Sociedade de Responsabilidade Limitada78.436.030-K

Inmobiliaria Castrodeza Limitada

MODIFICACIÓN — 18 de nov. de 2024

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2024-11-18Ver PDF (CVE 2572059)

Informações societárias

SpA
Administração: recaerá sobre doña Juliana Martínez Valles y doña María Verónica Suárez Martínez, quienes podrán actuar conjunta o separadamente, amplias facultades

Objeto social

arrendamiento, compra y venta y en general adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también desarrollo cualquier tipo proyectos inmobiliarios; además, podrá, invertir en bienes muebles corporales de toda clase, como acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures y, en general, en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Podrá además tener por objeto prestación de servicios a terceros de cualquier tipo, tales como arriendo de instalaciones de oficinas y laboratorios, de servicio de personal administrativo y secretaría, y de servicios de aseo y de transporte. Podrá realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado y que socios determinen de común acuerdo.

Capital

Capital total

$120.000.000

Capital integralizado

$120.000.000

Ações

120

Sócios (1)

NomeParticipação

Juliana Martínez Valles

Accionista

100%

Administradores (2)

Histórico societário relatado

  1. Falecimento· 7 de dezembro de 2018

    Fallece el socio Mario Oloff Suárez Osorio.

    MARIO OLOFF SUÁREZ OSORIO

  2. Sucessão· 29 de agosto de 2019

    Se otorga posesión efectiva de la herencia de Mario Oloff Suárez Osorio.

    MARIO OLOFF SUÁREZ OSORIO · JULIANA MARTINÉZ VALLES · CRISTIAN ALBERTO SUÁREZ MARTÍNEZ · JULIANA SUÁREZ MARTÍNEZ · MARÍA VERÓNICA SUÁREZ MARTINEZ · RODRIGO OLOFF SUÁREZ MARTÍNEZ

  3. Outro ato· 3 de novembro de 2021

    Los herederos y cónyuge sobreviviente liquidan la comunidad y partición de la herencia, adjudicándose los derechos sociales.

    JULIANA MARTINÉZ VALLES · CRISTIAN ALBERTO SUÁREZ MARTÍNEZ · JULIANA SUÁREZ MARTÍNEZ · MARÍA VERÓNICA SUÁREZ MARTINEZ · RODRIGO OLOFF SUÁREZ MARTÍNEZ

