Sociedad Comercial La Canasta Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
a) la realización de toda clase de inversiones en Chile o el extranjero, por cuenta propia o ajena, en todo tipo de empresas y en todo tipo de bienes, raíces o muebles, corporales o incorporales, en valores mobiliarios, acciones, bonos y debentures, derechos cuotas o participaciones en cualquier clase de sociedad o asociación, incluyendo negocios inmobiliarios, arrendamientos de bienes muebles o inmuebles, pudiendo celebrar toda clase de actos y contratos que conduzcan al cumplimiento de este objeto, incluso formar sociedades y administrarlas; b) la realización y prestación de todo tipo de asesorías y representaciones civiles y comerciales de cualquier especie, tanto a personas naturales como jurídicas, especialmente, las relacionadas con la actividad; c) la realización y explotación de todos los negocios y asesorías que los socios acuerden, plenamente facultados para ello y dentro del objeto social y / o cualquier otra actividad; d) la celebración de convenios, actos y contratos relacionados con el objeto social, en cualesquiera de sus formas, incluyendo mercantiles y administrativos que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales, o que los socios estimen convenientes, incluyendo el arriendo y subarrendamiento por cuenta propia o de terceros de cualquier tipo de bienes, muebles e inmuebles, estén o no relacionados con el objeto principal; e) la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza o giro, integrará como socio cualquiera ya constituida, asumir la representación y administración de empresas y sociedades de cualquier tipo y la realización de los demás negocios y actuaciones que los socios estimen convenientes; f) La importación y exportación de todo tipo de bienes y su comercialización al por mayor o al detalle; g) El transporte de bienes y pasajeros; y h) en general la realización de todos los actos y contratos que los socios estimen necesario o convenientes para realizar dichos objetivos, como asimismo todas aquellas actividades vinculadas con las anteriores que estimaren en el futuro y que estén relacionados directa o indirectamente con los fines antes indicados
Capital
Capital total
$6.000.000
Capital integralizado
$6.000.000
Capital pendente
$0
Sócios (3)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
CRISTIÁN RODRIGO URZÚA DANIELS Socio | - | 46.25% | $2.775.000 |
Socio | - | 46.25% | $2.775.000 |
CHRISTIAN ALEJANDRO DURÁN PÉREZ Socio | - | 7.5% | $450.000 |
Administradores (2)
CRISTIÁN RODRIGO URZÚA DANIELS
Histórico societário relatado
- Constituição· 6 de julho de 2002
Constitución original de la Sociedad Comercial La Canasta Limitada.
- Cessão de direitos· 5 de outubro de 2022
Mauricio Paulo Lizama Mac-Pherson cede 3,75% a Cristián Rodrigo Urzúa Daniels y 21,25% a Javier Arturo Garrao Fortes; Ruth Alicia Matamala Acuña cede 25% a Cristián Rodrigo Urzúa Daniels; Arturo Garrao Carter cede 25% a Javier Arturo Garrao Fortes.
MAURICIO PAULO LIZAMA MAC-PHERSON · CRISTIÁN RODRIGO URZÚA DANIELS · JAVIER ARTURO GARRAO FORTES · RUTH ALICIA MATAMALA ACUÑA · ARTURO GARRAO CARTER
Texto oficial do extrato
LUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR, abogado, Notario Santiago, Titular de la Primera Notaría de Providencia, Avda. Providencia 1777, certifico: que por escritura pública otorgada el 5 de octubre de 2022, ante mí, Repertorio 5523/2022: doña RUTH ALICIA MATAMALA ACUÑA, domiciliada en Sebastián Elcano novecientos cincuenta y cinco, departamento mil cuatrocientos uno, comuna de Las Condes; don MAURICIO PAULO LIZAMA MAC-PHERSON, domiciliado en Isabel Riquelme, Kilometro diez punto cinco, Fundo Alhue, parcela nueve guion dos, comuna de Curacaví; don CRISTIÁN RODRIGO URZÚA DANIELS, domiciliado en Avenida Cristóbal Colón número siete mil, departamento A setenta y uno, comuna de Las Condes; CHRISTIAN ALEJANDRO DURÁN PÉREZ, domiciliado en calle Armando Moock número tres mil quinientos noventa y cinco, departamento mil trescientos ocho, comuna de Macul; don JAVIER ARTURO GARRAO FORTES, domiciliado en Cornisa seiscientos ocho, departamento diecisiete, comuna de Concón, por sí y en representación de don ARTURO GARRAO CARTER, domiciliado en Costa de Montemar número quinientos cuarenta y seis departamento doscientos siete, comuna de Concón, modificaron la “SOCIEDAD COMERCIAL LA CANASTA LIMITADA”, rol único tributario número setenta y siete millones ochocientos ocho mil novecientos guion nueve, constituida por escritura pública otorgada el seis de julio de dos mil dos, ante el Notario Público de Santiago doña Gloria Acharan Toledo, inscrita a fojas diecisiete mil cuatrocientos ochenta y dos número catorce mil trescientos ochenta y cuatro, del Registro de Comercio de Santiago de 2002, en siguientes aspectos: UNO) don MAURICIO PAULO LIZAMA MAC-PHERSON, cede a don CRISTIÁN RODRIGO URZÚA DANIELS, el tres coma setenta y cinco por ciento de los derechos en la sociedad, en la suma de cuatrocientos cincuenta mil pesos; asimismo don MAURICIO PAULO LIZAMA MAC-PHERSON cede a don JAVIER ARTURO GARRAO FORTES, el veintiuno coma veinticinco por ciento de los derechos en la sociedad, en la suma de dos millones quinientos cincuenta mil pesos.