Inversiones Jva SpA
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
El objeto de la sociedad será a) La realización de inversiones y proyectos mobiliarios e inmobiliarios, a cuyo efecto podrá adquirir y enajenar a cualquier título, toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales y correduría de propiedades e intermediación de bienes, comercializadora; b) La construcción de toda clase de obras y edificios, en predios propios o ajenos, por cuenta propia o de terceros y la comercialización de esos bienes; c) La formación de sociedades de cualquier tipo y objeto, pudiendo incorporarse a otras ya establecidas; d) El arrendamiento de bienes muebles y/o inmuebles propios o ajenos, ya sea como arrendadora o arrendataria; y, e) En general, la realización de cualquier negocio, operación, acto o contrato relacionado, conexo o complementario al giro social y que acuerden los accionistas
Capital
Capital total
$20.000.000
Capital integralizado
$20.000.000
Ações
1.000
Sócios (1)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
José Manuel Rubén Vivanco Aguilar Accionista | - | 100% | $20.000.000 |
Administradores (1)
José Manuel Rubén Vivanco Aguilar
Texto oficial do extrato
OLAYA FERRADA GARRIDO, Notario suplente de titular RAMON GARCIA CARRASCO, Oficio Rengo 444, Concepción, certifica: por escritura pública ante el Titular de fecha 11 de marzo de 2024, Repertorio N°2740-2024, don JOSÉ MANUEL RUBÉN VIVANCO AGUILAR, domiciliado para estos efectos en Calle Los Olivillos cuatrocientos veinticuatro, Sector Schaub, comuna de Chiguayante, Región Biobío, y de paso en ésta, constituyó una sociedad por acciones de cuyo texto extracto: Nombre: INVERSIONES JVA SpA. Objeto: El objeto de la sociedad será a) La realización de inversiones y proyectos mobiliarios e inmobiliarios, a cuyo efecto podrá adquirir y enajenar a cualquier título, toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales y correduría de propiedades e intermediación de bienes, comercializadora; b) La construcción de toda clase de obras y edificios, en predios propios o ajenos, por cuenta propia o de terceros y la comercialización de esos bienes; c) La formación de sociedades de cualquier tipo y objeto, pudiendo incorporarse a otras ya establecidas; d) El arrendamiento de bienes muebles y/o inmuebles propios o ajenos, ya sea como arrendadora o arrendataria; y, e) En general, la realización de cualquier negocio, operación, acto o contrato relacionado, conexo o complementario al giro social y que acuerden los accionistas. Capital: El capital de la Sociedad, equivalente a la suma de $20.000.000, moneda de curso legal, dividido en 1.000 acciones nominativas, sin valor nominal, cada una de igual valor, todas de una misma serie, se suscribe y paga por don José Manuel Rubén Vivanco Aguilar con la suma de $20.000.000, equivalentes al 100% de la participación accionaria de la Sociedad, que se paga en este acto en dinero en efectivo y que se ingresa por este acto en la caja social. En consecuencia, las partes declaran íntegramente aportado y enterado el capital social. Administración: La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don José Manuel Rubén Vivanco Aguilar, quien anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, con todas y cada una de las facultades señaladas en escritura extractada que se dan por reproducidas una a una. Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Concepción, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otras ciudades de Chile o en el extranjero. Duración: La sociedad tendrá un plazo de duración de 20 años a contar de la fecha de la escritura extractada, prorrogándose automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años cada vez, si ninguno de los accionistas manifestare su intención contraria mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con una anticipación mínima de 6 meses al vencimiento del periodo que estuviere vigente. Asimismo, deberá darse aviso por escrito por carta certificada despachada por Notario Público a los otros accionistas, de su intención de no perseverar en el contrato de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Concepción, abril de 03 de 2024.-
Atuações recentes
- CONSTITUCIÓN
INVERSIONES JVA SpA
CVE 2476237
