Servicios Y Equipos De Automatizacion Y Control Petrosid Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
TOBIAS DIOGENES BLANCO ITURRIAGA Socio 48.xxx.xxx-0 | 48.xxx.xxx-0 | 1% | $6.402.216 |
Socio 48.xxx.xxx-7 | 48.xxx.xxx-7 | 99% | $627.417.216 |
Histórico societário relatado
- Constituição· 10 de março de 1997
Se constituyó la sociedad Servicios y equipos de automatización y control Petrosid limitada.
- Cessão de direitos· 19 de janeiro de 2026
INVERSIONES Y ASESORIAS PAMPA S.A. cede el 1% de los derechos sociales a TOBIAS DIOGENES BLANCO ITURRIAGA.
INVERSIONES Y ASESORIAS PAMPA S.A. · TOBIAS DIOGENES BLANCO ITURRIAGA
- Cessão de direitos· 19 de janeiro de 2026
INVERSIONES Y ASESORIAS PAMPA S.A. cede el 98% de los derechos sociales a JOSE LUIS BLANCO.
- Saída de sócio· 19 de janeiro de 2026
Se retira de la sociedad INVERSIONES Y ASESORIAS PAMPA S.A.
Texto oficial do extrato
Ministerio del Interior JUAN IGNACIO SAN MARTIN SCHRÖRER, Abogado, Notario Público de la Cuadragésima Quinta Notaría de Santiago, domiciliado en esta ciudad, calle Huérfanos número novecientos setenta y nueve, séptimo piso, Santiago Centro, certifico: Que por Escritura Pública otorgada con fecha 19 de enero del 2026, repertorio número 1.243-2026, ante el Notario Público Suplente del Titular don JUAN FRANCISCO ÁLAMOS OVEJERO, comparecieron INVERSIONES Y ASESORIAS PAMPA S.A., Rol Único Tributario número setenta y seis mil cuatrocientos doce coma cuatrocientos cuarenta guion cinco, representada por CLAUDIO ALEJANDRO JOSE RAUSCHER, chileno, estado civil casado, empleado, cédula de identidad número catorce millones seiscientos sesenta y ocho mil doscientos veintiocho guion seis, ambos domiciliados para este efecto en Providencia número dos mil doscientos cincuenta oficina tres, comuna de Providencia; don JOSE LUIS BLANCO, argentino, estado civil casado, empleado, Rol Único Tributario número cuarenta y ocho millones cincuenta y siete mil quinientos treinta y siete guion siete, domiciliado para este efecto en Providencia número dos mil doscientos cincuenta oficina tres, comuna de Providencia; y don TOBIAS DIOGENES BLANCO ITURRIAGA, Argentino, estado civil soltero, empleado, cedula nacional para extranjeros número cuarenta y ocho millones doscientos treinta mil seiscientos treinta y tres guion cero, domiciliado en Providencia número dos mil doscientos cincuenta oficina tres, comuna de Providencia, todos los comparecientes mayores de edad, por la cual modificaron la sociedad SERVICIOS Y EQUIPOS DE AUTOMATIZACION Y CONTROL PETROSID LIMITADA, la cual se constituyó por escritura pública con fecha 10 de marzo de 1997, en lo siguiente: INVERSIONES Y ASESORIAS PAMPA S.A, vende, cede y transfiere el un por ciento de los derechos sociales de la sociedad Servicios y equipos de automatización y control Petrosid limitada a don TOBIAS DIOGENES BLANCO ITURRIAGA, quien compra, acepta y adquiere para sí estos derechos sociales, en la suma de seis millones cuatrocientos dos mil doscientos dieciséis pesos, por su parte INVERSIONES Y ASESORIAS PAMPA S.A, vende, cede y transfiere el noventa y ocho por ciento de los derechos sociales de la sociedad Servicios y equipos de automatización y control Petrosid limitada a don JOSE LUIS BLANCO, quien compra, acepta y adquiere para sí, los derechos sociales, en la suma de seiscientos veinte siete millones cuatrocientos diecisiete mil doscientos dieciséis pesos. A consecuencia de las cesiones ya señaladas, el capital social quedo conformado por el un por ciento del socio TOBIAS DIOGENES BLANCO ITURRIAGA; y el noventa y nueve por ciento, del socio don JOSE LUIS BLANCO, los aportes se encuentran integramente pagados y enterados en arcas sociales. Se retira de la sociedad el socio INVERSIONES Y ASESORIAS PAMPA S.A. En todo lo no modificado rigen las estipulaciones del pacto social. Otras estipulaciones en escritura pública extractada. Santiago, a 05 de febrero de 2026.- Juan Ignacio San Martin Schröder. Notario Público Titular.-
Informações societárias
Capital
Capital total
US$1.000.000
Capital integralizado
US$1.000.000
Capital pendente
US$0
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 1% | US$10.000 |
INVERSIONES Y ASESORÍAS PAMPA S.A. Socio | - | 99% | US$990.000 |
Representação legal (4)
Histórico societário relatado
- Constituição· 30 de setembro de 2005
Constitución original de la sociedad
- Outro ato· 13 de março de 2008
Se otorgó una escritura posterior relacionada con rectificación y cesión de derechos
