Sociedade de Responsabilidade Limitada78.017.923-6

Sociedad Inmobiliaria e Inversiones Río Cruces Limitada

CONSTITUCIÓN — 4 de nov. de 2024

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2024-11-04Ver PDF (CVE 2565496)

Informações societárias

Ltda
Temuco, Araucanía
Duração: 5 años desde esta fecha, prorrogable en forma automática por períodos iguales
Administração: La representación y administración de la sociedad y el uso de la razón social, como asimismo del nombre de fantasía, le corresponderá a Juan Cristóbal Bagolini Gómez, con amplias facultades.

Objeto social

a) Arrendamiento, compra y venta y en general adquisición y enajenación a cualquier título de bienes inmuebles a personas naturales y jurídicas, su explotación, administración y percepción de sus frutos, igualmente lo que respecta trabajos de fusión, subdivisión, topografías, y todo lo que dice relación con el desarrollo de cualquier tipo de proyectos inmobiliarios; b) Podrá, La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures y, en general, en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos; c) Podrá además tener por objeto prestación de servicios a terceros de cualquier tipo, tales como arriendo de instalaciones de oficinas y laboratorios, de servicio de personal administrativo y secretaría, y de servicios de aseo y de transporte; d) Podrá realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado y que los socios determinen de común acuerdo para el cumplimiento de los objetivos señalados; e) La sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros; f) formar parte o tomar interés en otras sociedades, asociaciones, corporaciones o instituciones, modificarlas, asumir la administración de las mismas; g) La compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; h) La realización de otras actividades relacionadas con las finalidades señaladas en las letras precedentes; i) Podrá además celebrar todo tipo de actos y contratos que acordaren los socios relacionado con el giro social, que no sean prohibidos por las leyes y que no sean contrarios al código de comercio.

Capital

Capital total

$4.000.000

Capital integralizado

$4.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (2)

NomeParticipação

Juan Cristóbal Bagolini Gómez

Socio

13.xxx.xxx-k

75%

Sebastián Eduardo Bagolini Oyarzún

Socio

20.xxx.xxx-7

25%

Administradores (1)

Juan Cristóbal Bagolini Gómez

13.xxx.xxx-kAdministrador

Texto oficial do extrato

DANIELA ABARZUA FERNANDEZ, Notario Público de Temuco, suplente del Titular Juan Antonio Loyola Opazo, con oficio en Calle Arturo Prat número 815, certifica: Que por escritura pública de fecha 29 octubre de 2024, repertorio Número 3871, otorgada ante mí , don Juan Cristóbal Bagolini Gómez, chileno, divorciado, Ingeniero Comercial, cédula nacional de identidad N° 13.399.520-k, domiciliado en Los Pablos N°2190, departamento 502 y Sebastián Eduardo Bagolini Oyarzún, chileno, soltero, estudiante universitario, cédula nacional de identidad N°20.778.778-7, domiciliado en Pasaje Juan Salcedo N° 01901, Barrio Los Conquistadores, constituyen sociedad responsabilidad limitada. Razón social: “Sociedad Inmobiliaria e Inversiones Río Cruces Limitada”. Nombre de fantasía: Río Cruces Limitada, Objeto: a) Arrendamiento, compra y venta y en general adquisición y enajenación a cualquier título de bienes inmuebles a personas naturales y jurídicas, su explotación, administración y percepción de sus frutos, igualmente lo que respecta trabajos de fusión, subdivisión, topografías, y todo lo que dice relación con el desarrollo de cualquier tipo de proyectos inmobiliarios; b) Podrá, La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures y, en general, en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos; c) Podrá además tener por objeto prestación de servicios a terceros de cualquier tipo, tales como arriendo de instalaciones de oficinas y laboratorios, de servicio de personal administrativo y secretaría, y de servicios de aseo y de transporte; d) Podrá realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado y que los socios determinen de común acuerdo para el cumplimiento de los objetivos señalados; e) La sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros; f) formar parte o tomar interés en otras sociedades, asociaciones, corporaciones o instituciones, modificarlas, asumir la administración de las mismas; g) La compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; h) La realización de otras actividades relacionadas con las finalidades señaladas en las letras precedentes; i) Podrá además celebrar todo tipo de actos y contratos que acordaren los socios relacionado con el giro social, que no sean prohibidos por las leyes y que no sean contrarios al código de comercio. Administración: La representación y administración de la sociedad y el uso de la razón social, como asimismo del nombre de fantasía, le corresponderá a Juan Cristóbal Bagolini Gómez, con amplias facultades. Capital: $4.000.000, que se entera y paga al contado y en efectivo por socios de la siguiente manera: a) Juan Cristóbal Bagolini Gómez, $3.000.000, 75%; b) Sebastián Eduardo Bagolini Oyarzún, $1.000.000, 25%. Responsabilidad limitada a montos de respectivos aportes. Duración: 5 años desde esta fecha, prorrogable en forma automática por períodos iguales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Temuco, 29 de Octubre de 2024.

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