Sociedade de Responsabilidade Limitada78.353.851-2

Inversiones Bunster Limitada

CONSTITUCIÓN — 30 de jan. de 2026

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2026-01-30Ver PDF (CVE 2762652)

Informações societárias

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duração: 5 años a contar de la fecha de la escritura de constitución, plazo que se renovará automática y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno
Administração: Corresponde a IVONNE DEL CARMEN BUNSTER SILVA, que tendrá las más amplias facultades de administración y disposición. En caso de fallecimiento del administrador designado, la administración y representación de la sociedad será ejercida por los socios sobrevivientes, quienes, actuando todos ellos conjuntamente, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición.

Objeto social

El objeto de la sociedad será: A) El desarrollo y explotación de toda clase de negocios inmobiliarios, para ello podrá dedicarse a adquirir y enajenar a cualquier título bienes raíces, agrícolas y no agrícolas o urbanos, arrendarlos, administrarlos, lotearlos, subdividirlos, urbanizarlos, y en general, explotarlos de cualquier forma por cuenta propia o de terceros. B) La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena. El desarrollo del objeto social podrá ser efectuado de modo directo e individual, bajo asociación con terceras personas naturales y/o jurídicas, o mediante la participación en sociedades con objeto idéntico o análogo al expresado. C) La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, o cualquier otra forma de cesión del derecho de uso y goce, corretaje u otra forma de explotación, de inmuebles amoblados, con maquinarias, y/o con instalaciones que permiten el ejercicio de una actividad comercial o industrial. En el desarrollo del objeto social, podrá realizarlo directamente o a través de terceros. D) La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean éstos corporales o incorporales; incluyendo la adquisición de acciones de sociedades, derechos en sociedades de personas, debentures, bonos, efectos de comercio, cuotas de fondos de inversión, cuotas de fondos mutuos y en general en instrumentos de crédito y en toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión; la administración de estas inversiones y la percepción de sus frutos, y en general, cualquier otra actividad lícita relacionada con inversiones, asesoría financiera y gestión patrimonial, incluyendo la compra, venta, administración y explotación de bienes y derechos, tanto en Chile como en el extranjero. E) Todas otras actividades que acuerden los socios, por sí o a través de terceros.

Capital

Capital total

$3.000.000

Sócios (4)

NomeParticipação

IVONNE DEL CARMEN BUNSTER SILVA

Socio

5.xxx.xxx-6

10%

GABRIEL IGNACIO JARA BUNSTER

Socio

13.xxx.xxx-9

30%

SEBASTIÁN ANDRÉS JARA BUNSTER

Socio

16.xxx.xxx-0

30%

RODRIGO EDUARDO JARA BUNSTER

Socio

13.xxx.xxx-1

30%

Administradores (1)

IVONNE DEL CARMEN BUNSTER SILVA

5.xxx.xxx-6Administrador

Texto oficial do extrato

Ministerio del Interior PABLO MARTÍNEZ LOAIZA, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales número cinco mil ochocientos cuarenta y uno, comuna de La Reina, certifico: que por escritura pública de fecha 6 de enero de 2026, otorgada ante mí: IVONNE DEL CARMEN BUNSTER SILVA, cédula de identidad número 5.425.642-6, con domicilio en domicilio para estos efectos en calle Luis Zegers N°965, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, GABRIEL IGNACIO JARA BUNSTER, cédula de identidad número 13.256.849-9, domiciliado en calle Gorbea N°2455, departamento N°127, comuna de Santiago, Región Metropolitana, SEBASTIÁN ANDRÉS JARA BUNSTER, cédula de identidad número 16.360.347-0, con domicilio en domicilio para estos efectos en calle Luis Zegers N°965, comuna de Las Condes, Región Metropolitana y RODRIGO EDUARDO JARA BUNSTER, cédula de identidad número 13.442.137-1, con domicilio para estos efectos en calle Luis Zegers N°965, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, de cuyo estatuto extracto lo siguiente: NOMBRE: “INVERSIONES BUNSTER LIMITADA”, pudiendo usar como nombre de fantasía de “BUNSTER LTDA”. OBJETO: El objeto de la sociedad será: A) El desarrollo y explotación de toda clase de negocios inmobiliarios, para ello podrá dedicarse a adquirir y enajenar a cualquier título bienes raíces, agrícolas y no agrícolas o urbanos, arrendarlos, administrarlos, lotearlos, subdividirlos, urbanizarlos, y en general, explotarlos de cualquier forma por cuenta propia o de terceros. B) La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena. El desarrollo del objeto social podrá ser efectuado de modo directo e individual, bajo asociación con terceras personas naturales y/o jurídicas, o mediante la participación en sociedades con objeto idéntico o análogo al expresado. C) La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, o cualquier otra forma de cesión del derecho de uso y goce, corretaje u otra forma de explotación, de inmuebles amoblados, con maquinarias, y/o con instalaciones que permiten el ejercicio de una actividad comercial o industrial. En el desarrollo del objeto social, podrá realizarlo directamente o a través de terceros. D) La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean éstos corporales o incorporales; incluyendo la adquisición de acciones de sociedades, derechos en sociedades de personas, debentures, bonos, efectos de comercio, cuotas de fondos de inversión, cuotas de fondos mutuos y en general en instrumentos de crédito y en toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión; la administración de estas inversiones y la percepción de sus frutos, y en general, cualquier otra actividad lícita relacionada con inversiones, asesoría financiera y gestión patrimonial, incluyendo la compra, venta, administración y explotación de bienes y derechos, tanto en Chile como en el extranjero. E) Todas otras actividades que acuerden los socios, por sí o a través de terceros. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país o en el extranjero. DURACIÓN: 5 años a contar de la fecha de la escritura de constitución, plazo que se renovará automática y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno. CAPITAL: $3.000.000, cantidad que los socios aportan de la siguiente manera: Uno) IVONNE DEL CARMEN BUNSTER SILVA, aporta la cantidad de $300.000, equivalentes aproximadamente al 10% de los derechos sociales; suma que deberá pagar dentro del plazo de un año contado desde la fecha de constitución, al contado y en dinero efectivo; Dos) GABRIEL IGNACIO JARA BUNSTER, aporta la cantidad de $900.000, equivalentes aproximadamente al 30% de los derechos sociales; suma que deberá pagar dentro del plazo de un año contado desde la fecha de constitución, al contado y en dinero efectivo; Tres) SEBASTIÁN ANDRÉS JARA BUNSTER, aporta la cantidad de $900.000, equivalentes aproximadamente al 30% de los derechos sociales; suma que deberá pagar dentro del plazo de un año contado desde la fecha de constitución, al contado y en dinero efectivo; y, Cuatro) RODRIGO EDUARDO JARA BUNSTER, aporta la cantidad de $900.000, equivalentes aproximadamente al 30% de los derechos sociales; suma que deberá pagar dentro del plazo de un año contado desde la fecha de constitución, al contado y en dinero efectivo.- Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.- ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: Corresponde a IVONNE DEL CARMEN BUNSTER SILVA, que tendrá las más amplias facultades de administración y disposición. En caso de fallecimiento del administrador designado, la administración y representación de la sociedad será ejercida por los socios sobrevivientes, quienes, actuando todos ellos conjuntamente, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición. Demás estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. Santiago, 22 de enero de 2026.

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