Inversiones Peñuelas Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto: a) La inversión, a cualquier título, en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles , como asimismo la explotación y administración de estos, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o por cuenta ajena, en Chile o en el extranjero, pudiendo percibir sus frutos; b) Especialmente, la inversión en bienes muebles, corporales e incorporales de toda clase, como: cuotas, acciones, bonos, debentures; pudiendo en general, invertir en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derecho en sociedades, cuotas de fondos, y demás bienes incorporales muebles; pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y recibir sus frutos, por cuenta propia o ajena en Chile o en el extranjero; c) La inversión en bienes y derechos inmuebles, incluyendo la adquisición, compra, venta, permuta, dación en pago, enajenación, arriendo y subarriendo, de bienes amoblados o no, urbanos o agrícolas y, en general, la explotación a cualquier título de todo y cualquier tipo de bienes inmuebles, sean éstos propios o ajenos, y sea ésta a cuenta propia o ajena, en Chile o en el extranjero; d) La constitución, participación e inversión en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, ya sean colectivas, anónimas, por acciones, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo a estas últimas recurrir como socia gestora o comanditaria; y e) La realización y/o celebración y/o ejecución de toda clase de actos, contratos, gestiones, operaciones y/o negociaciones destinadas directa o indirectamente al cumplimiento del objeto social, y en general, la realización de demás actividades, negociaciones y gestiones que los socios acuerden.
Capital
Capital total
$400.000.000
Capital integralizado
$389.474.000
Capital pendente
$10.526.000
Ações
210.526
Sócios (7)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 28.47% | $60.000.000 |
Accionista | - | 19.01% | $40.000.000 |
Accionista | - | 11.88% | $25.000.000 |
Accionista | - | 11.88% | $25.000.000 |
Accionista | - | 11.88% | $25.000.000 |
Accionista | - | 11.88% | $25.000.000 |
Accionista | - | 5% | $10.526.000 |
Administradores (2)
Texto oficial do extrato
RAIMUNDO WOOD ESPINOZA, Abogado, Notario Público Suplente de doña MYRIAM AMIGO ARANCIA, Notario Público Titular de la Vigésimo Primera Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos número 578, comuna de Santiago. certifica, por escritura pública de fecha 1 de septiembre del año 2022, Repertorio Nº 8.582/2022, ante mí, comparecen: Don JUAN JERÓNIMO RENDIC LAZO, por sí, y en representación, de doña MAGDALENA RENDIC ILLANES, y, de don JUAN NICOLÁS RENDIC ILLANES; doña BERNARDITA ILLANES GARÍN; don JUAN PABLO RENDIC ILLANES; don JOSÉ IGNACIO RENDIC ILLANES; y, don JOAQUÍN RENDIC ILLANES, todos los anteriores domiciliados para estos efectos en Camino Piedra Roja N° 1490, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; quienes acordaron: 1) Transformar la sociedad “INVERSIONES PEÑUELAS LIMITADA” inscrita a fojas 41 número 39 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La Serena del año 1992; en una Sociedad por Acciones, de cuyos nuevos estatutos extracto lo siguiente: Razón Social: INVERSIONES PEÑUELAS SpA. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) La inversión, a cualquier título, en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles , como asimismo la explotación y administración de estos, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o por cuenta ajena, en Chile o en el extranjero, pudiendo percibir sus frutos; b) Especialmente, la inversión en bienes muebles, corporales e incorporales de toda clase, como: cuotas, acciones, bonos, debentures; pudiendo en general, invertir en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derecho en sociedades, cuotas de fondos, y demás bienes incorporales muebles; pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y recibir sus frutos, por cuenta propia o ajena en Chile o en el extranjero; c) La inversión en bienes y derechos inmuebles, incluyendo la adquisición, compra, venta, permuta, dación en pago, enajenación, arriendo y subarrendamiento, de bienes amoblados o no, urbanos o agrícolas y, en general, la explotación a cualquier título de todo y cualquier tipo de bienes inmuebles, sean éstos propios o ajenos, y sea ésta a cuenta propia o ajena, en Chile o en el extranjero; d) La constitución, participación e inversión en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, ya sean colectivas, anónimas, por acciones, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo a estas últimas recurrir como socia gestora o comanditaria; y e) La realización y/o celebración y/o ejecución de toda clase de actos, contratos, gestiones, operaciones y/o negociaciones destinadas directa o indirectamente al cumplimiento del objeto social, y en general, la realización de demás actividades, negociaciones y gestiones que los socios acuerden. Capital: El capital de la Sociedad será la suma de doscientos millones de pesos.