Sociedade de Responsabilidade Limitada79.593.280-1

Transportes Apoquindo Limitada

MODIFICACIÓN — 25 de abr. de 2026

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2026-04-25Ver PDF (CVE 2802198)

Informações societárias

Ltda
Francisco Bilbao Nº 7.232

Objeto social

La explotación de equipos de radio transceptores en automóviles de alquiler, vehículos particulares, propios o de terceros, ambulancias, vehículos de carga, automóviles y minibuses de transporte colectivos controlados por mesas centrales, transporte privado de pasajeros y personal de empresas, públicas y/o privadas, tours de turismos urbano e interurbano, nacional o internacional y todas las actividades anexas y relacionadas con el turismo y traslado de personas por vía terrestre, fluvial, marítima, aérea, y demás negocios similares o no que los socios acuerden; y, la adquisición de vehículos motorizados eléctricos, híbridos o tecnológicos de parte de terceros proveedores y/o fabricantes con la finalidad de celebrar contratos de leasing financiero con terceras personas jurídicas y/o naturales, mediante los cuales la Sociedad cede el uso de dichos bienes muebles por un plazo estipulado, y otorga una primera opción de compra de estos últimos, a cambio de una contraprestación dineraria determinada y de carácter periódica.

Capital

Capital total

$5.046.000

Sócios (11)

NomeParticipação

María Isabel Ruiz Pino

Socio

14.4022%

Mercedes Esperanza Castro Ruiz

Socio

14.4022%

Carlos Aurelio Rojas García

Socio

14.3912%

Arturo González Rubilar

Socio

11.3609%

Virginia Parada Carrasco

Socio

4.3645%

Eugenio Mariano Castro Barra

Socio

1.09%

Andrea Alejandra Castro Parada

Socio

20%

Eugenia Paz Castro Parada

Socio

20%

Lucía Alejandra Schwember Neira

Socio

4.797066667%

Enrique Ignacio Schwember Neira

Socio

4.797066667%

Andrés Ricardo Schwember Neira

Socio

4.797066667%

Histórico societário relatado

  1. Falecimento

    Fallecimiento de la socia María Nella De Las Mercedes

    María Nella De Las Mercedes

  2. Sucessão

    Ingreso de Mercedes Esperanza Castro Ruiz como heredera abintestato de María Nella De Las Mercedes

