Sociedade por Ações78.389.625-7

Solar Producciones SpA

CONSTITUCIÓN — 16 de mar. de 2026

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2026-03-16Ver PDF (CVE 2783566)

Informações societárias

SpA
Avenida Apoquindo 5583, oficina 142
Duração: Indefinida
Administração: La administración y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a los accionistas, FRANCISCO JAVIER PÉREZ BANNEN y MANUELA ALEJANDRA OYARZÚN GRAU, amplias facultades.

Objeto social

la prestación de servicios de asesoría en actuación, dirección de cine y televisión, la organización y producción de eventos culturales y artísticos en general. Participación en proyectos y licitaciones de organismos públicos o privados en el área de la educación artística y cultural; prestación de servicios de actuación, dirección, dramaturgia y producción en televisión, cine y teatro u otros medios de comunicación a todo tipo de entidades, ya sean públicas o privadas; talleres de actuación, actividades artísticas y culturales a todo tipo de establecimientos educacionales; asesorías, capacitaciones y logística en eventos culturales y artísticos en general. Producción de obras de teatro, musicales y cualquier otra manifestación artística similar; desarrollar actividades artísticas, funciones de artistas, actores, músicos, conferencistas u otros similares; obtener y gestionar auspicios, patrocinios y asociaciones con empresas, fundaciones y corporaciones, así como la participación en todo tipo de fondos concursales municipales y gubernamentales o cualquier otra especie, con el objeto de desarrollar su actividad principal. La realización de inversiones, en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, administrar sus inversiones y percibir sus frutos y rentas, explotar los bienes que administre, por cuenta propia o ajena. Para el efecto de sus inversiones podrá comprar o enajenar a cualquier título, bienes raíces o muebles, valores mobiliarios, efectos de comercio o cualquier otra clase o título de crédito o inversión. La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal y toda otra actividad lícita que acuerden los socios, sin limitación alguna

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital integralizado

$1.000.000

Capital pendente

$0

Ações

1.000

Sócios (2)

NomeParticipação

FRANCISCO JAVIER PÉREZ BANNEN

Accionista

10.xxx.xxx-3

50%

MANUELA ALEJANDRA OYARZÚN GRAU

Accionista

13.xxx.xxx-1

50%

Texto oficial do extrato

Ministerio del Interior LINDA SCARLETT BOSCH JIMENEZ, NOTARIO PUBLICO TITULAR 20ª Notaría Santiago, Avenida Apoquindo N°4990, Las Condes, Certifico: por escritura pública hoy, 11 de marzo de 2026, Repertorio 1141-2026 ante mí, Don FRANCISCO JAVIER PÉREZ BANNEN, chileno, divorciado, Actor, cédula de identidad Nº 10.561.325-3 y doña MANUELA ALEJANDRA OYARZÚN GRAU, chilena, soltera, Actriz, cédula de identidad Nº 13.433.809-1, ambos domiciliados en calle Palma de Mallorca Nº7213, Casa i, de la comuna de Ñuñoa, de la Región Metropolitana, constituyen una sociedad por acciones denominada “SOLAR PRODUCCIONES SpA”. Objeto: “la prestación de servicios de asesoría en actuación, dirección de cine y televisión, la organización y producción de eventos culturales y artísticos en general. Participación en proyectos y licitaciones de organismos públicos o privados en el área de la educación artística y cultural; prestación de servicios de actuación, dirección, dramaturgia y producción en televisión, cine y teatro u otros medios de comunicación a todo tipo de entidades, ya sean públicas o privadas; talleres de actuación, actividades artísticas y culturales a todo tipo de establecimientos educacionales; asesorías, capacitaciones y logística en eventos culturales y artísticos en general. Producción de obras de teatro, musicales y cualquier otra manifestación artística similar; desarrollar actividades artísticas, funciones de artistas, actores, músicos, conferencistas u otros similares; obtener y gestionar auspicios, patrocinios y asociaciones con empresas, fundaciones y corporaciones, así como la participación en todo tipo de fondos concursales municipales y gubernamentales o cualquier otra especie, con el objeto de desarrollar su actividad principal. La realización de inversiones, en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, administrar sus inversiones y percibir sus frutos y rentas, explotar los bienes que administre, por cuenta propia o ajena. Para el efecto de sus inversiones podrá comprar o enajenar a cualquier título, bienes raíces o muebles, valores mobiliarios, efectos de comercio o cualquier otra clase o título de crédito o inversión. La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal y toda otra actividad lícita que acuerden los socios, sin limitación alguna”. Domicilio: Avenida Apoquindo 5583, oficina 142, de la comuna de Las Condes, de la Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias, sucursales u oficinas que la Junta de Accionistas acuerde establecer en otras regiones de la República de Chile o fuera del territorio nacional. Duración: Indefinida. Capital: La suma de UN MILLÓN DE PESOS, dividido en mil acciones nominativas de igual valor, todas de una misma serie y sin valor nominal. Administración social: La administración y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a los accionistas, FRANCISCO JAVIER PÉREZ BANNEN y MANUELA ALEJANDRA OYARZÚN GRAU, amplias facultades. El capital de la sociedad se suscribe, entera y paga de la siguiente forma: a).- Don FRANCISCO JAVIER PÉREZ BANNEN, suscribe la cantidad de quinientas acciones por un total de quinientos mil pesos, cantidad ingresada en arcas sociales y que equivale al total de sus derechos sociales, que corresponden al cincuenta por ciento del capital social. b).- Doña MANUELA ALEJANDRA OYARZÚN GRAU, suscribe la cantidad de quinientas acciones por un total de quinientos mil pesos, cantidad ingresada en arcas sociales y que equivale al total de sus derechos sociales, que corresponden al cincuenta por ciento del capital social. En consecuencia, se encuentra completamente suscrito y pagado el capital de la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 11 de marzo del 2026.

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