocios que los socios acuerden y, en especial, todos aquellos relacionados con la agricultura. Estas actividades las podrá realizar directamente o a través de otras sociedades en las que tenga interés. Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o del extranjero. Duración: La duración de la sociedad será de cinco años a contar de esta fecha, plazo que se prorrogará automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales de cinco años cada uno, si ninguno de los socios expresa su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de tres meses de anticipación al vencimiento del respectivo período. Capital: El capital de la sociedad es $156.752.047, que los socios aportan de la siguiente manera y cantidad: a) Sociedad Agrícola Herco Limitada, la suma de $112.990.638, correspondientes al 72,0824% del capital social; b) don Ricardo Ignacio Cruzat Infante, la suma de $21.880.705, correspondientes al 13,9588% del capital social; y c) doña Paz Ochagavía Valdés, la suma de $21.880.705, correspondientes al 13,9588% del capital social. Dichos aportes se encuentran totalmente pagados. Administración y uso Razón Social: La administración y representación de la sociedad corresponderá a los señores Rafael Cruzat Ochagavía, Alvaro Cruzat Ochagavía y/o Gerardo Cruzat Ochagavía, actuando individual e indistintamente. La responsabilidad de los socios queda limitada hasta el monto de sus respectivos aportes; (3) Seguidamente, aprobaron los estatutos de la sociedad que se constituye producto de la división, esto es “Sociedad Agrícola San José Limitada”, de la que se extracta lo siguiente: Razón social: SOCIEDAD AGRÍCOLA SAN JOSÉ LIMITADA. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) La obtención de rentas provenientes de la explotación de bienes raíces agrícolas, forestales, y no agrícolas, ya sean en su calidad de propietario, usufructuario, arrendatario u otro título que le confiera el uso o goce temporal de ellos; b) La obtención de rentas provenientes de la cesión a cualquier título del uso y goce temporal de bienes raíces agrícolas, forestales y no agrícolas; c) Los demás negocios que los socios acuerden y, en especial, todos aquellos relacionados con la agricultura. Estas actividades las podrá realizar directamente o a través de otras sociedades en las que tenga interés. Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o del extranjero. Duración: La duración de la sociedad será de cinco años a contar de esta fecha, plazo que se prorrogará automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales de cinco años cada uno, si ninguno de los socios expresa su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de tres meses de anticipación al vencimiento del respectivo período. Capital: El capital de la sociedad es $114.291.797, que los socios aportan de la siguiente manera y cantidad: a) Sociedad Agrícola Herco Limitada, la suma de $82.384.270, correspondientes al 72,0824% del capital social; b) don Ricardo Ignacio Cruzat Infante, la suma de $15.953.763, correspondientes al 13,9588% del capital social; y c) doña Paz Ochagavía Valdés, la suma de $15.953.763, correspondientes al 13,9588% del capital social. Dichos aportes se encuentran totalmente pagados. Administración y uso Razón Social: La administración y representación de la sociedad corresponderá a cualquiera de doña María Paz Cruzat Ochagavía, doña María José Cruzat Ochagavía, don Patricio José Parodi Cruzat y don Tomás Fernández Cruzat actuando individual e indistintamente. La responsabilidad de los socios queda limitada hasta el monto de sus respectivos aportes; y (4) Por último, aprobaron los estatutos de la sociedad que se constituye producto de la división, esto es “Sociedad Agrícola Santa Mónica”, de la que se extracta lo siguiente: Razón social: SOCIEDAD AGRÍCOLA SANTA MÓNICA LIMITADA. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) La obtención de rentas provenientes de la explotación de bienes raíces agrícolas, forestales, y no agrícolas, ya sean en su calidad de propietario, usufructuario, arrendatario u otro título que le confiera el uso o goce temporal de ellos; b) La obtención de rentas provenientes de la cesión a cualquier título del uso y goce temporal de bienes raíces agrícolas, forestales y no agrícolas; c) Los demás negocios que los socios acuerden y, en especial, todos aquellos relacionados con la agricultura. Estas actividades las podrá realizar directamente o a través de otras sociedades en las que tenga interés. Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o del extranjero. Duración: La duración de la sociedad será de cinco años a contar de esta fecha, plazo que se prorrogará automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales de cinco años cada uno, si ninguno de los socios expresa su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de tres meses de anticipación al vencimiento del respectivo período. Capital: El capital de la sociedad es $575.717.728, que los socios aportan de la siguiente manera y cantidad: a) Sociedad Agrícola Herco Limitada, la suma de $414.991.156, correspondientes al 72,0824% del capital social; b) don Ricardo Ignacio Cruzat Infante, la suma de $80.363.286, correspondientes al 13,9588% del capital social; y c) doña Paz Ochagavía Valdés, la suma de $80.363.286, correspondientes al 13,9588% del capital social. Dichos aportes se encuentran totalmente pagados. Administración y uso Razón Social: La administración y representación de la sociedad corresponderá a don Ricardo Cruzat Ochagavía actuando en forma individual y con las más amplias facultades. La responsabilidad de los socios queda limitada hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 24 de junio de 2024.