- Cessão de direitos· 6 de dezembro de 2017
Rectificación y cesión de derechos sociales original, luego rectificada por la escritura de 2018
JOSÉ LUIS BLANCO · INVERSIONES Y ASESORÍAS PAMPA S.A. · LUCIANO RUBÉN COHEN
Texto oficial do extrato
René Benavente Cash, Notario Público Titular de la 45° Notaría de Santiago, Huérfanos 979, 7° piso, certifico que por escritura pública de fecha 14 de Junio de 2018, Repertorio N°22.183-2018 (en adelante la "Nueva Rectificación"), ante mí, JOSÉ LUIS BLANCO, domiciliado para estos efectos en calle Fitzroy número mil cuatrocientos cuarenta, Capital Federal, Buenos Aires, Argentina; SEAC S.A., domiciliada para estos efectos en calle Fitzroy número mil cuatrocientos cuarenta, Capital Federal, Buenos Aires, Argentina; INVERSIONES Y ASESORÍAS PAMPA S.A., domiciliada para estos efectos en calle Fitzroy número mil cuatrocientos cuarenta, Capital Federal, Buenos Aires, Argentina; y LUCIANO RUBÉN COHEN, domiciliado para estos efectos en Buschiazzo número tres mil cincuenta y cinco, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina (en adelante como los "Rectificantes"); todos los Rectificantes representados por don Gonzalo Delaveau Swett, cédula de identidad número ocho millones doscientos treinta y ocho mil trescientos setenta y siete guion ocho, domiciliado para estos efectos en Avenida el Golf número ochenta y dos, piso tres, Las Condes, Santiago; los Rectificantes rectificaron y corrigieron, los errores involuntarios que se cometieron en escritura pública de rectificación y cesión de derechos sociales de SERVICIOS Y EQUIPOS DE AUTOMATIZACIÓN Y CONTROL PETROSID LIMITADA, Rol Único Tributario número setenta y ocho millones novecientos ochenta y tres mil guion dos (en adelante la "Sociedad"), de fecha seis de diciembre de dos mil diecisiete, otorgada ante Javiera Flores, cónsul adjunta del Consulado General de Chile en Buenos Aires, Argentina, inscrita a fojas nueve mil trescientos treinta y ocho, número cinco mil trescientos cuarenta y tres, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año dos mil dieciocho y publicado en el Diario Oficial con fecha tres de febrero del mismo año (la "Rectificación y Cesión Original"), la que a su vez rectificó ciertos errores involuntarios cometidos en a) escritura pública de fecha de fecha treinta de septiembre de dos mil cinco, otorgada en la Notaría de Santiago de don Eduardo Diez Morello, bajo Repertorio número trece mil setecientos diecinueve guion dos mil cinco, cuyo extracto se inscribió a fojas cuarenta y tres mil novecientas treinta y cuatro número treinta y un mil doscientos noventa y dos del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al años dos mil cinco y se publicó en el Diario Oficial con fecha veintinueve de noviembre de dos mil cinco y b) escritura pública de fecha trece de marzo de dos mil ocho, otorgada en la Notaría de Santiago de don Eduardo Diez Morello, bajo Repertorio número cuatro mil setecientos diez guion dos mil ocho, cuyo extracto fue inscrito a fojas dieciocho mil diez, número doce mil doscientos veintitrés, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al años dos mil ocho y publicado en el Diario Oficial con fecha veinticinco de abril del mismo año; según se detalla en la Rectificación y Cesión Original. La rectificación a la Rectificación y Cesión Original realizada por medio de la Nueva Rectificación, consistió principalmente en lo siguiente: 1) En el número Cuatro) de la Cláusula Primera de la Rectificación y Cesión Original, en donde se señala que: "De esta forma, producto de esta cesión debieron quedar como únicos socios de Petrosid Limitada don José Luis Blanco con el cero coma un por ciento y Pampa Sociedad Anónima con el noventa y nueve por ciento", se reemplazó íntegramente dicha frase por la siguiente: "De esta forma, producto de esta cesión debieron quedar como únicos socios de la Sociedad don José Luis Blanco con el uno por ciento de los derechos sociales en esta sociedad e Inversiones y Asesorías Pampa S.A. con el noventa y nueve por ciento de los derechos sociales en dicha sociedad"; 2) En el número Dos) de la Cláusula Segunda de la Rectificación y Cesión Original donde dice que: "Se reemplaza la cláusula tercera por la siguiente: "Con motivo de la Cesión de derechos, que da cuenta la cláusula anterior, los actuales únicos socios de SERVICIOS Y EQUIPOS DE AUTOMATIZACIÓN Y CONTROL PETROSID LIMITADA son José Luis Blanco