Sociedade de Responsabilidade Limitada78.403.540-9

Clínica Santa Inés Limitada

MODIFICACIÓN — 12 de mar. de 2022

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2022-03-12Ver PDF (CVE 2099069)

Informações societárias

Ltda
Administração: Administración por Francisco Pérez Mella

Capital

Capital total

$5.000.000

Capital integralizado

$5.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (2)

NomeParticipação

Francisco Pérez Mella

Socio

90.9%

Ximena Elizabeth Pérez Ávila

Socio

9.1%

Administradores (1)

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 8 de julho de 1993

    Se constituye Clínica Santa Inés Limitada.

  2. Outro ato· 6 de maio de 1999

    Se modifica la sociedad.

  3. Outro ato· 24 de junho de 2003

    Se modifica la sociedad.

  4. Outro ato· 13 de janeiro de 2005

    Se modifica la sociedad.

  5. Cessão de direitos· 26 de abril de 2007

    Claudia Verónica Olguín Ávila cede derechos a Francisco Pérez Mella y Roberto Fernando López Pintado cede derechos a Ximena Elizabeth Pérez Ávila.

    Claudia Verónica Olguín Ávila · Francisco Pérez Mella · Roberto Fernando López Pintado · Ximena Elizabeth Pérez Ávila

Texto oficial do extrato

FELIX JARA CADOT, Notario Público Titular de la 41° Notaria de Santiago, con oficio en calle Paseo Huérfanos 1160, subsuelo, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 28/01/2022, Rep. N° 2514/2022, otor gada ante mí, don FRANCISCO PÉREZ MELLA y doña XIMENA ELIZABETH PÉREZ ÁVILA, ambos domiciliados para estos efectos en Calle General Gana N° 720, comuna y ciudad de Santiago; vienen en sanear por vicio formal de no publicación del extracto de la escritura pública de modificación de la sociedad de responsabilidad limitada, denominada “Clínica Santa Inés Limitada”, Rut: 78.403.540-9, Capital $2.200.000,constituida por escritura pública de fecha 8 de Julio 1993, otorgada ante la Notaría de Santiago de don Arturo Carvajal Escobar, inscrita Fjs. 15.845, N° 13.136 del registro de comercio de Santiago, 1993, y publicada D.O. del 30 de Julio 1993; y modificada el 6 de Mayo 1999, por escritura pública, Notaria de Enrique Morgan Torres, inscrita a Fjs. 10.906, N° 8 .740, de fecha 14 de Mayo 1999, del registro de Comercio de Santiago, y publicada D.O. del 18 de Mayo 1999, y modificada por escritura pública el 24 Junio 2003, ante la notaria de don Félix Jara Cadot, inscrita a Fjs. 25.267, N° 19.037 del Registro de Comercio de Santiago, año 2003. Y modificada por escritura pública de fecha 13 de Enero 2005, ante el Notario de Santiago don Alberto Eduardo Rojas López, inscrita Fjs. 2.123, N° 1498 del Registro de Comercio de Santiago del año 2005. Por escritura pública de modificación del 26 de Abril del año 2007, otorgada ante la Notaria de Santiago de don Félix Jara Cadox, inscrita a Fajas 25.631, número 18.640 del año 2007; y que cuyo extracto no fue publicado; siendo su contenido extractado el siguiente: La socia CLAUDIA VERÓNICA OLGUÍN ÁVILA, vende, cede y transfiere a don FRANCISCO PÉREZ MELLA, quien acepta para sí todos los derechos que le corresponden en la sociedad “CLÍNICA SANTA INÉS LIMITADA”, equivalentes al 90,9%. Precio: $5.000.000 pagaderos de la siguiente forma: $1.545.000 al contado y el saldo a enterar en 6 cuotas iguales y sucesivas por $500.000 mensuales; la primera cuota con fecha de vencimiento el día treinta de junio del año dos mil siete y así sucesivamente. El socio ROBERTO FERNANDO LÓPEZ PINTADO, vende, cede y transfiere a doña XIMENA ELIZABETH PÉREZ ÁVILA, quien acepta para sí la totalidad de los derechos que le corresponden en la sociedad “CLÍNICA SANTA INÉS LIMITADA”, equivalentes al 9,1%. Precio: $455.000 al contado y en dinero efectivo. Como consecuencia de lo estipulado precedentemente don FRANCISCO PÉREZ MELLA y doña XIMENA ELIZABETH PÉREZ ÁVILA, son los únicos socios de la sociedad “Clínica Santa Inés Limitada”, los que modifican la sociedad, de la siguiente forma: a) Se reemplaza la cláusula cuarta de los estatutos sobre el uso de la razón social y la administración de la sociedad, acordando que ella corresponde a don FRANCISCO PÉREZ MELLA, con amplias facultades de administración y disposición de bienes, todo lo cual se establece y precisa en la nueva cláusula cuarta; b) Se reemplaza la cláusula quinta de los estatutos, sobre el capital de la sociedad que es la suma de $5.000.000, el que queda aportado por don Francisco Pérez Mella en un 90,9%, esto es $4.545.000, y el aportado por doña Ximena Elizabeth Pérez Ávila, en un 9,1%, esto es $455.000, ya ingresados a la caja social. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes, y c) Se sustituye en la cláusula sexta los nombres de doña Claudia Verónica Olguín Ávila, por el de don Francisco Pérez Mella y el de don Roberto Fernando López Pintado, por el de doña Ximena Pérez Ávila. En todo lo no modificado por el presente instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social, en los términos establecidos en la escritura de constitución.- SANEAMIENTO: Que por un error involuntario, el extracto de modificación de la escritura señalada precedentemente no fue publicada en su oportunidad legal y atendido a lo dispuesto en el Ley número 19.499, los socios de la sociedad “Clínica Santa Inés Limitada” vienen en sanear el vicio formal en que se incurrió, al no publicar el extracto de modificación de la sociedad referida, por lo cual se extiende el plazo legal de publicación del extracto de modificación, a partir de la fecha de la escritura pública de saneamiento. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago 28/01/2022. FJC. NP. -

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    Clínica Santa Inés Limitada

    CVE 2099069

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