Sociedade de Responsabilidade Limitada78.356.763-6

Balance Inversiones Limitada

MODIFICACIÓN — 19 de mar. de 2026

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2026-03-19Ver PDF (CVE 2784799)

Informações societárias

Ltda
Vasco de Gama N° 6.357
Administração: Socio Administrador

Capital

Capital total

$100.000

Capital integralizado

$100.000

Capital pendente

$0

Sócios (3)

NomeParticipação

Martín Alejandro Brajovic Escalona

Socio

0.05%

María Alejandra Gajardo Bezanilla

Socio

0.05%

Trinidad Ignacia Brajovic Gajardo

Socio

99.9%

Administradores (1)

Histórico societário relatado

  1. Cessão de direitos· 9 de março de 2026

    Martín Alejandro Brajovic Escalona cede la nuda propiedad del 89,95% de sus derechos sociales a Trinidad Ignacia Brajovic Gajardo, reservándose el usufructo vitalicio.

    Martín Alejandro Brajovic Escalona · Trinidad Ignacia Brajovic Gajardo

  2. Cessão de direitos· 9 de março de 2026

    María Alejandra Gajardo Bezanilla cede la nuda propiedad del 9,95% de sus derechos sociales a Trinidad Ignacia Brajovic Gajardo, reservándose el usufructo vitalicio.

    María Alejandra Gajardo Bezanilla · Trinidad Ignacia Brajovic Gajardo

Texto oficial do extrato

Ministerio del Interior EDUARDO DIEZ MORELLO, Notario Público Titular de la Trigésima Cuarta Notaría de Santiago, ubicada en Luis Thayer Ojeda 359, comuna de Providencia, Santiago, certifico: que por escritura pública otorgada el 09 de marzo de 2026, Repertorio N° 3.739, ante mí, comparecieron: don MARTÍN ALEJANDRO BRAJOVIC ESCALONA, doña MARÍA ALEJANDRA GAJARDO BEZANILLA y doña TRINIDAD IGNACIA BRAJOVIC GAJARDO, todos domiciliados para estos efectos en Vasco de Gama N° 6.357, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana, modificaron la sociedad BALANCE INVERSIONES LIMITADA, Rol Único Tributario N° 78.356.763-6 (la “Sociedad”), inscrita a fojas 139, número 47 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2026, en los siguientes términos: Uno) Don Martín Alejandro Brajovic Escalona vendió, cedió y transfirió a doña Trinidad Ignacia Brajovic Gajardo la nuda propiedad del 89,95% de los derechos sociales de la Sociedad, reservándose el cedente el usufructo vitalicio sobre dichos derechos. Dos) Doña María Alejandra Gajardo Bezanilla vendió, cedió y transfirió a doña Trinidad Ignacia Brajovic Gajardo la nuda propiedad del 9,95% de los derechos sociales de la Sociedad, reservándose la cedente el usufructo vitalicio sobre dichos derechos. Tres) Modificar el Artículo Quinto de los estatutos sociales para reflejar el ingreso del nuevo socio, quedando el Artículo Quinto con el siguiente texto: "ARTÍCULO QUINTO: Capital, participación social y gravámenes. El capital de la Sociedad es la suma de cien mil pesos, íntegramente suscrito y pagado, y se encuentra aportado por los socios de la siguiente manera: Uno) don Martín Alejandro Brajovic Escalona aporta la suma de $50, equivalente al 0,05% del total de los derechos sociales de la Sociedad, suma enterada en caja social con anterioridad a esta fecha; Dos) doña María Alejandra Gajardo Bezanilla aporta la suma de $50, equivalente al 0,05% del total de los derechos sociales de la Sociedad, suma enterada en caja social con anterioridad a esta fecha; y Tres) doña Trinidad Ignacia Brajovic Gajardo aporta la suma de $99.900, equivalente al 99,90% del total de los derechos sociales de la Sociedad, suma enterada en caja social con anterioridad a esta fecha. Se deja constancia que los derechos sociales correspondientes al porcentaje señalado en el número Tres) precedente pertenecen a doña Trinidad Ignacia Brajovic Gajardo en nuda propiedad, encontrándose gravados, mientras subsistan, con los siguientes usufructos vitalicios constituidos por escritura pública de fecha nueve de marzo de dos mil veintiséis, otorgada en la Notaría de Santiago de don Eduardo Diez Morello: a) un usufructo vitalicio a favor de don Martín Alejandro Brajovic Escalona, que recae sobre derechos sociales equivalentes al 89,95% del total de los derechos sociales de la Sociedad; y b) un usufructo vitalicio a favor de doña María Alejandra Gajardo Bezanilla, que recae sobre derechos sociales equivalentes al 9,95% del total de los derechos sociales de la Sociedad. La existencia de los usufructos precedentes no altera los aportes ni los porcentajes de participación social indicados, sin perjuicio del ejercicio de derechos políticos y económicos que corresponda a los usufructuarios durante la vigencia de los mismos, conforme a estos estatutos y a la ley". Cuatro) Modificar el Artículo Séptimo para establecer que la administración y representación de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá al socio doña Trinidad Ignacia Brajovic Gajardo en calidad de Socio Administrador, con las más amplias facultades de administración y disposición. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 12 de marzo de 2026.

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