Texto oficial do extrato

XIMENA PATRICIA RICCI DIAZ Notario Público Titular de la Primera Notaría y Conservador de Minas de esta ciudad, con oficio en Avenida Barros Luco número mil setecientos cuarenta y nueve San Antonio certifica: Por escritura pública de fecha 07 de noviembre de 2024 ante mí, Juliana Martínez Valles, domiciliada Las Palmas nro. 380, departamento nro. 2932, comuna de Peñalolen, modifica sociedad INMOBILIARIA CASTRODEZA LIMITADA, rut 78.436.030-k constituida ante notario María Antonieta Azocar Arellano, el 30-08-1993, extracto inscrito Fs 281 vuelta Nº 111 año 1988 Registro Comercio CBR San Antonio. Ha sufrido siguientes modificaciones: fojas 201vta número 239 del año 2013. Con fecha 7 de diciembre del año 2018, falleció socio don MARIO OLOFF SUÁREZ OSORIO, bajo el imperio de su testamento abierto, suscrito con fecha 6 de diciembre del año 2012, ante la Notario Público de San Antonio, doña Ximena Ricci Díaz.- La posesión efectiva fue otorgada por Auto de Posesión efectiva de fecha 29 de agosto del año 2019, del Segundo Juzgado de Letras de San Antonio, causa Rol nro. V-16-2019, siendo sus herederos doña JULIANA MARTINÉZ VALLES, don CRISTIAN ALBERTO SUÁREZ MARTÍNEZ, doña JULIANA SUÁREZ MARTÍNEZ, doña MARÍA VERÓNICA SUÁREZ MARTINEZ, don RODRIGO OLOFF SUÁREZ MARTÍNEZ, inscrita a Fojas 2123 vuelta Número 2545 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de San Antonio del año 2020.- Dentro de los bienes quedados al fallecimiento de don MARIO OLOFF SUÁREZ OSORIO, se encuentran sus derechos societarios en la sociedad “Inmobiliaria Castrodeza Limitada”, equivalentes a un 75% de los derechos sociales, los que se encuentran inscritos a nombre de la sucesión a Fojas 103 vuelta número 62 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Antonio del año 2020.- A) Por escritura pública de fecha 3 de noviembre del año 2021, suscrita ante el Notario Público de Santiago don Humberto Quezada Moreno, repertorio nro. 9040, doña JULIANA MARTINÉZ VALLES, don CRISTIAN ALBERTO SUÁREZ MARTÍNEZ, doña JULIANA SUÁREZ MARTÍNEZ, doña MARÍA VERÓNICA SUÁREZ MARTINEZ y don RODRIGO OLOFF SUÁREZ MARTÍNEZ, en sus calidades de herederos y de cónyuge sobreviviente, procedieron a liquidar la comunidad de bienes formada al momento del cambio de régimen matrimonial y a la partición de la herencia quedada al fallecimiento de don MARIO OLOFF SUÁREZ OSORIO.- B) Dentro de los bienes quedados al fallecimiento de don MARIO OLOFF SUÁREZ OSORIO, se encontraban sus derechos sociales ascendentes a un 75 % en la sociedad “Inmobiliaria Castrodeza limitada”, los que se encuentran inscritos a nombre de la sucesión a Fojas 103 vuelta Número 62 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Antonio del año 2020. C) En la cláusula vigesimoquinta numeral veinticinco.dos. de la escritura de fecha 3 de noviembre del año 2021, de común acuerdo, se le adjudicaron los derechos sociales en la sociedad “Inmobiliaria Castrodeza limitada” a doña Juliana Martínez Valles, radicándose en ella el 100% de los derechos societarios.- E) Que a la presente fecha y debido a diferencias irreconciliables entre las partes, se ha hecho imposible la rectificación de la escritura pública de fecha 3 de noviembre del año 2021.- Que en atención a la radicación del 100% de los derechos societarios en doña Juliana Martínez Valles y que a la presente fecha no se ha solicitado el termino de giro de la sociedad “Inmobiliaria Castrodeza limitada”, que el animus societatis es un elemento necesario para la existencia de la sociedad misma y bajo el estricto apego al principio de la buena fe y al hecho que la voluntad de las partes fue la continuación legal de la sociedad, a mayor abundamiento el artículo 19 número 21 de la Constitución Política de la República asegura a todas las personas el derecho a desarrollar cualquier actividad económica que no sea contraria a la moral al orden público o a la seguridad nacional respetando las normas legales que las regulan, asimismo, la circunstancia en que producto de la transformación de una sociedad en otra de cualquier especie subsista su personalidad jurídica , trae como consecuencia que no será necesario hacer el trámite de aviso de término de giro que exige el artículo 69 del Código Tributario y sin perjuicio de lo anterior la SpA a cargo de un solo accionista obedece a una naturaleza jurídica distinta a la del contrato, siendo por ello un acto jurídico unilateral, pero no se debe seguir sosteniendo que la sociedad sea un contrato en nuestro derecho tributario, doña Juliana Martínez Valles, en su calidad de socio sobreviviente y adjudicataria de los derechos societarios del socio fallecido, viene por este acto en TRANSFORMAR la sociedad INMOBILIARIA CASTRODEZA LIMITADA, en sociedad por acciones INMOBILIARIA CASTRODEZA SpA.- OBJETO: arrendamiento, compra y venta y en general adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también desarrollo cualquier tipo proyectos inmobiliarios; además, podrá, invertir en bienes muebles corporales de toda clase, como acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures y, en general, en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Podrá además tener por objeto prestación de servicios a terceros de cualquier tipo, tales como arriendo de instalaciones de oficinas y laboratorios, de servicio de personal administrativo y secretaría, y de servicios de aseo y de transporte. Podrá realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado y que socios determinen de común acuerdo. CAPITAL. $120.000.000, totalmente suscrito y pagado, dividido en 120 acciones sin valor nominal. ADMINISTRACIÓN: recaerá sobre doña Juliana Martínez Valles y doña María Verónica Suárez Martínez, quienes podrán actuar conjunta o separadamente, amplias facultades.- Demás estipulaciones escritura extractada. -

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    INMOBILIARIA CASTRODEZA LIMITADA

    CVE 2572059

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