Sociedade de Responsabilidade Limitada78.054.000-1

Sociedad Agricola Y Ganadera Valle Hermoso Limitada

MODIFICACIÓN — 28 de dez. de 2016

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2016-12-28Ver PDF (CVE 1158303)

Informações societárias

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duração: 30 años, renovable tácita, automática y sucesivamente por periodos iguales de 1 año
Administração: Uso de la razón social corresponderá a JORGE ANDRÉS MURILLO STONE y a RINA CARMEN LETELIER SKINNER, actuando indistintamente cualquiera uno de ellos, con representación judicial y extrajudicial y amplias facultades de administración y disposición.

Objeto social

La ejecución de proyectos de construcción por cuenta propia y ajena, la realización de especialidades de construcción, el desarrollo de proyectos de ingeniería y obras civiles, incluyendo actividades de preparación del terreno, excavaciones y movimientos de tierras, servicios de demolición y derribo de edificios y estructuras en general, el acondicionamiento toda clase de construcciones, incluyendo obras menores en construcción; consultoría y coordinación de proyectos entre arquitectura, ingeniería y proyectos de instalaciones; invertir en bienes muebles e incorporales, acciones, monedas o divisas, bonos, depósitos, valores mobiliarios, efectos de comercio, cuotas o derechos en sociedades y/o fondos de inversión y fondos mutuos, bienes raíces o cuotas de ellos; financiar, promover, administrar y explotar inversiones, negocios, empresas o sociedades; invertir en bienes inmuebles, adquirir, enajenar, gravar, subdividir, lotear, urbanizar, remodelar, ampliar, administrar o explotar bienes raíces; coordinar, desarrollar y ejecutar proyectos inmobiliarios; asumir representaciones, agencias, comisiones y mandatos; constituir e integrar sociedades, fondos de inversión e instituciones; compra y arrendamiento de maquinaria y vehículos de toda clase.

Capital

Capital total

$5.000.000

Capital integralizado

$5.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (5)

Administradores (2)

Histórico societário relatado

  1. Constituição

    Se relata la sociedad original denominada Sociedad Agricola Y Ganadera Valle Hermoso Limitada, inscrita en 1990.

