Sociedade de Responsabilidade Limitada77.846.360-1

Inmobiliaria e Inversiones Illaore Limitada

MODIFICACIÓN — 3 de ago. de 2022

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2022-08-03Ver PDF (CVE 2166358)

Informações societárias

Ltda
calle Carolina Rabat Nº 850 departamento 302 B

Sócios (2)

NomeParticipação

José Pedro Illanes Abalos

Socio

99.9%

Paula Andrea Orellana Johnson

Socio

0.1%

Texto oficial do extrato

MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, abogada, Notario Público Titular 27° Notaría Santiago, Orrego Luco 0153, Providencia, CERTIFICA, por escritura pública Repertorio Nº 10009-2022 hoy ante mí, don JOSE PEDRO ILLANES ABALOS, doña PAULA ANDREA ORELLANA JOHNSON, doña MARIA DEL ROSARIO ILLANES ORELLANA y doña PAULA ILLANES ORELLANA, todos domiciliados en calle Carolina Rabat Nº 850 departamento 302 B, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, doña MARIA JOSEFINA ILLANES ORELLANA, domiciliada en calle Mar Jónico Nº 7511 departamento 601, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, y doña MARIA ANGELICA ILLANES ORELLANA, domiciliada en calle Francisco Riveros Nº 4477 departamento 71, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, modificaron estatutos de sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES ILLAORE LIMITADA, de la siguiente manera: Cesiones de derechos: A) Doña María Angélica Illanes Orellana, vende, cede y transfiere el 10% de derechos sociales que posee a don José Pedro Illanes Abalos, quien los compra y acepta. Precio de $1.170.000, pagados en el acto al contado. B) Doña María Josefina Illanes Orellana, vende, cede y transfiere el 10% de derechos sociales que posee a don José Pedro Illanes Abalos, quien los compra y acepta. Precio de $1.170.000, pagados en el acto al contado. C) Doña María del Rosario Illanes Orellana, vende, cede y transfiere el 10% de derechos sociales que posee a don José Pedro Illanes Abalos, quien los compra y acepta. Precio de $1.170.000, pagados en el acto al contado. D) Doña Paula Illanes Orellana, vende, cede y transfiere el 10% de derechos sociales que posee a don José Pedro Illanes Abalos, quien los compra y acepta. Precio de $1.170.000, pagados en el acto al contado. E) Doña Paula Andrea Orellana Johnson, vende, cede y transfiere el 39,9% de derechos sociales que posee a don José Pedro Illanes Abalos, quien los compra y acepta. Precio de $4.668.300, pagados en el acto al contado. Producto de las cesiones antes indicadas, la participación de los socios queda compuesta de la siguiente forma: a) José Pedro Illanes Abalos, con el 99,9% de los derechos sociales; y, b) Paula Andrea Orellana Johnson, con el 0,1% de los derechos sociales. Demás estipulaciones escritura extractada. María Patricia Donoso Gomien. Santiago, 28 de julio de 2022.

ModificaçãoDiario Oficial · 2022-01-15Ver PDF (CVE 2072408)

Informações societárias

Ltda
calle Carolina Rabat Nº 850 departamento 302 B
Duração: 30 años, prorrogables en mismas condiciones por iguales períodos sucesivos de 5 años
Administração: Corresponderá única y exclusivamente a doña PAULA ANDREA ORELLANA JOHNSON; en caso de fallecimiento, ausencia y/o impedimento definitivo, corresponderá a don JOSE PEDRO ILLANES ABALOS.

Objeto social

La compra, venta, adquisición, enajenación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes inmuebles; explotar, arrendar, subarrendar, dar en usufructo las propiedades arrendadas o adquiridas; la adquisición total o parcial de derechos y/o acciones en sociedades y empresas; la inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones o derechos en todo tipo de fondos, sociedades, ya sean comerciales, civiles, comunidades o asociaciones, en toda clase de títulos o valores mobiliarios, pudiendo realizar inversiones en toda clase de activos financieros, bienes muebles o inmuebles, y en general, la promoción de negocios sobre éstos; y otras actividades que dentro del giro social acuerden los socios.

