Agrícola Mirlo Blanco Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Capital
Capital total
$5.000.000
Capital integralizado
$5.000.000
Capital pendente
$0
Sócios (4)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
CONCEPCIÓN ANTONIA LOBATO JIMÉNEZ Socio | - | 8.5% | $425.000 |
ANTONIA ROSARIO LOBATO JIMÉNEZ Socio | - | 8.5% | $425.000 |
Socio | - | 41.5% | $2.075.000 |
FERNANDO MIGUEL LOBATO JIMÉNEZ Socio | - | 41.5% | $2.075.000 |
Histórico societário relatado
- Constituição· 20 de março de 1958
Constitución de la sociedad AGRÍCOLA MIRLO BLANCO LIMITADA.
- Falecimento· 23 de junho de 2022
Fallece Concepción Jiménez Ortiz.
- Sucessão· 15 de dezembro de 2022
Se concede la posesión efectiva de la herencia de Concepción Jiménez Ortiz.
Texto oficial do extrato
FELIX JARA CADOT, Notario Público Titular 41ª Notaria de Santiago, con domicilio en Huérfanos N° 1160, subsuelo, Santiago, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, Uno) Don JOSÉ ALFONSO LOBATO JIMÉNEZ, domiciliados, para estos efectos, en Camino Lonquén número catorce mil noventa y cinco, comuna de Maipú, Región Metropolitana; Dos) Doña CONCEPCIÓN ANTONIA LOBATO JIMÉNEZ, domiciliada, para estos efectos, en calle Carlos Peña Otaegui número doce mil quinientos uno guion G, departamento veintitrés, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; Tres) Doña ANTONIA ROSARIO LOBATO JIMÉNEZ, domiciliada, para estos efectos, en calle Pío X número dos mil cuatrocientos setenta, comuna de Providencia, Región Metropolitana; y Cuatro) Don FERNANDO MIGUEL LOBATO JIMÉNEZ, domiciliado, para estos efectos, en Camino Lonquén número catorce mil noventa y cinco, comuna de Maipú, Región Metropolitana: acordaron modificar la sociedad “AGRÍCOLA MIRLO BLANCO LIMITADA”, en adelante la “Sociedad”, constituida por escritura pública de fecha 20 de marzo del año 1958, otorgada en la Notaría Pública de Santiago de don Iván Perry Pefaur, cuyo extracto rola inscrito a fojas 4.607, Nº2.294, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1985, en el siguiente sentido: Que, según consta en escritura pública de fecha 20 de marzo del año 2023, otorgada en esta Notaría, bajo el repertorio número 6511- 2023, en virtud del fallecimiento de Doña CONCEPCIÓN JIMÉNEZ ORTIZ ocurrido en Santiago con fecha 23 de junio de 2022, cuya defunción se inscribió con el número 134 del Registro Civil de la circunscripción de Lo Barnechea y su posesión efectiva de la herencia de los bienes quedados al fallecimiento de ella, fue concedida por resolución exenta número cien mil seiscientos trece, de fecha quince de diciembre de dos mil veintidós, emanada del Director Regional del Registro Civil, Inscripción Nacional número noventa y ocho mil doscientos cuarenta y cinco del año dos mil veintidós, los comparecientes e hijos de la causante procedieron a efectuar, de común acuerdo, la partición de la comunidad hereditaria existente entre ellos haciendo las correspondientes asignaciones. Dentro de los bienes que componían la masa hereditaria de la causante, se encontraban los derechos sociales de la Sociedad, los que fueron asignados, de común acuerdo y en partes iguales, a sus únicos cuatro herederos, es decir, la totalidad de los comparecientes del presente instrumento, esto es, a doña ANTONIA ROSARIO JIMÉNEZ LOBATO, a don JOSÉ ALFONSO JIMÉNEZ LOBATO, a doña CONCEPCIÓN ANTONIA JIMÉNEZ LOBATO y a don FERNANDO MIGUEL JIMÉNEZ LOBATO. Producto de lo anterior, los únicos y actuales socios, de forma unánime, procedieron a reemplazar el Artículo Sexto de los estatutos sociales, por el del siguiente tenor: “QUINTO.- El capital de la sociedad es la suma de cinco millones de pesos, íntegramente pagados y enterados por los socios en las siguientes proporciones: a) Doña CONCEPCIÓN ANTONIA LOBATO JIMÉNEZ, por el equivalente a un ocho coma cinco por ciento de los derechos sociales, esto es, la suma de cuatrocientos veinticinco mil pesos; b) Doña ANTONIA ROSARIO LOBATO JIMÉNEZ, por el equivalente a un ocho coma cinco por ciento de los derechos sociales, esto es, la suma de cuatrocientos veinticinco mil pesos; c) Don JOSÉ ALFONSO LOBATO JIMÉNEZ, por el equivalente a un cuarenta y un coma cinco por ciento de los derechos sociales, esto es, la suma de dos millones setenta y cinco mil pesos; y d) Don FERNANDO MIGUEL LOBATO JIMÉNEZ, por el equivalente a un cuarenta y un coma cinco por ciento de los derechos sociales, esto es, la suma de dos millones setenta y cinco mil pesos”.- Los socios reiteran que su responsabilidad queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en la escritura extractada. Santiago, 21 de Marzo de 2023. Félix Jara Cadot. N.P.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
AGRÍCOLA MIRLO BLANCO LIMITADA
CVE 2298702
