Inversiones Rocaseca Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Capital
Capital total
$2.550.000
Capital integralizado
$2.550.000
Capital pendente
$0
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 99% | $2.524.500 |
Alicia Alejandra Urzúa Santiagos Socio | - | 1% | $25.500 |
Administradores (3)
Histórico societário relatado
- Cessão de direitos· 13 de novembro de 2017
Carla Ilma Haardt Coghlan cede el 1% de sus derechos sociales a Alicia Alejandra Urzúa Santiagos
Carla Ilma Haardt Coghlan · Alicia Alejandra Urzúa Santiagos
Texto oficial do extrato
María Virginia Wielandt Covarrubias, abogado, Notario Público Reemplazante del Titular de la 5 Notaría de Santiago don Patricio Raby Benavente, ambos domiciliados en Av. Gertrudis Echenique N°30, Of. 44, Las Condes, Santiago, certifico que: Por escritura pública de fecha 13 de noviembre de 2017, ante mí, doña Carla Ilma Haardt Coghlan, don Gabriel Gerardo Rocha Haardt y doña Alicia Alejandra Urzúa Santiagos, todos domiciliados para estos efectos en calle Cerro El Plomo N°5630, piso 9, comuna Las Condes, ciudad de Santiago; acordaron modificar estatutos de Inversiones Rocaseca Limitada, RUT N° 78.786.560-7, inscrita a fojas 29.145 N° 23.394 del Registro de Comercio de Santiago del año 1995. Modificación consiste: 1) Doña Carla Ilma Haardt Coghlan vendió, cedió y transfirió la totalidad de sus derechos en la Sociedad, esto es, el 1% de los derechos sociales de Inversiones Rocaseca Limitada, a doña Alicia Alejandra Urzúa Santiagos, quien compró, adquirió y aceptó para sí, los referidos derechos sociales. Precio: $12.393.013.- pagados al contado y en dinero efectivo acto escritura extractada. Quedaron como únicos socios de Inversiones Rocaseca Limitada, don Gabriel Gerardo Rocha Haardt y doña Alicia Alejandra Urzúa Santiagos, quienes en su calidad de únicos socios de Inversiones Rocaseca Limitada, acordaron modificar la cláusula sexta de los estatutos sociales, relativa al capital, reemplazándola por la siguiente: “SEXTO: El capital social es la cantidad de $2.550.000.-, que los socios han enterado y pagado con anterioridad, en las siguientes proporciones: a) don Gabriel Gerardo Rocha Haardt, un 99% del capital, que corresponde a $2.524.500.-; y b) doña Alicia Alejandra Urzúa Santiagos, un 1% del capital, que corresponde a $25.500. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.” 2) Únicos socios acordaron modificar la cláusula Quinta de los estatutos sociales, relativa a la administración y uso de la razón social de Inversiones Rocaseca Limitada, en el sentido que el uso de la razón social, la representación y la administración de la sociedad corresponderá a los socios doña Alicia Alejandra Urzúa Santiagos y a don Gabriel Gerardo Rocha Haardt, quienes actuando separada e indistintamente, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, y en caso de ausencia o impedimento de doña Alicia Alejandra Urzúa Santiagos y de don Gabriel Gerardo Rocha Haardt, lo que no será necesario acreditar frente a terceros, actuará don Cristóbal Matías Rocha Urzúa, quienes actuando separada e indistintamente, y anteponiendo a su firma la razón social obligarán y representarán a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, y entre ellas las que se indican por vía meramente enunciativa y no taxativa en escritura extractada. Todo lo que no ha sido modificado, se mantiene plenamente vigente en los estatutos sociales. Socios limitan expresamente su responsabilidad personal por los negocios y obligaciones sociales hasta el monto de sus respectivos aportes. Otras estipulaciones no interesan a terceros, constan en escritura extractada. Santiago 17 noviembre de 2017. María Virginia Wielandt Covarrubias. Notario Reemplazante.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
Inversiones Rocaseca Limitada
CVE 1306152
