Sociedade por Ações78.089.063-0

Inmobiliaria E Inversiones Santa Juliana SpA

CONSTITUCIÓN — 25 de abr. de 2025

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2025-04-25Ver PDF (CVE 2638426)

Informações societárias

SpA
Avenida Balmaceda número mil quinientos setenta y ocho
Administração: Gerente General, designado en estatutos

Objeto social

UNO.- Compra y venta al por mayor, al por menor y al detalle, de toda clase de bienes de consumo, agrícolas o de construcción; DOS.- Importación, exportación y distribución de los mismos productos y/o artículos referidos precedentemente; TRES.- Fabricación de los mismos productos y/o artículos; CUATRO.- Transporte de carga por carretera en vehículos propios o de terceros cedidos para dicho fin; CINCO.- Contratista y sub contratista de proyectos de inversión agrícola y ganadero; SEIS.- Compra y venta de bienes muebles e inmuebles, o activos de cualquier clase, para inversión; SIETE.- Administración de bienes de toda clase para obtención de rentas y ganancias de capital, tales como arrendamiento y otras cesiones onerosas; y OCHO.- Toda otra actividad que los socios acuerden a futuro explotar en beneficio de la sociedad. Sin perjuicio de lo anterior, para el cumplimiento del objeto social, la sociedad podrá realizar cualquier negocio relacionado directamente con ésta. La Sociedad podrá, asimismo, constituir, adquirir o integrar como asociada o en cualquier otra forma, empresas, sociedades o asociaciones e instituciones de cualquier especie, tanto en Chile como en el extranjero, que persigan fines que se relacionen directamente o indirectamente con su propio giro; realizar todos los actos, celebrar todos los contratos y contraer toda clase de obligaciones convenientes o necesarias para el cumplimiento de sus fines.-

Capital

Capital total

$100.000.000

Ações

1.000

Sócios (2)

NomeParticipação

CARLOS ANDRÉS LORCA NAVARRO

Accionista

-

CATALINA ROCÍO REYES UBILLA

Accionista

-

Administradores (1)

Texto oficial do extrato

Ministerio del Interior Rodrigo Domínguez Jara, Notario Curicó, Estado 236, certifica: Por escritura pública ante mí de fecha 22 de Abril de 2025, Repertorio Nº1040/2025, Comparece: don JUAN ANDRÉS IRIARTE ÁVILA, en representación de don CARLOS ANDRÉS LORCA NAVARRO y doña CATALINA ROCÍO REYES UBILLA, ambos domiciliados en Avenida Balmaceda número mil quinientos setenta y ocho, Curicó, quienes constituyen sociedad por acciones “INMOBILIARIA E INVERSIONES SANTA JULIANA SpA.” Objeto: UNO.- Compra y venta al por mayor, al por menor y al detalle, de toda clase de bienes de consumo, agrícolas o de construcción; DOS.- Importación, exportación y distribución de los mismos productos y/o artículos referidos precedentemente; TRES.- Fabricación de los mismos productos y/o artículos; CUATRO.- Transporte de carga por carretera en vehículos propios o de terceros cedidos para dicho fin; CINCO.- Contratista y sub contratista de proyectos de inversión agrícola y ganadero; SEIS.- Compra y venta de bienes muebles e inmuebles, o activos de cualquier clase, para inversión; SIETE.- Administración de bienes de toda clase para obtención de rentas y ganancias de capital, tales como arrendamiento y otras cesiones onerosas; y OCHO.- Toda otra actividad que los socios acuerden a futuro explotar en beneficio de la sociedad. Sin perjuicio de lo anterior, para el cumplimiento del objeto social, la sociedad podrá realizar cualquier negocio relacionado directamente con ésta. La Sociedad podrá, asimismo, constituir, adquirir o integrar como asociada o en cualquier otra forma, empresas, sociedades o asociaciones e instituciones de cualquier especie, tanto en Chile como en el extranjero, que persigan fines que se relacionen directamente o indirectamente con su propio giro; realizar todos los actos, celebrar todos los contratos y contraer toda clase de obligaciones convenientes o necesarias para el cumplimiento de sus fines.- Administración y uso de razón social: Gerente General, designado en estatutos, doña CATALINA ROCÍO REYES UBILLA. Capital: El capital de la sociedad será $100.000.000, dividido en 1000 acciones ordinarias y nominativas, de igual valor y sin valor nominal que los constituyentes enteran, comprometen enterar y suscriben en el acto de constitución, en las proporciones y bajo las modalidades que se indican.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Curicó, 22 de abril de 2025.

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