Sociedade de Responsabilidade Limitada78.206.130-5

Lehmann Propiedades Limitada

MODIFICACIÓN — 24 de jul. de 2025

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2025-07-24Ver PDF (CVE 2675946)

Informações societárias

Ltda
calle Rodas N°131

Capital

Capital total

$10.000.000

Sócios (2)

NomeParticipação

GLORIA VERÓNICA COSOI PÉREZ

Socio

4.xxx.xxx-3

51%

ROBERTO JAIME LEHMANN COSOI

Socio

11.xxx.xxx-9

49%

Histórico societário relatado

  1. Falecimento· 14 de novembro de 2024

    Fallece WALTER SALOMON LEHMANN WOLFENSON y se transmite la totalidad de sus derechos sociales a sus herederos.

    WALTER SALOMON LEHMANN WOLFENSON · GLORIA VERÓNICA COSOI PÉREZ · ELIZABETH ANDREA LEHMANN COSOI · ROBERTO JAIME LEHMANN COSOI

  2. Sucessão· 3 de março de 2025

    Se declara la calidad de herederos intestados de GLORIA VERÓNICA COSOI PÉREZ, ELIZABETH ANDREA LEHMANN COSOI y ROBERTO JAIME LEHMANN COSOI respecto del causante.

    GLORIA VERÓNICA COSOI PÉREZ · ELIZABETH ANDREA LEHMANN COSOI · ROBERTO JAIME LEHMANN COSOI · WALTER SALOMON LEHMANN WOLFENSON

  3. Cessão de direitos· 24 de julho de 2025

    GLORIA VERÓNICA COSOI PÉREZ cede 24,5% de sus derechos a ROBERTO JAIME LEHMANN COSOI.

    GLORIA VERÓNICA COSOI PÉREZ · ROBERTO JAIME LEHMANN COSOI

  4. Cessão de direitos· 24 de julho de 2025

    ELIZABETH ANDREA LEHMANN COSOI cede 12,25% de sus derechos a ROBERTO JAIME LEHMANN COSOI.

    ELIZABETH ANDREA LEHMANN COSOI · ROBERTO JAIME LEHMANN COSOI

Texto oficial do extrato

Ministerio del Interior CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea, Avenida La Dehesa número mil cuatrocientos cincuenta, local uno de esta ciudad, certifico que, por escritura pública otorgada hoy ante mí, repertorio número 4161-2025, GLORIA VERÓNICA COSOI PÉREZ, CIN°4.109.783-3, ELIZABETH ANDREA LEHMANN COSOI, CIN°11.625.647-9 y ROBERTO JAIME LEHMANN COSOI, CIN°11.472.090-9, todos domiciliados, en esta ciudad calle Rodas N°131, comuna de Las Condes, Región Metropolitana modificaron la sociedad de responsabilidad limitada denominada “LEHMANN PROPIEDADES LIMITADA”, RUT N°78.206.130-5 en adelante, e indistintamente, “la Sociedad”, inscrita a fojas 4.509 número 2.219, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1992 y cuyo capital asciende $10.000.000, en los siguientes sentidos: 1) Dejar constancia con fecha 14 de Noviembre de 2024, falleció el socio don WALTER SALOMON LEHMANN WOLFENSON, habiéndose transferido la totalidad de sus derechos en la Sociedad equivalentes al 49 por ciento en la misma a sus herederos doña GLORIA VERÓNICA COSOI PÉREZ en su calidad de cónyuge del causante, y a doña ELIZABETH ANDREA LEHMANN COSOI y a don ROBERTO JAIME LEHMANN COSOI en su calidad de hijos. Lo anterior consta de la Resolución Exenta n°13.806 de fecha 3 de marzo de 2025 del Director Regional del Servicio de Registro Civil e Identificación, Región Metropolitana de Santiago, en su calidad de herederos intestados, habiéndose inscrito la misma a fojas 24.719 número 34.474, del Registro de Propiedad Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2025 y tomada nota al margen de la inscripción de la Sociedad en el Registro de Comercio con fecha 21 de marzo de 2025. 2) Como consecuencia de la transmisión de los derechos hereditarios de don WALTER SALOMON LEHMANN WOLFENSON a sus herederos, su porcentaje de participación en la Sociedad quedo repartido entre estos de la siguiente forma: a doña GLORIA VERÓNICA COSOI PÉREZ con un 24,5% y a doña ELIZABETH ANDREA LEHMANN COSOI y a don ROBERTO JAIME LEHMANN COSOI con un 12,25% a cada uno, quedando en consecuencia la participación en la Sociedad de la siguiente manera: doña GLORIA VERÓNICA COSOI PÉREZ con un 75,5 % y a doña ELIZABETH ANDREA LEHMANN COSOI y a don ROBERTO JAIME LEHMANN COSOI un 12,25 %a cada uno. 3) Modificar los estatutos de ésta en la forma que se indica a continuación: a) doña GLORIA VERÓNICA COSOI PÉREZ vende, cede y transfiere el 24,5 % del total de los derechos de la Sociedad a don ROBERTO JAIME LEHMANN COSOI quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la presente cesión es la suma de dos millones cuatrocientos cincuenta mil pesos que se han pagado con anterioridad a este acto, declarando el cedente recibirlos a su entera y total conformidad dando por íntegramente pagado el precio. b) doña ELIZABETH ANDREA LEHMANN COSOI vende, cede y transfiere el 12,25 Þl total de los derechos de la Sociedad a don ROBERTO JAIME LEHMANN COSOI quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la presente cesión es la suma de un millón doscientos cincuenta mil pesos que se pagaron con anterioridad a este acto, declarando el cedente recibirlos a su entera y total conformidad dando por íntegramente pagado el precio quedando como únicos socios de la Sociedad, doña GLORIA VERÓNICA COSOI PÉREZ, con un 51 % de los derechos sociales de la Sociedad y don ROBERTO JAIME LEHMANN COSOI, con un 49 % de los derechos sociales de la misma 4) Como consecuencia de las cesiones de derechos indicadas precedentemente, los socios acuerdan sustituir el artículo quinto de los estatutos sociales, relativo al capital de la Sociedad, por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad será la suma de diez millones de pesos, que los socios aportan, enteran y pagan del siguiente modo: a) doña GLORIA VERÓNICA COSOI PÉREZ aporta cinco millones cien mil pesos debidamente pagados al contado y en dinero efectivo al momento de la constitución de la sociedad. b) don ROBERTO JAIME LEHMANN COSOI, aporta cuatro millones novecientos mil pesos debidamente pagados al contado y en dinero efectivo al momento de la constitución de la sociedad por su antecesor en el dominio de los derechos sociales. Como consecuencia de los aportes referidos, el capital de la Sociedad queda distribuido entre los socios de la siguiente forma: doña GLORIA VERÓNICA COSOI PÉREZ, con un cincuenta y uno por ciento de los derechos sociales de la Sociedad y don ROBERTO JAIME LEHMANN COSOI, con un cuarenta y nueve por ciento de los derechos sociales de la Sociedad. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes”. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 17 de julio de 2025.

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  1. MODIFICACIÓN

    LEHMANN PROPIEDADES LIMITADA

    CVE 2675946

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