Sociedade de Responsabilidade Limitada78.060.270-8

Sociedad Agrícola Cerrillo Limitada

MODIFICACIÓN — 24 de abr. de 2024

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2024-04-24Ver PDF (CVE 2483900)

Informações societárias

Ltda
Rómulo J. Peña 280
Administração: Juan José Miguel Ronsecco Pinto actuando en forma conjunta con cualquiera de José Ignacio Ronsecco Campbell, Miguel Ángel Darrigrande Menard o Héctor Marcelo Castellón Pedemonte

Sócios (9)

NomeParticipação

Marta Myriam Campbell Aguilar

Socio

6.xxx.xxx-7

13%

José Ignacio Ronsecco Campbell

Socio

17.xxx.xxx-2

3%

Susana Marianela Ronsecco Campbell

Socio

13.xxx.xxx-8

3%

Giovanna Cecilia Ronsecco Campbell

Socio

12.xxx.xxx-2

3%

Francesca Fabiola Ronsecco Campbell

Socio

16.xxx.xxx-9

3%

Juan José Miguel Ronsecco Pinto

Socio

7.xxx.xxx-0

25%

Sandra Teresa de Lourdes Ronsecco Pinto

Socio

6.xxx.xxx-2

25%

Angela Alicia Ronsecco Pinto

Socio

10.xxx.xxx-1

22%

Héctor Marcelo Castellón Pedemonte

Socio

5.xxx.xxx-9

3%

Administradores (1)