    Mercedes Esperanza Castro Ruiz · María Nella De Las Mercedes

Texto oficial do extrato

Ministerio del Interior WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ, Abogado, Notario Público, titular de la Cuadragésima Novena Notaría de Santiago, ubicada en Calle Amunategui número setenta y tres, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, certifico que el día 7 de abril de 2026, ante mí, se otorgó escritura pública de Transportes Apoquindo Limitada (“Sociedad”), en la cual sus socios: doña María Isabel Ruiz Pino, doña Mercedes Esperanza Castro Ruiz, don Carlos Aurelio Rojas García, don Arturo González Rubilar, doña Virginia Parada Carrasco, doña Andrea Alejandra Castro Parada, doña Eugenia Paz Castro Parada, por sí y en representación de don Eugenio Mariano Castro Barra, doña Lucía Alejandra Schwember Neira, don Enrique Ignacio Schwember Neira, y don Andrés Ricardo Schwember Neira, todos domiciliados en Francisco Bilbao Nº 7.232, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, dieron cuenta del fallecimiento del socio de la Sociedad, doña María Nella De Las Mercedes; y, acordaron: (i) el ingreso en calidad de socio de la Sociedad de doña Mercedes Esperanza Castro Ruiz, hija y heredero abintestato de la socia fallecida, doña María Nella De Las Mercedes, en virtud de lo dispuesto en los estatutos sociales; y, (ii) modificar el objeto de la Sociedad. Producto de lo anterior, acordaron modificar el actual artículo Segundo del Título Primero de los estatutos sociales, relativo al objeto, reemplazándolo por el siguiente: “Artículo Segundo: La sociedad tiene por objeto a. La explotación de equipos de radio transceptores en automóviles de alquiler, vehículos particulares, propios o de terceros, ambulancias, vehículos de carga, automóviles y minibuses de transporte colectivos controlados por mesas centrales, transporte privado de pasajeros y personal de empresas, públicas y/o privadas, tours de turismos urbano e interurbano, nacional o internacional y todas las actividades anexas y relacionadas con el turismo y traslado de personas por vía terrestre, fluvial, marítima, aérea, y demás negocios similares o no que los socios acuerden; y, b. La adquisición de vehículos motorizados eléctricos, híbridos o tecnológicos de parte de terceros proveedores y/o fabricantes con la finalidad de celebrar contratos de leasing financiero con terceras personas jurídicas y/o naturales, mediante los cuales la Sociedad cede el uso de dichos bienes muebles por un plazo estipulado, y otorga una primera opción de compra de estos últimos, a cambio de una contraprestación dineraria determinada y de carácter periódica.”. Asimismo, acordaron modificar el artículo Quinto del Título Segundo de los estatutos sociales, relativo al capital social, reemplazándolo por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de cinco millones cuarenta y seis mil pesos, el que fue enterado por los socios en la siguiente forma y proporción: a) doña MARÍA ISABEL RUIZ PINO y doña MERCEDES ESPERANZA CASTRO RUIZ, como únicos miembros de la comunidad hereditaria formada por el fallecimiento de doña Clemencia De Las Mercedes Pino Catalán, don Oscar Aurelio Ruiz Bañados y, posteriormente, por el fallecimiento de doña María Nella De Las Mercedes Ruiz Pino, quienes aportaron la cantidad de setecientos veintiséis mil setecientos treinta y cinco pesos, equivalente a un catorce coma cuatro cero dos dos por ciento de los derechos sociales, el que ha sido pagado al contado en dinero en efectivo e ingresado a la caja social; b) don CARLOS AURELIO ROJAS GARCÍA aportó la cantidad de setecientos veintiséis mil ciento ochenta pesos, equivalente a un catorce coma tres nueve uno dos por ciento de los derechos sociales, el que ha sido pagado al contado en dinero en efectivo e ingresado a la caja social; c) don ARTURO GONZÁLEZ RUBILAR aportó la cantidad de quinientos setenta y tres mil doscientos setenta y un pesos, equivalente a un once coma tres seis cero nueve por ciento de los derechos sociales, el que ha sido pagado al contado en dinero en efectivo e ingresado a la caja social; d) doña VIRGINIA PARADA CARRASCO aportó la cantidad de doscientos veinte mil doscientos treinta y tres pesos, equivalente a un cuatro coma tres seis cuatro cinco por ciento de los derechos sociales, el que ha sido pagado al contado en dinero en efectivo e ingresado a la caja social; e) don EUGENIO MARIANO CASTRO BARRA aportó la cantidad de cincuenta y cinco mil un pesos, equivalente a un uno coma cero nueve cero cero por ciento de los derechos sociales, el que ha sido pagado al contado en dinero en efectivo e ingresado a la caja social; f) doña ANDREA ALEJANDRA CASTRO PARADA aportó la cantidad de un millón nueve mil doscientos pesos, equivalente a un veinte por ciento de los derechos sociales, el que ha sido pagado al contado en dinero en efectivo e ingresado a la caja social; g) doña EUGENIA PAZ CASTRO PARADA aportó la cantidad de un millón nueve mil doscientos pesos, equivalente a un veinte por ciento de los derechos sociales, el que ha sido pagado al contado en dinero en efectivo e ingresado a la caja social; h) doña LUCÍA ALEJANDRA SCHWEMBER NEIRA aportó la cantidad de doscientos cuarenta y dos mil sesenta pesos, equivalente a un cuatro coma siete nueve siete cero seis seis seis siete por ciento de los derechos sociales, el que ha sido pagado al contado en dinero en efectivo e ingresado a la caja social; i) don ENRIQUE IGNACIO SCHWEMBER NEIRA aportó la cantidad de doscientos cuarenta y dos mil sesenta pesos, equivalente a un cuatro coma siete nueve siete cero seis seis seis siete por ciento de los derechos sociales, el que ha sido pagado al contado en dinero en efectivo e ingresado a la caja social; y j) don ANDRÉS RICARDO SCHWEMBER NEIRA aportó la cantidad de doscientos cuarenta y dos mil sesenta pesos, equivalente a un cuatro coma siete nueve siete cero seis seis seis siete por ciento de los derechos sociales, el que ha sido pagado al contado en dinero en efectivo e ingresado a la caja social.”. Demas estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 13 de abril 2026.