Capital

Capital total

$212.566.200

Capital integralizado

$212.566.200

Capital pendente

$0

Sócios (6)

NomeParticipação

JOSE PEDRO ILLANES ABALOS

Socio

20%

PAULA ANDREA ORELLANA JOHNSON

Socio

40%

MARIA DEL ROSARIO ILLANES ORELLANA

Socio

10%

PAULA ILLANES ORELLANA

Socio

10%

MARIA JOSEFINA ILLANES ORELLANA

Socio

10%

MARIA ANGELICA ILLANES ORELLANA

Socio

10%

Administradores (2)

Texto oficial do extrato

MARIA FERNANDA DE LOS SANTOS FERRAZ, notario público suplente del titular doña MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Abogada, Notario Público Titular 27ª Notaría Santiago, Orrego Luco 0153, Providencia, Santiago, CERTIFICA, Por escritura pública hoy ante mí, Repertorio número 20300/2021 don JOSE PEDRO ILLANES ABALOS, doña PAULA ANDREA ORELLANA JOHNSON, doña MARIA DEL ROSARIO ILLANES ORELLANA, doña PAULA ILLANES ORELLANA, todos domiciliados en calle Carolina Rabat Nº 850 departamento 302 B, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, doña MARIA JOSEFINA ILLANES ORELLANA, domiciliada en calle Mar Jónico Nº 7511 departamento 601, comuna de Vitacura, Región Metropolitana y doña MARIA ANGELICA ILLANES ORELLANA, domiciliada en calle Francisco Riveros Nº 4477 departamento 71, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, acordaron la modificación de la sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES ILLAORE LIMITADA, en los siguientes términos: I.- DISMINUCION DE CAPITAL: Los actuales y únicos socios acordaron efectuar una disminución de capital en Inmobiliaria e Inversiones IllaOre Limitada, de los actuales $564.800.000.-, en la suma de $281.000.000.-, quedando en definitiva el capital de la sociedad en la suma de $283.800.000.-. Como consecuencia de lo anterior, el capital de la sociedad es la suma de $283.800.000.-, el cual se paga y distribuye entre sus socios, en las siguientes cantidades y proporciones: i) Don José Pedro Illanes Abalos, con la suma de $56.760.000.-, equivalentes al 20% de los derechos sociales; ii) Doña Paula Andrea Orellana Johnson, con la suma de $113.520.000.-, equivalentes al 40% de los derechos sociales; iii) Doña María Angélica Illanes Orellana, con la suma de $28.300.000.-, equivalentes al 10% de los derechos sociales; iv) Doña María Josefina Illanes Orellana, con la suma de $28.300.000.-, equivalentes al 10% de los derechos sociales; v) Doña María del Rosario Illanes Orellana, con la suma de $28.300.000.-, equivalentes al 10% de los derechos sociales s; y, vi) Doña Paula Illanes Orellana, con la suma de $28.300.000.-, equivalentes al 10% de los derechos sociales. Por lo cual acordaron modificar artículo Quinto del pacto social, que queda del siguiente tenor: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la cantidad de $283.800.000.-, el cual se paga y distribuye entre sus socios en las siguientes proporciones: i) Don José Pedro Illanes Abalos, con la suma de $56.760.000.-, equivalentes al 20% de los derechos sociales; ii) Doña Paula Andrea Orellana Johnson, con la suma de $113.520.000.-, equivalentes al 40% de los derechos sociales; iii) Doña María Angélica Illanes Orellana, con la suma de $28.300.000.-, equivalentes al 10% de los derechos sociales; iv) Doña María Josefina Illanes Orellana, con la suma de $28.300.000.-, equivalentes al 10% de los derechos sociales; v) Doña María del Rosario Illanes Orellana, con la suma de $28.300.000.-, equivalentes al 10% de los derechos sociales; y, vi) Doña Paula Illanes Orellana, con la suma de $28.300.000.-, equivalentes al 10% de los derechos sociales”. II.- DIVISIÓN DE SOCIEDAD: Acto seguido, los socios acordaron la división de la sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES ILLAORE LIMITADA, en dos sociedades, subsistiendo la primera bajo la misma razón social de Inmobiliaria e Inversiones IllaOre Limitada, y la segunda que nace a consecuencia de la división, se denominará ILLAORE INMOBILIARIA LIMITADA.- III.- DISMINUCIÓN DE CAPITAL: Socios acordaron disminuir capital de la sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES ILLAORE LIMITADA, desde la suma actual ascendente de $283.800.000.- a la suma de $71.233.800.-, mediante una disminución de capital social en la cantidad de $212.566.200.-. En consecuencia, acordaron modificar artículo Quinto del pacto social, el que queda del siguiente tenor: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $71.233.800.