Juan José Miguel Ronsecco Pinto

7.xxx.xxx-0Administrador

Histórico societário relatado

  1. Falecimento· 14 de abril de 2022

    Fallece Héctor Fredy Andrés Ronsecco Pinto

    Héctor Fredy Andrés Ronsecco Pinto

Texto oficial do extrato

FRANCISCO NEHME CARPANETTI, Abogado y Notario Público Copiapó, oficio O’Higgins 744, certifica: Por escritura Pública de fecha 12 de abril de 2024, ante mí, Repertorio Nº 753-2024, GIOVANNA CECILIA RONSECCO CAMPBELL, chilena, casada y separada de bienes, parvularia, Run 12.617.124-2, Rómulo J. Peña 280, Copiapó, FRANCESCA FABIOLA RONSECCO CAMPBELL, chilena, casada y separada de bienes, ingeniera, Run 16.249.041-9, Rómulo J. Peña 280, Copiapó; JOSE IGNACIO RONSECCO CAMPBELL, chileno, soltero, ingeniero en construcción, Run 17.605.225-2, Rómulo J. Peña 280, Copiapó; MARTA MYRIAM CAMPBELL AGUILAR, chilena, viuda, dueña de casa, Run 6.688.204-7, Rómulo J. Peña número doscientos ochenta, Copiapó, todos representados por SUSANA MARIANELA RONSECCO CAMPBELL, chilena, casada y separada de bienes, administradora de empresas, Run 13.221.480-8, Francisco de Aguirre 153, casa 42, Mirador del Valle II, Copiapó, por si y como mandataria de las personas anteriormente individualizadas, en calidad de únicos herederos quedados en herencia de don HÉCTOR FREDY ANDRÉS RONSECCO PINTO, chileno, casado, empresario, Run 6.048.440-6, Rómulo J. Peña 280, Copiapó, fallecido 14 abril 2022; JUAN JOSÉ MIGUEL RONSECCO PINTO, chileno, casado y separado de bienes, agricultor, Run 7.955.711-0, Condominio Costa Blanca, Casa 15, Avenida Salvador 1100, Bahía Inglesa, Caldera, de paso en ésta; MIGUEL ANGEL HERNAN DARRIGRANDE MENARD, chileno, dentista, casado, Juan Martínez 586, Copiapó, Run 6.097.803-4, en representación de Sucesión Ronsecco Pinchetti y de cónyuge SANDRA TERESA DE LOURDES RONSECCO PINTO, chilena, casada, mismo domicilio, labores de casa, Run 6.581.231-2; ANGELA ALICIA RONSECCO PINTO, chilena, agricultora, casada y separada bienes, Run 10.435.354-1, Valencia 849, Villa el Español, Copiapó, y HECTOR MARCELO CASTELLON PEDEMONTE, chileno, comerciante, Run 5.348.552-9, casado con Angela Alicia Ronsecco Pinto y del mismo domicilio y exponen: I.- Comunidad de Héctor Marcelo Castellón Pedemonte y Angela Alicia Ronsecco Pinto, quedada al efectuar la modificación de régimen patrimonial del matrimonio, según a lo indicado en la escritura extractada, acuerdan liquidar y terminar la comunidad entre ellos sobre el seis por ciento del haber social en la Sociedad Agrícola Cerrillo Limitada, adjudicándose cada uno de ellos el tres por ciento del total del haber social.- II.- Comunidad compuesta por JUAN JOSÉ MIGUEL RONSECCO PINTO, SANDRA TERESA DE LOURDES RONSECCO PINTO, representada en este acto por su cónyuge don MIGUEL ANGEL HERNAN DARRIGRANDE MENARD; doña ÁNGELA ALICIA RONSECCO PINTO y la sucesión o comunidad hereditaria de don HÉCTOR FREDY ANDRÉS RONSECCO PINTO, compuesta y representada en la forma indicada en escritura extractada, dueños y titulares en común y pro indiviso, de los derechos sociales equivalentes a un siete coma ciento sesenta y ocho por ciento en la sociedad denominada "SOCIEDAD AGRÍCOLA CERRILLO LIMITADA", R.U.T. N°78.060.270-8, acuerdan liquidar la comunidad existente entre ellos, adjudicándose para cada uno el 1,792% de derechos y participación social.- III.- Comunidad quedada al fallecimiento de don Héctor Fredy Andrés Ronsecco Pinto, compuesta por GIOVANNA CECILIA RONSECCO CAMPBELL, FRANCESCA FABIOLA RONSECCO CAMPBELL, JOSE IGNACIO RONSECCO CAMPBELL, MARTA MYRIAM CAMPBELL AGUILAR y SUSANA MARIANELA RONSECCO CAMPBELL, todos representados por la última de las nombradas, titulares en común y proindiviso de 25% de derechos y participación social, acuerdan liquidar y partir la comunidad existente entre ellos, adjudicando a doña Marta Myriam Campbell Aguilar, la cantidad de 13% de derechos y participación social y el 3% de derechos y participación social para cada uno de los demás integrantes de dicha comunidad, en conformidad a lo señalado en escritura extractada.- IV: Para clarificar porcentajes de participación social, luego de particiones y adjudicaciones, cada socio es titular y propietario en la siguiente proporción de derechos o cuotas sociales: Uno.- Doña Marta Myriam Campbell Aguilar, queda titular de trece por ciento de derechos sociales en la sociedad anteriormente singularizada; Dos.- Don José Ignacio Ronsecco Campbell, queda titular de tres por ciento de derechos sociales en la sociedad anteriormente singularizada; Tres.- Doña Susana Marianela Ronsecco Campbell, queda titular de tres por ciento de derechos sociales en la sociedad anteriormente singularizada; Cuatro.- Doña Giovanna Cecilia Ronsecco Campbell, queda titular de tres por ciento de derechos sociales en la sociedad anteriormente singularizada; Cinco.- Doña Francesca Fabiola Ronsecco Campbell, queda titular de tres por ciento de derechos sociales en la sociedad antes singularizada; Seis.- Don Juan José Miguel Ronsecco Pinto, queda titular de un veinticinco por ciento de derechos o cuotas sociales en la Sociedad Agrícola Cerrillo Limitada, antes singularizada; Siete.- Doña Sandra Teresa de Lourdes Ronsecco Pinto, queda titular de un veinticinco por ciento de derechos o cuotas sociales en la Sociedad Agrícola Cerrillo Limitada; Ocho.- Doña Angela Alicia Ronsecco Pinto queda titular de un veintidós por ciento de derechos o cuotas sociales en la sociedad señalada precedentemente; y, Nueve.- Don Héctor Marcelo Castellón Pedemonte, queda titular del tres por ciento de derechos o cuotas sociales en la mismas sociedad Agrícola Cerrillo Limitada. Modificación Social: Comparecientes antes individualizados, titulares del 100% de derechos o participación social, modifican sociedad Agrícola Cerrillo Limitada en siguientes cláusulas: Modifican Cláusula Quinta, capital social, aportado por socios ya individualizados en proporción a sus derechos o cuotas de participación social, conforme a especificaciones indicadas en escritura extractada. Modifican cláusula Octava, administración y uso razón social, corresponderá a Juan José Miguel Ronsecco Pinto quien actuando en forma conjunta con cualquiera de los señores don José Ignacio Ronsecco Campbell o don Miguel Ángel Darrigrande Menard o don Héctor Marcelo Castellón Pedemonte, y anteponiendo a su firma personal la frase “Sociedad Agrícola Cerrillo Limitada”, la representarán con facultades y limitaciones indicadas en escritura extractada. Modifican cláusula Décima, gastos, utilidades y perdidas distribuidas entre socios en proporción a sus derechos sociales. Modifican cláusula Décimo Cuarta: asuntos de cualquier naturaleza, por liquidación social, interpretación, cumplimiento de disposiciones, o cualquier otra, resolverá arbitro arbitrador. Demás estipulaciones y especificaciones, acuerdos y pactos constan en escritura extractada. Copiapó, a 18 de abril de 2024.

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  1. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD AGRÍCOLA CERRILLO LIMITADA

    CVE 2483900

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