con un cero coma un por ciento de los derechos sociales e Inversiones y Asesorías Pampa Sociedad Anónima con un noventa y nueve por ciento de los derechos sociales"", se reemplaza íntegramente dicha frase por la siguiente: "Con motivo de la Cesión de derechos, que da cuenta la cláusula anterior, los actuales únicos socios de SERVICIOS Y EQUIPOS DE AUTOMATIZACIÓN Y CONTROL PETROSID LIMITADA son José Luis Blanco con un uno por ciento de los derechos sociales e Inversiones y Asesorías Pampa Sociedad Anónima con un noventa y nueve por ciento de los derechos sociales"; 3) En la Cláusula Quinta de la Rectificación y Cesión Original, en donde se señala: "acuerdan modificar el Artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales por el siguiente: "Artículo Primero Transitorio: El capital de la sociedad será un millón de dólares de los Estados Unidos de América, en su equivalente en moneda nacional, que los socios enteraron de la siguiente manera: a) Inversiones y Asesorías Pampa Sociedad Anónima con un noventa y nueve por ciento de los derechos sociales, esto es, novecientos noventa y nueve mil novecientos dólares de los Estados Unidos de América, en su equivalente en pesos moneda corriente nacional, los que se encuentran pagados y b) don Luciano Rubén Cohen con un uno por ciento de los derechos sociales, esto es, cien dólares de los Estados Unidos de América, en su equivalente en pesos moneda corriente nacional, los que se encuentran íntegramente pagados.""; se reemplaza íntegramente dicha frase por la siguiente: "Artículo Primero Transitorio: El capital de la sociedad será un millón de dólares de los Estados Unidos de América, en su equivalente en moneda nacional, que los socios enteraron de la siguiente manera: a) Inversiones y Asesorías Pampa Sociedad Anónima con un noventa y nueve por ciento de los derechos sociales, esto es, novecientos noventa mil dólares de los Estados Unidos de América, en su equivalente en pesos moneda corriente nacional, los que se encuentran íntegramente pagados y b) don Luciano Rubén Cohen con un uno por ciento de los derechos sociales, esto es, diez mil dólares de los Estados Unidos de América, en su equivalente en pesos moneda corriente nacional, los que se encuentran íntegramente pagados."; 4) En la Cláusula Sexta de la Rectificación y Cesión Original, que contiene la cesión de derechos sociales realizada por la misma, correspondientes al 1% del capital de la Sociedad, realizada por Luciano Rubén Cohen a José Luis Blanco, se debió haber agregado al final de dicha Cláusula el siguiente texto, que se agregó por medio de la Rectificación y Cesión Original: "En consecuencia, se entienden modificados los estatutos de la Sociedad, en todo aquello que diga relación con la cesión de derechos realizada mediante la presente escritura pública, particular pero no exclusivamente respecto del artículo quinto de los estatutos de la Sociedad, relativo al capital de la misma, el que se reemplaza íntegramente por el siguiente texto: "Quinto: Capital: El capital de la sociedad será un millón de dólares de los Estados Unidos de América, en su equivalente en moneda nacional, que los socios enteraron de la siguiente manera: a) Inversiones y Asesorías Pampa Sociedad Anónima ha enterado novecientos noventa mil dólares de los Estados Unidos de América, en su equivalente en pesos moneda corriente nacional, los que se encuentran íntegramente pagados, equivalente a un noventa y nueve por ciento de los derechos sociales y b) don José Luis Blanco ha enterado diez mil dólares de los Estados Unidos de América, en su equivalente en pesos moneda corriente nacional, los que se encuentran íntegramente pagados, equivalente a un uno por ciento de los derechos sociales". En consecuencia, el artículo primero transitorio, que no forma parte de los estatutos de la Sociedad, se entiende como no aplicable a partir de la presente fecha.".En todo lo no modificado por la escritura extractada, permanecen sin cambio alguno y plenamente vigentes las disposiciones de los estatutos de la Sociedad y la Rectificación y Cesión Original, especialmente la estipulación relativas a que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Portador de este extracto quedó facultado para requerir las inscripciones, subinscripciones y demás anotaciones que sean procedentes. Santiago, 18 de Junio de 2018. René Benavente Cash, Notario Público.
Atuações recentes
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