ModificaçãoDiario Oficial · 2023-11-18Ver PDF (CVE 2407914)

Informações societárias

Ltda
Avenida Bilbao Nº7.232

Capital

Capital total

$5.046.000

Sócios (12)

NomeParticipação

Julia Orlanda García Martínez

Socio

-

María Isabel Ruiz Pino

Socio

14.4022%

María Nella de las Mercedes Ruiz

Socio

14.4022%

Carlos Aurelio Rojas García

Socio

14.3912%

Arturo González Rubilar

Socio

11.3609%

Virginia Parada Carrasco

Socio

4.3645%

Eugenio Mariano Castro Barra

Socio

1.09%

Andrea Alejandra Castro Parada

Socio

20%

Eugenia Paz Castro Parada

Socio

20%

Lucía Alejandra Schwember Neira

Socio

4.79706667%

Enrique Ignacio Schwember Neira

Socio

4.79706667%

Andrés Ricardo Schwember Neira

Socio

4.79706667%

Histórico societário relatado

  1. Falecimento

    Fallecimiento de Clemencia de las Mercedes Pino Catalán

    Clemencia de las Mercedes Pino Catalán

  2. Falecimento

    Fallecimiento de Óscar Aurelio Ruiz Bañados

    Óscar Aurelio Ruiz Bañados

  3. Cessão de direitos· 2 de novembro de 2023

    Julia Orlanda García Martínez dona, cede y transfiere la nuda propiedad del 14,3912% de sus derechos sociales a Carlos Aurelio Rojas García

