Inversiones Ariztia Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Sócios (5)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 4.xxx.xxx-9 | 4.xxx.xxx-9 | - | - |
Socio 7.xxx.xxx-9 | 7.xxx.xxx-9 | - | - |
Socio 10.xxx.xxx-k | 10.xxx.xxx-k | - | - |
Socio 8.xxx.xxx-8 | 8.xxx.xxx-8 | - | - |
Socio 10.xxx.xxx-2 | 10.xxx.xxx-2 | - | - |
Administradores (5)
Texto oficial do extrato
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la 34ª Notaría de Santiago, domiciliado en Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, Santiago, certifico que: por escritura pública de fecha 3 de febrero de 2025, repertorio N° 2.050-2025, ante mí: /i/ Juan Guillermo Ariztía Matte, R.U.T. N°4.592.199-9, domiciliado en Camino El Alba 12351, habitación 411, Las Condes; /ii/ Juan Aníbal Ariztía Correa, R.U.T. N°7.312.728- 9; /iii/ Raquel Ariztía Correa, R.U.T. N°10.653.280-K; /iv/ Tomás Rafael Ariztía Correa, R.U.T. N°8.482.630-8; /v/ Rafael Ariztía Correa, R.U.T. N°10.175.769-2; todos ellos domiciliados, para estos efectos, en Avenida Golf Lomas de la Dehesa 10847, Lo Barnechea, Santiago, Región Metropolitana, acordaron, en su calidad de únicos y actuales socios, modificar los estatutos de la sociedad de responsabilidad limitada denominada INVERSIONES ARIZTIA LIMITADA, R.U.T. 78.171.420-8, inscrita a fojas 37, N°33, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces del departamento Buin del año 1991, la “Sociedad”, en las siguientes materias de extracto: /i/ Se modifica la cláusula tercera, en el sentido de establecer que la administración de la Sociedad corresponderá al socio don Juan Guillermo Ariztía Matte, actuando individualmente, y a los socios don Juan Aníbal Ariztía Correa, doña Raquel Ariztía Correa, don Tomás Rafael Ariztía Correa, y don Rafael Ariztía Correa, actuando dos cualesquiera de ellos conjuntamente, con todas y cada una de las facultades generales y especiales convenidas en los estatutos sociales y sus respectivas modificaciones; y /ii/ Se modifica la cláusula novena, en el sentido de establecer que, en caso de fallecimiento de uno o más de los socios administradores, la administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá a los socios sobrevinientes, quienes actuarán en la forma estipulada para cada uno de ellos en la cláusula tercera de los estatutos sociales. En consecuencia, se modificó el Artículo Tercero y el Artículo Noveno de los estatutos de la Sociedad, en lo relativo a la administración y a la no disolución por fallecimiento de uno de los socios, respectivamente, de modo de reflejar las antedichas modificaciones. La responsabilidad de los socios está limitada al monto de sus aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 03 de febrero de 2025. Eduardo Javier Diez Morello, Notario Público Titular.
Informações societárias
Capital
Capital total
$150.578.512
Capital integralizado
$150.578.512
Capital pendente
$0
Sócios (5)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 78.33684% | - |
Socio | - | 5.03313% | - |
Socio | - | 5.03313% | - |
Socio | - | 3.05887% | - |
Socio | - | 3.05887% | - |
Texto oficial do extrato
ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Titular de la 36ª Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número 65, piso 2, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, certifico que, por escritura pública de fecha 21 de noviembre de 2023, Repertorio N°32.864-2023, otorgada ante mí, don Juan Guillermo Ariztía Matte, doña Pilar Correa Barros, don Juan Aníbal Ariztía Correa, doña Raquel Ariztía Correa, don Tomás Ariztía Correa, y don Rafael Ariztía Correa, todos domiciliados para estos efectos en calle el Golf Lomas de la Dehesa N°10.847, comuna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, en su calidad de únicos y actuales socios de la sociedad “Inversiones Ariztía Limitada”, Rol Único Tributario N°78.171.420-8, inscrita a fojas 37 número 33 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces del departamento Buin del año 1991, en adelante la “Sociedad”, acordaron modificar la Sociedad en los siguientes términos: /A/ En virtud de las cesiones de derechos que da cuenta la escritura extractada doña Pilar Correa Barros, debidamente autorizada por los Tribunales Ordinarios de Justicia, en conformidad con lo dispuesto por el artículo 1.401 del Código Civil, dona, cede y transfiere gratuita e irrevocablemente: /i/ la nuda propiedad del 0,38266% de los derechos sociales de la Sociedad a don Juan Aníbal Ariztía Correa, los que fueron aceptados y adquiridos por este último, en los términos y condiciones que constan en escritura extractada; /ii/ la nuda propiedad del 0,38266% de los derechos sociales de la Sociedad a doña Raquel Ariztía Correa, los que fueron aceptados y adquiridos por esta última, en los términos y condiciones que constan en escritura extractada; /iii/ la nuda propiedad del 2,35692% de los derechos sociales de la Sociedad a don Tomás Ariztía Correa, los que fueron aceptados y adquiridos por este último, en los términos y condiciones que constan en escritura extractada; y /iv/ la nuda propiedad del 2,35692% de los derechos sociales de la Sociedad a don Rafael Ariztía Correa, los que fueron aceptados y adquiridos por este último, en los términos y condiciones que constan en escritura extractada. Producto de la donación, doña Pilar Correa Barros, conserva para sí el usufructo vitalicio respecto de los derechos sociales donados. /B/ Como consecuencia de lo anterior, los únicos y actuales socios de la Sociedad acordaron modificar el Artículo Cuarto de los estatutos de la Sociedad en el siguiente sentido: “Artículo Cuarto: El capital de la Sociedad es la suma de $150.578.512, suma que se ha aportado y pagado por los socios en las siguientes proporciones: /i/ don Juan Guillermo Ariztía Matte, dueño de la plena propiedad del 78,33684% del capital e interés social; /ii/ don Juan Aníbal Ariztía Correa, dueño de la plena propiedad del 5,03313% del capital e interés social y de la nuda propiedad del 0,38266% del capital e interés social; /iii/ doña Raquel Ariztía Correa, dueña de la plena propiedad del 5,03313% del capital e interés social y de la nuda propiedad del 0,38266% del capital e interés social; /iv/ don Tomás Rafael Ariztía Correa, dueño de la plena propiedad del 3,05887% del capital e interés social y de la nuda propiedad del 2,35692% del capital e interés social; y /v/ don Rafael Ariztía Correa, dueño de la plena propiedad del 3,05887% del capital e interés social y de la nuda propiedad del 2,35692% del capital e interés social”. En todo lo no modificado se mantienen vigentes las demás estipulaciones del pacto social, en especial en cuanto a que la responsabilidad de los socios continúa limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó portador de extracto para legalización. Santiago, 13 de diciembre de 2023.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
INVERSIONES ARIZTIA LIMITADA
CVE 2613009
- MODIFICACIÓN
Inversiones Ariztía Limitada
CVE 2432090