Texto oficial do extrato

IVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular 33ª notaría de Santiago, oficio en Huérfanos 979, oficina 501, Santiago, certifica, por escritura pública, con fecha de hoy, ante mí, JORGE ANDRÉS MURILLO STONE, XIMENA LORETO DEL CARMEN MURILLO LETELIER, CARMEN LUZ MURILLO LETELIER, ANDREA SOLEDAD DEL CARMEN MURILLO LETELIER y CAROLINA DEL CARMEN MURILLO LETELIER, todos domiciliados en Las Antillas Nº 971, Las Condes, Santiago, modificaron sociedad de responsabilidad limitada denominada “SOCIEDAD AGRICOLA Y GANADERA VALLE HERMOSO LIMITADA”, inscrita a fojas 30.673 número 15.242 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1990. Modificaciones consisten: 1) Se reemplaza razón social por “CONSTRUCTORA EL VALLE LIMITADA”. 2) Se modifica objeto social. 3) Se modifica cláusula de distribución de utilidades y soporte de pérdidas. 4) Se modifica plazo de duración de la sociedad. 5) Se aumenta capital de $1.000.000.-, a $5.000.000.-. El aumento de capital de $4.000.000.- se paga de la siguiente forma: i) JORGE ANDRÉS MURILLO STONE aporta la suma de $3.840.000.-, que paga en acto, en dinero efectivo, ingresando dichos fondos en la caja social, aumentando su participación en la Sociedad; y, ii) Doña XIMENA LORETO DEL CARMEN MURILLO LETELIER, doña CARMEN LUZ MURILLO LETELIER, doña ANDREA SOLEDAD DEL CARMEN MURILLO LETELIER y doña CAROLINA DEL CARMEN MURILLO LETELIER, cada una respectivamente, aportan la suma de $40.000.-, que pagan en acto, en dinero efectivo, ingresando dichos fondos en la caja social, aumentando su participación en la Sociedad. 6) Se otorga texto refundido del estatuto: A) Razón Social: CONSTRUCTORA EL VALLE LIMITADA”. B) Objeto: i) La ejecución de proyectos de construcción por cuenta propia y ajena, la realización de especialidades de construcción, el desarrollo de proyectos de ingeniería y obras civiles, incluyendo entre otras, las actividades de preparación del terreno, excavaciones y movimientos de tierras, servicios de demolición y el derribo de edificios y estructuras en general, el acondicionamiento toda clase de construcciones, incluyendo las obras menores en construcción. La Sociedad también podrá hacer consultoría, coordinación de proyectos entre arquitectura, ingeniería y proyectos de instalaciones de las distintas especialidades; ii) Invertir en todo tipo de bienes muebles, corporales o incorporales, adquirir, enajenar, gravar éstos, tales como acciones, monedas o divisas, bonos, depósitos, valores mobiliarios y efectos de comercio, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades y/o cuotas de fondos de inversión y fondos mutuos, ya sea comerciales o civiles, bienes raíces o cuotas de ellos; iii) Financiar, promover, administrar y explotar, por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de inversiones, negocios, empresas o sociedades; iv) Invertir en todo tipo de bienes inmuebles, adquirir, enajenar, gravar, subdividir, lotear, urbanizar, remodelar, ampliar, administrar o explotar a cualquier título o forma bienes raíces, sean estos propios o ajenos, directamente o a través de terceros; coordinar, desarrollar y ejecutar todo tipo de proyectos inmobiliarios; y asumir representaciones, agencias, comisiones y mandatos de todas clases. v) La sociedad podrá asimismo para efectos de dar cumplimiento a su objeto social, constituir, integrar como asociada o en otra forma directamente o con terceros o sociedades filiales, sociedades, fondos de inversión e instituciones de cualquier otra clase o naturaleza. vi) Compra y arrendamiento de maquinaria y vehículos de toda clase. C) Capital: $5.000.000.-, el que se ha pagado e ingresado en la caja social por los socios con anterioridad a esta fecha de la siguiente forma: i) JORGE ANDRÉS MURILLO STONE aportó $4.800.000.-, equivalente al 96% de participación de derechos sociales, íntegramente pagados y enterados en caja social; ii) XIMENA LORETO DEL CARMEN MURILLO LETELIER aportó $50.000.- , equivalente al 1% de derechos sociales, íntegramente pagados y enterados en caja social; iii) CARMEN LUZ MURILLO LETELIER aportó $50.000.-, equivalente al 1% de participación de derechos sociales, íntegramente pagados y enterados en caja social; iv) ANDREA SOLEDAD DEL CARMEN MURILLO LETELIER aportó $50.000.-, equivalente al 1% de participación de derechos sociales, íntegramente pagados y enterados en caja social; y, v) CAROLINA DEL CARMEN MURILLO LETELIER aportó $50.000.-, equivalente al 1% de participación de los derechos sociales, íntegramente pagados y enterados en caja social. D) Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que la sociedad acuerde establecer en otros puntos del país o del extranjero. E) Administración: Uso de la razón social corresponderá a JORGE ANDRÉS MURILLO STONE y a RINA CARMEN LETELIER SKINNER, quienes actuando indistintamente cualquiera uno de ellos, representarán judicial y extrajudicialmente a la sociedad, con las más amplias atribuciones para la administración y disposición de los bienes y negocios señaladas en escritura extractada. F) Duración: Será plazo de 30 años, el que se contará desde la fecha de la constitución, el plazo inicial se renovará tácita, automática y sucesivamente, por periodos iguales de 1 año, si no se verifica el cumplimiento de alguna de las siguientes condiciones: i) Mientras don Jorge Andrés Murillo Stone y doña Rina Carmen Letelier Skinner se encuentren vivos, sólo ellos podrán ponerle término a la sociedad mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción de la sociedad, con una anticipación mínima de 6 meses al vencimiento del plazo inicial o alguna de sus prórrogas; o, ii) En el evento de que don Jorge Andrés Murillo Stone y doña Rina Carmen Letelier Skinner hubiesen fallecido, si una cualquiera de doña XIMENA LORETO DEL CARMEN MURILLO LETELIER, doña CARMEN LUZ MURILLO LETELIER, doña ANDREA SOLEDAD DEL CARMEN MURILLO LETELIER, y/o doña CAROLINA DEL CARMEN MURILLO LETELIER manifiesta su voluntad de ponerle término a la Sociedad, para lo cual deberá manifestar por escritura pública anotada al margen de la inscripción de la sociedad, con una anticipación mínima de 3 meses al vencimiento del plazo inicial o alguna de sus prórrogas. 7) Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 09 de Diciembre de 2016.

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  1. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD AGRICOLA Y GANADERA VALLE HERMOSO LIMITADA

    CVE 1158303

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