Inversiones INCOVA Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital integralizado
$1.000.000
Capital pendente
$0
Sócios (4)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 77.235.531-9 | 77.235.531-9 | 50% | $500.000 |
Socio 77.235.539-4 | 77.235.539-4 | 16.6666666667% | $166.666 y dos tercios de peso |
Socio 77.235.515-7 | 77.235.515-7 | 16.6666666667% | $166.666 y dos tercios de peso |
Socio 77.235.544-0 | 77.235.544-0 | 16.6666666667% | $166.666 y dos tercios de peso |
Administradores (4)
María del Pilar Valdés Arrieta
María de los Ángeles Valdés Valdés
Representação legal (4)
María del Pilar Valdés Arrieta
María de los Ángeles Valdés Valdés
Histórico societário relatado
- Constituição· 27 de novembro de 1991
Se constituye Inversiones Incova Limitada
- Outro ato· 3 de abril de 2019
La sociedad fue modificada por escritura pública
- Entrada de sócio· 28 de setembro de 2020
María del Pilar Valdés Arrieta, María de los Ángeles Valdés Valdés, Bernardo José Valdés Valdés y José Miguel Valdés Valdés constituyen SpA y aportan la totalidad de sus derechos en Inversiones Incova Limitada
María del Pilar Valdés Arrieta · María de los Ángeles Valdés Valdés · Bernardo José Valdés Valdés · José Miguel Valdés Valdés
Texto oficial do extrato
Luis Enrique Tavolari Oliveros, Abogado, Notario Público Titular de la 22 Notaría de Santiago, calle Don Carlos Nº 2.889, Las Condes, certifica que por escritura pública de hoy, ante mí, doña María Del Pilar Valdés Arrieta, calle Pedro Canisio Nº 1.157, departamento 142, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, actuando por sí y además en representación de la sociedad por acciones denominada “Eluney SpA.”, del giro de inversiones, Rut Nº 77.235.531-9, domiciliada en Av. Vitacura 5.250, oficina 1.301, comuna de Vitacura; doña María de los Ángeles Valdés Valdés, domiciliada en calle Las Hualtatas Interior Nº 5.439, departamento 46, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, actuando por sí y además en representación de la sociedad por acciones denominada “Los Alerces SpA.”, Rut Nº 77.235.539-4, con domicilio en Av. Vitacura Nº 5.250, oficina 1.301, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; don Bernardo José Valdés Valdés, domiciliado en calle Alcántara Nº 900, departamento 80, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, actuando por sí y además en representación de la sociedad por acciones denominada “Inversiones San Bernardo SpA.”, Rut Nº 77.235.515-7, con domicilio en Av. Vitacura Nº 5.250, oficina 1.301, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, y don José Miguel Valdés Valdés, domiciliado en calle Pedro Canisio Nº 1.157, departamento 142, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, actuando por sí y además en representación de la sociedad por acciones denominada “Ouroboros SpA.”, Rut Nº 77.235.544-0, con domicilio en Av. Vitacura Nº 5.250, oficina 1.301, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, modificaron sociedad de responsabilidad limitada denominada “INVERSIONES INCOVA LIMITADA”, Rol Único Tributario Nº 78.185.000-4, constituida por escritura pública otorgada el día 27 de noviembre de 1991 ante el Notario Público de Santiago don Jaime Morandé Orrego, cuyo extracto se inscribió a fojas 40.204 número 20.300 en el Registro de Comercio del año 1991 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, y fue publicado en el Diario Oficial del día 26 de diciembre del mismo año, modificada por escritura pública otorgada el 3 de abril de 2019 ante el Notario Público de Santiago don René Benavente Cash. Actualmente los únicos socios de Inversiones Incova Limitada son doña María del Pilar Valdés Arrieta, doña María de los Ángeles Valdés Valdés, don Bernardo José Valdés Valdés y don José Miguel Valdés Valdés, y su capital social de $1.000.000, que está totalmente enterado y pagado, se encuentra distribuido entre sus socios así: la suma de $500.000 para doña María del Pilar Valdés Arrieta, y la suma de $166.666 y dos tercios de peso para cada uno de los señores doña María de los Ángeles, Bernardo José y José Miguel Valdés Valdés. Mediante escritura pública otorgada el día 28 de septiembre de 2020 ante mí, doña María del Pilar Valdés Arrieta, como único accionista fundador, constituyó la sociedad por acciones denominada “Eluney SpA.” y aportó a su capital social la totalidad de sus derechos como socio de “Inversiones Incova Limitada”. Un extracto de esa escritura se inscribió a fojas 62.895 Nº 29.963 del Registro de Comercio del año 2020 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y se publicó en el Diario Oficial del día 2 de octubre de 2020. Mediante escritura pública otorgada el día 28 de septiembre de 2020 ante mí, doña María de los Ángeles Valdés Valdés, como único accionista fundador, constituyó la sociedad por acciones denominada “Los Alerces SpA.” y aportó a su capital social la totalidad de sus derechos como socio de “Inversiones Incova Limitada”. Un extracto de esa escritura se inscribió a fojas 62.897 Nº 29.965 del Registro de Comercio del año 2020 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y se publicó en el Diario Oficial del día 2 de octubre de 2020. Mediante escritura pública otorgada el día 28 de septiembre de 2020 ante mí, don Bernardo José Valdés Valdés, como único accionista fundador, constituyó la sociedad por acciones denominada “Inversiones San Bernardo SpA.” y aportó a su capital social la totalidad de sus derechos como socio de “Inversiones Incova Limitada”. Un extracto de esa escritura se inscribió a fojas 6.2896 Nº 