- Doña RUTH ALICIA MATAMALA ACUÑA, cede a don CRISTIÁN RODRIGO URZÚA DANIELS, el veinticinco por ciento de los derechos en la sociedad, en la suma de tres millones de pesos. Don ARTURO GARRAO CARTER, cede a don JAVIER ARTURO GARRAO FORTES, el veinticinco por ciento de los derechos en la sociedad, en la suma de tres millones de pesos. En consecuencia, desde este momento serán únicos socios de la compañía don CRISTIÁN RODRIGO URZÚA DANIELS, don JAVIER ARTURO GARRAO FORTES con un cuarenta y seis coma veinticinco por ciento cada uno en cuanto a capital e ingresos proporcionales acumulados en su caso y don CHRISTIAN ALEJANDRO DURÁN PÉREZ con un siete coma cinco por ciento en cuanto a capital e ingresos proporcionales acumulados en su caso.- DOS) Asimismo modifican la administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social la cual corresponderá exclusivamente e indistintamente a los socios JAVIER ARTURO GARRAO FORTES y a don CRISTIÁN RODRIGO URZÚA DANIELS.- En todo lo que no se modifica por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social.- En consecuencia, el nuevo texto del pacto social es el siguiente: don CRISTIÁN RODRIGO URZÚA DANIELS, don JAVIER ARTURO GARRAO FORTES y don CHRISTIAN ALEJANDRO DURÁN PÉREZ vienen en constituir una sociedad de responsabilidad limitada: razón social: “SOCIEDAD COMERCIAL LA CANASTA LIMITADA” nombre de fantasía “LA CANASTA LTDA.”; objeto: a) la realización de toda clase de inversiones en Chile o el extranjero, por cuenta propia o ajena, en todo tipo de empresas y en todo tipo de bienes, raíces o muebles, corporales o incorporales, en valores mobiliarios, acciones, bonos y debentures, derechos cuotas o participaciones en cualquier clase de sociedad o asociación, incluyendo negocios inmobiliarios, arrendamientos de bienes muebles o inmuebles, pudiendo celebrar toda clase de actos y contratos que conduzcan al cumplimiento de este objeto, incluso formar sociedades y administrarlas; b) la realización y prestación de todo tipo de asesorías y representaciones civiles y comerciales de cualquier especie, tanto a personas naturales como jurídicas, especialmente, las relacionadas con la actividad; c) la realización y explotación de todos los negocios y asesorías que los socios acuerden, plenamente facultados para ello y dentro del objeto social y / o cualquier otra actividad; d) la celebración de convenios, actos y contratos relacionados con el objeto social, en cualesquiera de sus formas, incluyendo mercantiles y administrativos que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales, o que los socios estimen convenientes, incluyendo el arriendo y subarrendamiento por cuenta propia o de terceros de cualquier tipo de bienes, muebles e inmuebles, estén o no relacionados con el objeto principal; e) la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza o giro, integrará como socio cualquiera ya constituida, asumir la representación y administración de empresas y sociedades de cualquier tipo y la realización de los demás negocios y actuaciones que los socios estimen convenientes; f) La importación y exportación de todo tipo de bienes y su comercialización al por mayor o al detalle; g) El transporte de bienes y pasajeros; y h) en general la realización de todos los actos y contratos que los socios estimen necesario o convenientes para realizar dichos objetivos, como asimismo todas aquellas actividades vinculadas con las anteriores que estimaren en el futuro y que estén relacionados directa o indirectamente con los fines antes indicados; domicilio: ciudad de Santiago.- capital: seis millones de pesos, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) don CRISTIÁN RODRIGO URZÚA DANIELS, aporta la suma de dos millones setecientos setenta y cinco mil pesos, ya enterados en dinero efectivo a la sociedad; b) don JAVIER ARTURO GARRAO FORTES, aporta la suma de dos millones setecientos setenta y cinco mil pesos, ya enterados en dinero efectivo a la sociedad; y don CHRISTIAN ALEJANDRO DURÁN PÉREZ aporta la suma de cuatrocientos cincuenta mil pesos, ya enterados en dinero efectivo a la sociedad; administración y uso de la razón social, corresponderá exclusivamente e indistintamente a los socios don JAVIER ARTURO GARRAO FORTES y don CRISTIÁN RODRIGO URZÚA DANIELS; duración: La sociedad comenzó con fecha seis de julio del año dos mil dos con una vigencia de tres años contados desde esa fecha. Este plazo se entenderá prorrogado automáticamente y sucesivamente por periodos iguales, salvo que alguno de los socios, manifieste su voluntad contraria, mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio de Santiago, con no menos de seis meses de anticipación al vencimiento del plazo que esté en vigencia.- Santiago, 5 de octubre de 2022.-cr
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD COMERCIAL LA CANASTA LIMITADA
CVE 2206370