    Julia Orlanda García Martínez · Carlos Aurelio Rojas García

Texto oficial do extrato

Juan Ricardo San Martín Urrejola, Notario Público, Titular de la 43º Notaría de Santiago con oficio en Huérfanos Nº835, piso 18, Santiago, certifico: que el día 2 de noviembre de 2023, repertorio número 32.980/2023, ante mí, se otorgó escritura pública de Transportes Apoquindo Limitada (“Sociedad”) en la cual sus socios: Julia Orlanda García Martínez; María Isabel Ruiz Pino y María Nella de las Mercedes Ruiz, ambas en representación y como únicos miembros de la comunidad hereditaria de doña Clemencia de las Mercedes Pino Catalán y Óscar Aurelio Ruiz Bañados; Virginia Parada Carrasco; Arturo González Rubilar; Andrea Alejandra Castro Parada; Eugenia Paz Castro Parada; Lucía Alejandra Schwember Neira; Enrique Ignacio Schwember Neira; Andrés Ricardo Schwember Neira; Eugenio Castro Barra; y, Carlos Aurelio Rojas García, todos domiciliados en Avenida Bilbao Nº7.232, Las Condes, acordaron y dieron cuenta de la donación de derechos sociales de doña Julia Orlanda García Martínez, quien donó, cedió y transfirió, por mera liberalidad, de forma gratuita e irrevocablemente, la nuda propiedad del catorce coma tres nueve uno dos por ciento de sus Derechos Sociales en la Sociedad, a don Carlos Aurelio Rojas García cuyo valor patrimonial al treinta y uno de marzo de dos mil veintitrés asciende a la suma de diecinueve millones trescientos cincuenta y un mil cincuenta pesos. Producto de lo anterior, acordaron modificar el actual artículo Quinto de los estatutos sociales, relativo al capital social, reemplazándolo por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de cinco millones cuarenta y seis mil pesos, el que fue enterado por los socios en la siguiente forma y proporción: /A/ doña MARÍA ISABEL RUIZ PINO y doña MARÍA NELLA DE LAS MERCEDES RUIZ PINO, como únicos miembros de la comunidad hereditaria formada, en primer lugar, por el fallecimiento de doña Clemencia De Las Mercedes Pino Catalán y, posteriormente, por el fallecimiento de don Oscar Aurelio Ruiz Bañados, quienes aportaron la cantidad de setecientos veintiséis mil setecientos treinta y cinco pesos, equivalente a un catorce coma cuatro cero dos dos por ciento de los derechos sociales, el que ha sido pagado al contado en dinero efectivo e ingresado a la caja social; /B/ doña CARLOS AURELIO ROJAS GARCIA, aportó la cantidad de setecientos veintiséis mil ciento ochenta pesos, equivalente a un catorce coma tres nueve uno dos por ciento de los derechos sociales, el que ha sido pagado al contado en dinero efectivo e ingresado a la caja social; /C/ don ARTURO GONZÁLEZ RUBILAR, aportó la cantidad de quinientos setenta y tres mil doscientos setenta y un pesos, equivalente a un once coma tres seis cero nueve por ciento de los derechos sociales, el que ha sido pagado al contado en dinero efectivo e ingresado a la caja social; /D/ doña VIRGINIA PARADA CARRASCO, aportó la cantidad de doscientos veinte mil doscientos treinta y tres pesos, equivalente a un cuatro coma tres seis cuatro cinco por ciento de derechos en el capital social, el que ha sido pagado al contado en dinero efectivo e ingresado a la caja social; /E/ don EUGENIO MARIANO CASTRO BARRA, aportó la cantidad de cincuenta y cinco mil un pesos, equivalente a un uno coma cero nueve cero cero por ciento por ciento de los derechos sociales, el que ha sido pagado al contado en dinero efectivo e ingresado a la caja social; /F/ doña ANDREA ALEJANDRA CASTRO PARADA, aportó la cantidad de un millón nueve mil doscientos pesos, equivalente a un veinte por ciento de derechos en el capital social social, el que ha sido pagado al contado en dinero efectivo e ingresado a la caja social; /G/ doña EUGENIA PAZ CASTRO PARADA, aportó la cantidad de un millón nueve mil doscientos pesos, equivalente a un veinte por ciento de derechos en el capital social social, el que ha sido pagado al contado en dinero efectivo e ingresado a la caja social; /H/ doña LUCÍA ALEJANDRA SCHWEMBER NEIRA, aportó la cantidad de doscientos cuarenta y dos mil sesenta pesos, equivalente a un cuatro coma siete nueve siete cero seis seis seis siete por ciento de derechos en el capital social, el que ha sido pagado al contado en dinero efectivo e ingresado a la caja social; /I/ don ENRIQUE IGNACIO SCHWEMBER NEIRA, aportó la cantidad de doscientos cuarenta y dos mil sesenta pesos, equivalente a un cuatro coma siete nueve siete cero seis seis seis siete por ciento de derechos en el capital social, el que ha sido pagado al contado en dinero efectivo e ingresado a la caja social; y, /J/ don ANDRÉS RICARDO SCHWEMBER NEIRA, aportó la cantidad de doscientos cuarenta y dos mil sesenta pesos, equivalente a un cuatro coma siete nueve siete cero seis seis seis siete por ciento de derechos en el capital social, el que ha sido pagado al contado en dinero efectivo e ingresado a la caja social”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 10 de noviembre de 2023.-

ModificaçãoDiario Oficial · 2023-04-28Ver PDF (CVE 2308349)

Informações societárias

Ltda
Avenida Bilbao N°7.232

Capital

Capital total

$12.000.000

Capital integralizado

$12.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (10)

NomeParticipação

María Isabel Ruiz Pino

Socio

14.4022%

María Nella de las Mercedes Ruiz Pino

Socio

14.4022%

Julia Orlanda García Martínez

Socio

14.3912%

Virginia Parada Carrasco

Socio

5.4545%

Arturo González Rubilar

Socio

11.3609%

Andrea Alejandra Castro Parada

Socio

20%

Eugenia Paz Castro Parada

Socio

20%

Lucía Alejandra Schwember Neira

Socio

4.797066667%

Enrique Ignacio Schwember Neira

Socio

4.797066667%

Andrés Ricardo Schwember Neira

Socio

4.797066667%

Histórico societário relatado

  1. Outro ato

    María Isabel Ruiz Pino y María Nella de las Mercedes Ruiz Pino comparecen en representación de la comunidad hereditaria de Óscar Aurelio Ruiz Bañados.

