Sociedade de Responsabilidade Limitada77.798.260-5

Doctor Jorge Rodríguez Y Compañía Limitada

MODIFICACIÓN — 6 de jan. de 2020

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2020-01-06Ver PDF (CVE 1708030)

Informações societárias

Ltda
Porvenir, Magallanes

Capital

Capital total

$1.000.000

Sócios (2)

NomeParticipação

JORGE LUIS RODRÍGUEZ DÍAZ

Socio

7.xxx.xxx-9

25%

ANA MARÍA RODRÍGUEZ AROCA

Socio

19.xxx.xxx-7

75%

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 7 de maio de 2002

    Se constituye la sociedad DOCTOR JORGE RODRÍGUEZ Y COMPAÑÍA LIMITADA.

  2. Cessão de direitos· 24 de dezembro de 2008

    Se enajenan derechos sociales e ingresan Jorge Felipe Rodríguez Silva y Cristian Ismael Araya Aroca como socios.

    JORGE FELIPE RODRÍGUEZ SILVA · CRISTIAN ISMAEL ARAYA AROCA

  3. Saída de sócio· 29 de junho de 2016

    Ana María Aroca Arcaya se retira de la sociedad por enajenación de derechos sociales.

    ANA MARÍA AROCA ARCAYA

Texto oficial do extrato

MARÍA LUISA VERA JERALDO, Notario Público Suplente, 21 Notaría de Santiago, Huérfanos 578, Santiago, certifica, por escritura pública de fecha 02/10/2019, Repertorio número 16.784/2019, ante Notario Titular, Don JORGE LUIS RODRÍGUEZ DÍAZ, CI: 7.452.861-9; don JORGE FELIPE RODRÍGUEZ SILVA, CI: 15.614.597-1, don CRISTIAN ISMAEL ARAYA AROCA, CI: 16.306.830-3; doña ANA MARÍA RODRÍGUEZ AROCA, CI: 19.689.483-7, todos los comparecientes domiciliados para estos efectos en Condominio El Porvenir, Parcela N° 6, comuna de Colina, Región Metropolitana. Vienen en modificar contrato de sociedad de conformidad a la normativa que rige este tipo de sociedad. Antecedentes. Los comparecientes son socios de la sociedad “DOCTOR JORGE RODRÍGUEZ Y COMPAÑÍA LIMITADA.” Rol Único Tributario número 77.798.260-5, fue constituida por escritura pública de fecha 07.05.2002, otorgada ante la Notario Público de Santiago, doña Laura Galecio Pesse y anotada bajo el repertorio número 1.701 del año 2002. Un extracto de dicha escritura se inscribió a fojas 13.793 N° 11.433 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2002, y fue publicada en la edición del 17.06.2002 del D.O. Modificaciones. a) Por escritura pública de fecha 24.12.2008, otorgada ante Not. de Santiago, doña Leonor Gutiérrez Gatica. Modificación consistió en enajenación de derechos sociales, incorporándose como socios don Jorge Felipe Rodríguez Silva y don Cristian Ismael Araya Aroca. Un extracto de dicha modif. fue inscrito a fs 2.394 N° 1.603 del Registro de Com. del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2009. Se publicó en el D.O de fecha 31.01.2009. b) Por esc. pública de fecha 29.06.2016, otorgada ante Not. de Santiago doña Myriam Amigo Arancibia. Modificación consistió en enajenación de derechos sociales, retirándose de la sociedad doña Ana María Aroca Arcaya. Un extracto de dicha esc. fue inscrito a fs. 49.291 N° 26.988 del Reg. de Com. del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2016. Se publicó en el D.O. de fecha 09.07.2016. Capital social $1.000.000.- Actual Modificación: Cesión de Derechos. A) Don JORGE FELIPE RODRÍGUEZ SILVA, dueño del 25% del total de los derechos sociales de "DOCTOR JORGE RODRÍGUEZ Y COMPAÑÍA LIMITADA", vende, cede y transfiere la totalidad de dichos derechos sociales a doña ANA MARÍA RODRÍGUEZ AROCA, quien compra, acepta y adquiere para sí los derechos indicados, en el precio de $4.000.000, pagados en este acto. B) Don CRISTIAN ISMAEL ARAYA AROCA, en su calidad de dueño del 25% del total de los derechos sociales de "DOCTOR JORGE RODRÍGUEZ Y COMPAÑÍA LIMITADA", vende, cede y transfiere la totalidad de dichos derechos sociales a doña ANA MARÍA RODRÍGUEZ AROCA, quien compra, acepta y adquiere para sí los derechos indicados, en el precio de $4.000.000, pagados en este acto. CUARTO.- En virtud de las cesiones de derechos, quedan como únicos socios de "DOCTOR JORGE RODRÍGUEZ Y COMPAÑÍA LIMITADA" don JORGE LUIS RODRÍGUEZ DÍAZ, con un 25% de la totalidad de los derechos sociales y doña ANA MARÍA RODRÍGUEZ AROCA, con un 75% de la totalidad de los derechos sociales. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás cláusulas escritura extractada. Extracto redactado por Abogada Sofía Alejandra Osses Carrillo. Diciembre 20 de 2019. nrs.-

Atuações recentes

  1. MODIFICACIÓN

    DOCTOR JORGE RODRÍGUEZ Y COMPAÑÍA LIMITADA

    CVE 1708030

Relações societárias

EmpresaPessoaDiario OficialRelação histórica (encerrada)