- dividido en doscientos mil acciones nominativas, de una única serie y sin valor nominal, el que se encuentra íntegramente suscrito y pagado en la forma que se indica a continuación: a) don JUAN JERÓNIMO RENDIC LAZO, suscribe y paga en este acto la cantidad de sesenta mil acciones; b) doña BERNARDITA ILLANES GARIN, suscribe y paga en este acto la cantidad de cuarenta mil acciones; c) don JUAN NICOLÁS RENDIC ILLANES, a través de su representante don JUAN JERÓNIMO RENDIC LAZO, suscribe y paga en este acto la cantidad de veinticinco mil acciones; d) doña MAGDALENA RENDIC ILLANES, a través de su representante don JUAN JERÓNIMO RENDIC LAZO, suscribe y paga en este acto la cantidad de veinticinco mil acciones; e) don JUAN PABLO RENDIC ILLANES, suscribe y paga en este acto la cantidad de veinticinco mil acciones; y, f) don JOSÉ IGNACIO RENDIC ILLANES, suscribe y paga en este acto la cantidad de veinticinco mil acciones.- Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don JUAN JERÓNIMO RENDIC LAZO, quien representará a la Sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos. En caso de su ausencia, incapacidad sobreviniente o fallecimiento, lo que no deberá ser acreditado ante terceros, la administración corresponderá a doña BERNARDITA ILLANES GARÍN la que deberá actuar conjuntamente con cualesquiera de los señores doña MAGDALENA RENDIC ILLANES, don JUAN NICOLÁS RENDIC ILLANES, don JUAN PABLO RENDIC ILLANES, don JOSÉ IGNACIO RENDIC ILLANES, o, don JOAQUÍN RENDIC ILLANES. 2) Acto seguido, en el mismo instrumento, los comparecientes, don JUAN JERÓNIMO RENDIC LAZO, por sí, y en representación, de doña MAGDALENA RENDIC ILLANES, y, de don JUAN NICOLÁS RENDIC ILLANES; doña BERNARDITA ILLANES GARÍN; don JUAN PABLO RENDIC ILLANES; don JOSÉ IGNACIO RENDIC ILLANES, acordaron aumentar el capital desde la suma de doscientos millones de pesos dividido en doscientos mil acciones nominativas, única serie y sin valor nominal, a la suma cuatrocientos millones de pesos dividido en doscientos diez mil quinientos veintiséis acciones, lo que implica un aumento efectivo de doscientos millones de pesos mediante la emisión de diez mil quinientos veintiséis nuevas acciones, a un valor mínimo de colocación por cada acción a emitir de diecinueve mil un pesos aproximadamente, las que se suscribieron íntegramente por don JOAQUÍN RENDIC ILLANES, quien ingresa a la sociedad como nuevo socio y declara conocer y aceptar la normativa legal que regula las sociedades por acciones y particularmente el estatuto de la sociedad INVERSIONES PEÑUELAS SpA. Don JOAQUÍN RENDIC ILLANES se obliga a pagar las acciones suscritas en dinero efectivo o en otros bienes en un plazo que no podrá ser superior a cinco años contados desde la fecha de la presente escritura. 3) Se reemplaza el actual artículo Quinto de los Estatutos Sociales por el siguiente: “Artículo Quinto: Capital. El capital de la Sociedad será la suma de cuatrocientos millones de pesos dividido en doscientos diez mil quinientos veintiséis acciones nominativas, de una única serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan en la forma establecida en las disposiciones transitorias. Las acciones podrán ser emitidas sin necesidad de imprimir láminas físicas que representen dichos títulos, a menos que se solicite expresamente por el accionista, en cuyo caso, la forma, emisión, entrega, reemplazo, canje, transferencia e inutilización de tales títulos de acciones se sujetarán a las disposiciones legales y reglamentarias que les sean aplicables”. Asimismo, acuerdan modificar el artículo Primero Transitorio de los Estatutos por el siguiente: “ARTICULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la Sociedad será la suma de cuatrocientos millones de pesos dividido en doscientos diez mil quinientos veintiséis acciones nominativas, de una única serie y sin valor nominal, el que se encuentra íntegramente suscrito y se paga y pagará en la forma que se indica a continuación: a) don JUAN JERÓNIMO RENDIC LAZO, suscribió y pagó con anterioridad a este acto la cantidad de sesenta mil acciones; b) doña BERNARDITA ILLANES GARIN, suscribió y pagó con anterioridad a este acto la cantidad de cuarenta mil acciones; c) don JUAN NICOLÁS RENDIC ILLANES, a través de su representante don JUAN JERÓNIMO RENDIC LAZO, suscribió y pagó con anterioridad a este acto la cantidad de veinticinco mil; d) doña MAGDALENA RENDIC ILLANES, a través de su representante don JUAN JERÓNIMO RENDIC LAZO, suscribió y pagó con anterioridad a este acto la cantidad de veinticinco mil acciones; e) don JUAN PABLO RENDIC ILLANES, suscribió y pagó con anterioridad a este acto la cantidad de veinticinco mil acciones; f) don JOSÉ IGNACIO RENDIC ILLANES, suscribió y pagó con anterioridad a este acto la cantidad de veinticinco mil acciones; y g) don JOAQUÍN RENDIC ILLANES, suscribe en este acto la cantidad de diez mil quinientos veintiséis acciones, las que se obliga a pagar en dinero efectivo o en otros bienes en un plazo que no podrá ser superior a cinco años contados desde la fecha de la presente escritura”.- Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 14 de septiembre de 2022.-
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
INVERSIONES PEÑUELAS LIMITADA
CVE 2189064