    María Isabel Ruiz Pino · María Nella de las Mercedes Ruiz Pino · Óscar Aurelio Ruiz Bañados

  2. Cessão de direitos· 17 de abril de 2023

    Virginia Parada Carrasco dona parte de sus derechos sociales a Andrea Alejandra Castro Parada y Eugenia Paz Castro Parada.

    Virginia Parada Carrasco · Andrea Alejandra Castro Parada · Eugenia Paz Castro Parada

  3. Cessão de direitos· 17 de abril de 2023

    Lucía Alejandra Neira Miranda cede parte de sus derechos sociales a Lucía Alejandra Schwember Neira, Enrique Ignacio Schwember Neira y Andrés Ricardo Schwember Neira.

    Lucía Alejandra Neira Miranda · Lucía Alejandra Schwember Neira · Enrique Ignacio Schwember Neira · Andrés Ricardo Schwember Neira

Texto oficial do extrato

Juan Ricardo San Martín Urrejola, Notario Público, Titular de la 43° Notaría de Santiago con oficio en calle Huérfanos N°835, piso 18, Santiago, certifico que el día 17 de abril de 2023, repertorio número 10207/2023, ante mí, se otorgó escritura pública de Transportes Nueva Apoquindo Limitada (“Sociedad”) en la cual sus socios: María Isabel Ruiz Pino y María Nella de las Mercedes Ruiz Pino en representación y como únicos miembros de la comunidad hereditaria de Óscar Aurelio Ruiz Bañados; Julia Orlanda García Martínez; Lucía Alejandrina Neira Miranda; Arturo González Rubilar; Virginia Parada Carrasco; Andrea Alejandra Castro Parada; Eugenia Paz Castro Parada; Lucía Alejandra Schwember Neira; Enrique Ignacio Schwember Neira; y Andrés Ricardo Schwember Neira, todos domiciliados en Avenida Bilbao N°7.232, Las Condes, , acordaron y dieron cuenta de la donación de derechos sociales de doña Virginia Parada Carrasco: /a/ a doña Andrea Alejandra Castro Parada de la propiedad del veinte por ciento de sus derechos sociales en la Sociedad, cuyo valor patrimonial al veintisiete de mayo de dos mil veintidós asciende a la suma de trescientos cuarenta y seis millones novecientos noventa y tres mil doscientos catorce pesos; y, /b/ a doña Eugenia Paz Castro Parada de la propiedad del veinte por ciento de sus derechos sociales en la Sociedad, cuyo valor patrimonial al veintisiete de mayo de dos mil veintidós asciende a la suma de trescientos cuarenta y seis millones novecientos noventa y tres mil doscientos catorce pesos; y de doña Lucía Alejandrina Neira Miranda: /a/ a doña Lucía Alejandra Schwember Neira de la propiedad del cuatro coma siete nueve siete cero seis seis seis siete por ciento de sus derechos sociales en la Sociedad, cuyo valor patrimonial al veintisiete de mayo de dos mil veintidós asciende a la suma de ochenta y tres millones doscientos veintisiete mil cuatrocientos setenta y nueve, /b/ a don Enrique Ignacio Schwember Neira de la propiedad del cuatro coma siete nueve siete cero seis seis seis siete por ciento de sus derechos sociales en la Sociedad, cuyo valor patrimonial al veintisiete de mayo de dos mil veintidós asciende a la suma de ochenta y tres millones doscientos veintisiete mil cuatrocientos setenta y nueve, y, /c/ a don Andrés Ricardo Schwember Neira de la propiedad del cuatro coma siete nueve siete cero seis seis seis siete por ciento de sus derechos sociales en la Sociedad, cuyo valor patrimonial al veintisiete de mayo de dos mil veintidós asciende a la suma de ochenta y tres millones doscientos veintisiete mil cuatrocientos setenta y nueve. Producto de lo anterior, acordaron modificar el actual artículo Quinto de los