Informações societárias
Capital
Capital total
$846.761.572
Capital integralizado
$846.761.572
Sócios (3)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
RICARDO IGNACIO CRUZAT INFANTE Socio | - | 13.9588% | $118.197.754 |
Socio | - | 13.9588% | $118.197.754 |
SOCIEDAD AGRÍCOLA HERCO LIMITADA Socio | - | 72.0824% | $610.366.064 |
Histórico societário relatado
- Mudança de capital· 18 de maio de 2007
Se rectificó una escritura de modificación para corregir el monto del capital estatutario.
- Constituição· 1 de janeiro de 1989
Se alude a la inscripción original de la sociedad en el Registro de Comercio.
Texto oficial do extrato
PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Notario Público Titular de la 2ª Notaría de Santiago, con oficio en Avenida La Dehesa N° 1201, local 101, comuna de Lo Barnechea, certifica mediante escritura pública de fecha 27 de marzo de 2024, bajo repertorio N° 2036-2024, comparecieron: /Uno/ don RICARDO IGNACIO CRUZAT INFANTE; /Dos/ doña PAZ OCHAGAVÍA VALDÉS; y /Tres/ SOCIEDAD AGRÍCOLA HERCO LIMITADA, debidamente representada por Ricardo Ignacio Cruzat Infante y por Paz Ochagavía Valdés /en adelante, conjuntamente como los “Socios”/; todos con domicilio en calle Napoleón número tres mil quinientos veintisiete, departamento ocho, comuna de Las Condes, Santiago; los comparecientes, en relación con la “SOCIEDAD AGRÍCOLA EL CÁNTARO LIMITADA”, rol único tributario N° 79.870.400-1 /en adelante, la “Sociedad”/ inscrita fojas 1.133, número 555 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1989, acordaron lo siguiente: /Uno/ Rectificar escritura pública de modificación de la Sociedad, de fecha 18 de mayo de 2007, otorgada en la Notaría de Santiago de don Patricio Raby Benavente e inscrita a fojas 24.512 número 17.925 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2007, que ajustaba el monto del capital estatutario. Se rectificó en el sentido de dar cuenta de la errata tipográfica en el monto del capital, que señalaba que éste sería la suma de $1.338.874.467, en circunstancias que debió decir “$846.761.572”; /Dos/ Conforme a lo anterior, los Socios acordaron la modificación del Artículo Sexto de los estatutos sociales, reemplazando íntegramente su texto con el fin de ajustar el Capital acorde a la rectificación señalada, quedando redactado en la forma siguiente: “ARTÍCULO SEXTO: El capital de la Sociedad es la suma de $846.761.572, enteramente pagado, que los Socios aportaron de la siguiente manera y cantidad: /i/ el señor Ricardo Ignacio Cruzat Infante aportó la suma total de $118.197.754, equivalente al 13,9588% de los derechos sociales; /ii/ la señora Paz Ochagavía Valdés aportó la suma total de $118.197.754, equivalente al 13,9588% de los derechos sociales; y /iii/ la Sociedad Agrícola HERCO Limitada aportó la suma total de $610.366.064, equivalente al 72,0824% de los derechos sociales”. En todo lo no modificado, siguen vigentes las estipulaciones del pacto social, en especial, lo relativo a que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 2 de abril de 2024.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
Sociedad Agrícola El Cántaro Limitada
CVE 2613161
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SOCIEDAD AGRÍCOLA EL CÁNTARO LIMITADA
CVE 2511705
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SOCIEDAD AGRÍCOLA EL CÁNTARO LIMITADA
CVE 2487528