-, el cual a esta fecha se encuentra totalmente pagado y es distribuido entre sus socios, en las siguientes cantidades y proporciones: i) don JOSE PEDRO ILLANES ABALOS, con $14.246.760.-, íntegramente pagados; ii) doña PAULA ANDREA ORELLANA JOHNSON, con $28.493.520.-, íntegramente pagados; iii) doña MARIA ANGELICA ILLANES ORELLANA, con $7.123.380.-, íntegramente pagados; iv) doña MARIA JOSEFINA ILLANES ORELLANA, con $7.123.380.-, íntegramente pagados; v) doña MARIA DEL ROSARIO ILLANES ORELLANA, con $7.123.380.-, íntegramente pagados; y, vi) doña PAULA ILLANES ORELLANA, con $7.123.380.-, íntegramente pagados. IV.- CONSTITUCIÓN Y ESTATUTOS DE ILLAORE INMOBILIARIA LIMITADA: Son únicos socios de la sociedad, don JOSE PEDRO ILLANES ABALOS, doña PAULA ANDREA ORELLANA JOHNSON, doña MARIA DEL ROSARIO ILLANES ORELLANA, doña PAULA ILLANES ORELLANA, todos domiciliados en calle Carolina Rabat Nº 850 departamento 302 B, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, doña MARIA JOSEFINA ILLANES ORELLANA, domiciliada en calle Mar Jónico Nº 7511 departamento 601, comuna de Vitacura, Región Metropolitana y doña MARIA ANGELICA ILLANES ORELLANA, domiciliada en calle Francisco Riveros Nº 4477 departamento 71, comuna de Vitacura, Región Metropolitana. Razón social: ILLAORE INMOBILIARIA LIMITADA, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado, la sigla comercial o nombre de fantasía de “Illaore Limitada”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) La compra, venta, adquisición, enajenación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes inmuebles; b) Explotar, arrendar, subarrendar, dar en usufructo las propiedades arrendadas o adquiridas, ya sea con instalaciones, maquinarias y/o muebles, que permitan el desarrollo de una actividad comercial o industrial, o sin ellas; c) La adquisición total o parcial de derechos y/o acciones en sociedades y empresas; d) La inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones o derechos en todo tipo de fondos, sociedades, ya sean comerciales, civiles, comunidades o asociaciones, en toda clase de títulos o valores mobiliarios, pudiendo realizar inversiones en toda clase de activos financieros, bienes muebles o inmuebles, y en general, la promoción de negocios sobre éstos. Sin perjuicio de lo anterior, la sociedad podrá realizar otras actividades que dentro del giro social acuerden los socios. Capital: $212.566.200.- que socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) don José Pedro Illanes Abalos, con $42.513.240.-, equivalentes al 20% de los derechos sociales; b) doña Paula Andrea Orellana Johnson, con $85.026.480.-, equivalentes al 40% de los derechos sociales; c) doña María del Rosario Illanes Orellana, con $21.256.620.-, equivalentes al 10% de los derechos sociales; d) doña Paula Illanes Orellana con $21.256.620.-, equivalentes al 10% de los derechos sociales; e) doña María Josefina Illanes Orellana, con $21.256.620.-, equivalentes al 10% de los derechos sociales; y, f) doña María Angélica Illanes Orellana, con $21.256.620.-, equivalentes al 10% de los derechos sociales. El capital fue pagado por los socios con la parte del capital social de “Inmobiliaria e Inversiones IllaOre Limitada”, que se le asignó a esta sociedad en la división de aquélla, en conformidad con lo acordado por sus socios en esta misma escritura pública. En consecuencia, se encuentra íntegramente pagado en este acto, la totalidad del capital social. Administración, representación y uso de la razón social: Corresponderá única y exclusivamente a doña PAULA ANDREA ORELLANA JOHNSON, quien contará con amplias facultades de administración. En caso de fallecimiento, ausencia y/o impedimento definitivo de doña Paula Andrea Orellana Johnson, cuestión que no será necesario acreditar frente a terceros, la administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial, con idénticas facultades, corresponderá a don José Pedro Illanes Abalos, quien contará con las más amplias facultades de administración. Duración: 30 años, prorrogables en mismas condiciones por iguales períodos sucesivos de 5 años. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 23 de diciembre de 2021.

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