estatutos sociales, relativo al capital social, reemplazándolo por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de doce millones de pesos, el que será enterado por los socios en la siguiente forma y proporción: /A/ doña MARÍA ISABEL RUIZ PINO y doña MARÍA NELLA DE LAS MERCEDES RUIZ PINO, como únicos miembros de la comunidad hereditaria formada por el fallecimiento de don Oscar Aurelio Ruiz Bañados, quienes aportaron la cantidad de un millón setecientos veintiocho mil doscientos sesenta y cuatro pesos, equivalente a un catorce coma cuatro cero dos dos por ciento de los derechos sociales, el que ha sido pagado al contado en dinero efectivo e ingresado a la caja social; /B/ JULIA ORLANDA GARCÍA MARTÍNEZ, aportó la cantidad de un millón setecientos veintiséis mil novecientos cuarenta y cuatro pesos, equivalente a un catorce coma tres nueve uno dos por ciento de los derechos sociales, el que ha sido pagado al contado en dinero efectivo e ingresado a la caja social; /C/ VIRGINIA PARADA CARRASCO, aportó la cantidad de seiscientos cincuenta cuatro mil quinientos cuarenta pesos, equivalente a un cinco coma cuatro cinco cuatro cinco por ciento del capital social respectivamente, el que ha sido pagado al contado en dinero efectivo e ingresado a la caja social; /D/ ARTURO GONZÁLEZ RUBILAR, aportó la cantidad de un millón trescientos sesenta y tres mil trescientos ocho pesos, equivalente a un once coma tres seis cero nueve por ciento de los derechos sociales, el que ha sido pagado al contado en dinero efectivo e ingresado a la caja social; /E/ doña ANDREA ALEJANDRA CASTRO PARADA, aportó la cantidad de dos millones cuatrocientos mil pesos, equivalente a un veinte por ciento de derechos en el capital social, el que ha sido pagado al contado en dinero efectivo e ingresado a la caja social; /F/ doña EUGENIA PAZ CASTRO PARADA, aportó la cantidad de dos millones cuatrocientos mil pesos, equivalente a un veinte por ciento de derechos en el capital social, el que ha sido pagado al contado en dinero efectivo e ingresado a la caja social; /G/ doña LUCÍA ALEJANDRA SCHWEMBER NEIRA, aportó la cantidad de quinientos setenta y cinco mil seiscientos cuarenta y ocho pesos, equivalente a un cuatro coma siete nueve siete cero seis seis seis siete por ciento de derechos en el capital social, el que ha sido pagado al contado en dinero efectivo e ingresado a la caja social; /H/ don ENRIQUE IGNACIO SCHWEMBER NEIRA, aportó la cantidad de quinientos setenta y cinco mil seiscientos cuarenta y ocho pesos, equivalente a un cuatro coma siete nueve siete cero seis seis seis siete por ciento de derechos en el capital social, el que ha sido pagado al contado en dinero efectivo e ingresado a la caja social; y, /I/ don ANDRÉS RICARDO SCHWEMBER NEIRA, aportó la cantidad de quinientos setenta y cinco mil seiscientos cuarenta y ocho pesos, equivalente a un cuatro coma siete nueve siete cero seis seis seis siete por ciento de derechos en el capital social, el que ha sido pagado al contado en dinero efectivo e ingresado a la caja social.”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 25 de abril de 2023.-

Atuações recentes

  1. MODIFICACIÓN

    Transportes Apoquindo Limitada

    CVE 2802198

  2. MODIFICACIÓN

    Transportes Apoquindo Limitada

    CVE 2407914

  3. MODIFICACIÓN

    TRANSPORTES NUEVA APOQUINDO LIMITADA

    CVE 2308349

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