Asesorías Frontera Partners Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Administradores (2)
Karl Robert Adolf Jockel Miranda
Texto oficial do extrato
Ministerio del Interior VERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Suplente del Titular de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, IVAN TORREALBA ACEVEDO, con oficio en Huérfanos número 979, oficina número 501, Santiago, certifico: que por escritura pública otorgada ante mí, de fecha 11 de junio del año 2025, Repertorio N° 8.411-2025, la sociedad ASESORÍAS E INVERSIONES GYANAVATAR SpA, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario en trámite, representada por don KARL ROBERT ADOLF JOCKEL MIRANDA, chileno, casado y separado de bienes, doctor en ingeniería industrial, cédula nacional de identidad número nueve millones trescientos treinta mil ochenta y dos guion tres; y, la sociedad HK SpA, sociedad del giro de inversión, Rol Único Tributario en trámite, representada por don HIROKI KAKO, japonés, casado, ingeniero comercial, cédula de identidad para extranjero número veintiséis millones novecientos cincuenta y dos mil ochocientos treinta y seis guion dos; todos domiciliados para estos efectos en calle Candelaria Goyenechea número tres mil ochocientos sesenta y ocho, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; modificaron la sociedad ASESORÍAS FRONTERA PARTNERS LIMITADA, inscrita a fojas 61241 número 26460 del Registro de Comercio de Santiago del año 2023, sustituyéndose el Artículo Tercero de los estatutos sociales por el siguiente: “TERCERO: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a don Hiroki Kako, cédula de identidad para extranjero número veintiséis millones novecientos cincuenta y dos mil ochocientos treinta y seis guion dos, y don Karl Robert Adolf Jockel Miranda, cédula de identidad número nueve millones trescientos treinta mil ochenta y dos guion tres, quienes, separada e indistintamente, anteponiendo a su firma la razón social o su nombre de fantasía, obligarán y representarán a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario y en especial y además en la celebración de los siguientes actos o contratos, no siendo necesario acreditar frente a terceros si ellos corresponden o no al giro social”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 18 de junio de 2025.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
ASESORÍAS FRONTERA PARTNERS LIMITADA
CVE 2665129