29.964 del Registro de Comercio del año 2020 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y se publicó en el Diario Oficial del día 2 de octubre de 2020. Mediante escritura pública otorgada el día 28 de septiembre de 2020 ante mí, don José Miguel Valdés Valdés, como único accionista fundador, constituyó la sociedad por acciones denominada “Ouroboros SpA.” y aportó a su capital social la totalidad de sus derechos como socio de “Inversiones Incova Limitada”. Un extracto de esa escritura se inscribió a fojas 62.894 Nº 29.962 del Registro de Comercio del año 2020 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y se publicó en el Diario Oficial del día 2 de octubre de 2020. Mediante la escritura que extracto, los comparecientes, en las calidades en que actúan, declaran que aceptan en todas sus partes el aporte que doña María del Pilar Valdés Arrieta ha hecho a Eluney SpA. de la totalidad de los derechos, acciones y obligaciones que en calidad de socio le corresponden en Inversiones Incova Limitada; que aceptan en todas sus partes el aporte que doña María de Los Ángeles Valdés Valdés ha hecho a Los Alerces SpA. de la totalidad de los derechos, acciones y obligaciones que en calidad de socio le corresponden en Inversiones Incova Limitada; que aceptan en todas sus partes el aporte que don Bernardo José Valdés Valdés ha hecho a Inversiones San Bernardo SpA. de la totalidad de los derechos, acciones y obligaciones que en calidad de socio le corresponden en Inversiones Incova Limitada; y que aceptan en todas sus partes el aporte que don José Miguel Valdés Valdés ha hecho a Ouroboros SpA. de la totalidad de los derechos, acciones y obligaciones que en calidad de socio le corresponden en Inversiones Incova Limitada. Como consecuencia de los aportes y de las aceptaciones precedentes, doña María del Pilar Valdés Arrieta, doña María de los Ángeles Valdés Valdés, don Bernardo José Valdés Valdés y don José Miguel Valdés Valdés dejan de ser socios de Inversiones Incova Limitada, y en sus respectivos reemplazos, y con sus mismos derechos y obligaciones, se incorporan como nuevos socios las sociedades Eluney SpA., Los Alerces SpA., Inversiones San Bernardo SpA. y Ouroboros SpA. Todos los comparecientes están de acuerdo en que esta modificación social rige desde el día 28 de septiembre del año 2020. Los socios de Inversiones Incova Limitada introducen las siguientes modificaciones al estatuto social: 1) Se sustituye la cláusula Primera, en cuanto a que los socios de la sociedad son Eluney SpA., Los Alerces SpA., Inversiones San Bernardo SpA. y Ouroboros SpA. 2) Se modifica y reemplaza la cláusula Tercera, en cuanto a que el uso de la razón social, la administración y representación legal de la sociedad corresponderá a doña María del Pilar Valdés Arrieta, a doña María de los Ángeles Valdés Valdés, a don Bernardo José Valdés Valdés y a don José Miguel Valdés Valdés, actuando dos cualquiera de ellos conjuntamente, con las más amplias facultades, salvo para: 1) constituir a la sociedad en aval o fiadora y codeudora solidaria u otorgar cualquier clase de garantía personal de la sociedad; 2) para enajenar bienes raíces sociales y gravarlos con hipoteca o en cualquier otra forma y para constituir sobre ellos prohibiciones de cualquier tipo; 3) para gravar bienes muebles sociales, sea con prendas u otras garantías reales; 4) para celebrar contratos de sociedad o asociación de cualquier clase; 5) para celebrar contratos de mutuo o crédito y reconocer créditos y novar derechos y obligaciones, todo esto por un valor superior a 15.000 Unidades de Fomento por cada operación; y 6) para autocontratar. Para todos estos casos, antes enumerados, deberán actuar siempre conjuntamente a lo menos tres de las personas antes nombradas, quienes podrán otorgar mandatos especiales y delegar estas facultades, como también revocar esos mandatos y delegaciones. 3) se modifica la cláusula Cuarta, relativa al capital social, quedando esta como sigue: “Cuarto: El capital de la sociedad es la cantidad de $1.000.000.-, que se encuentra totalmente enterado y pagado por los socios así: a) Eluney SpA. aportó y enteró la suma de $500.000 en dinero efectivo; b) Los Alerces SpA. aportó y enteró la suma de $166.666 y dos tercios de peso, en dinero efectivo; c) Inversiones San Bernardo SpA. aporto y enteró la suma de $166.666 y dos tercios de peso, en dinero efectivo, y d) Ouroboros SpA. aportó y enteró la suma de $166.666 y dos tercios de peso, en dinero efectivo. La responsabilidad personal de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes.” 4) Se reemplaza el tenor de la cláusula Novena de los estatutos sociales, por el siguiente: “Noveno: En caso de disolución o terminación de cualquiera de los socios personas jurídicas, la sociedad no se disolverá y continuará entre los socios subsistentes y quien suceda legalmente al socio disuelto o terminado, quien deberá nombrar por escritura pública a un mandatario para que lo represente ante la sociedad. En tal caso el uso de la razón social, la administración y la representación legal de la sociedad seguirán correspondiendo a los administradores designados en la cláusula Tercera, actuando en la forma allí establecida.”. En lo no modificado por la escritura que extracto, se mantienen vigentes los estatutos sociales, en especial la limitación de responsabilidad de los socios a sus respectivos aportes. Santiago, 5 de mayo de 2021. Luis Enrique Tavolari Oliveros, Notario Público.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
INVERSIONES INCOVA LIMITADA
CVE 1947516
