Prieto Arquitectos Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, prestar asesorías y servicios profesionales en arquitectura, diseño, construcción, urbanismo, paisajismo, decoración, y otras análogas o complementarios a los anteriores. Para el logro de sus objetivos, la Sociedad podrá ejecutar toda clase de actos civiles y comerciales autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social, incluyendo la realización de todas aquellas actividades que fueren complementarias o anexas al giro principal.
Capital
Capital total
$10.000.000
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Federico José Prieto Schaeffer Socio 6.xxx.xxx-7 | 6.xxx.xxx-7 | 99% | $9.900.000 |
Socio 3.xxx.xxx-9 | 3.xxx.xxx-9 | 1% | $100.000 |
Administradores (1)
Federico José Prieto Schaeffer
Texto oficial do extrato
ROBERTO PUGA PINO, Notario Público Suplente de la Segunda Notaría de Santiago de don Francisco Javier Leiva Carvajal, con oficio en esta ciudad, con domicilio en Alcántara 107, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifico: que por escritura pública de fecha 18 de enero de 2023, ante el Notario Público Titular don Francisco Javier Leiva Carvajal, anotada bajo el repertorio número 4.709-2023, don Federico José Prieto Schaeffer, RUT 6.374.469-7 domiciliado en calle Lo Fontecilla número 201, oficina 1022, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago; y don Carlos Prieto Correa, RUT 3.515.513-9, domiciliado en calle El Arcángel 5070, departamento 401 A, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada que se regirá por la Ley N°3.918 y sus modificaciones, y por las disposiciones del Código Civil, en cuanto sean aplicables, así como por sus estatutos sociales que se extractan a continuación: Razón social: la razón social de la sociedad es “Prieto Arquitectos Limitada”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, prestar asesorías y servicios profesionales en arquitectura, diseño, construcción, urbanismo, paisajismo, decoración, y otras análogas o complementarios a los anteriores. Para el logro de sus objetivos, la Sociedad podrá ejecutar toda clase de actos civiles y comerciales autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social, incluyendo la realización de todas aquellas actividades que fueren complementarias o anexas al giro principal. Domicilio: el domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. Duración: la duración de la sociedad será de 5 años a contar de la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad, mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción de la Sociedad, con 6 meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga que estuviese vigente. Capital: el capital de la sociedad es la cantidad de $10.000.000 que los socios aportarán y pagarán del siguiente modo: (a) Federico José Prieto Schaeffer, aportará la suma de $9.900.000, equivalente al 99% de los derechos sociales, y (b) Carlos Prieto Correa, aportará la suma de $100.000, equivalente al 1% de los derechos sociales, ambos en dinero efectivo, dentro del plazo 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada, a medida que lo requieran las necesidades sociales. Administración: La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá al socio Federico José Prieto Schaeffer, quien anteponiendo a su firma la razón social, tendrá las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejercer la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos o contratos que digan relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines. Responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 27 de enero de 2023. Roberto Puga Pino. Notario Público Suplente.
Atuações recentes
- CONSTITUCIÓN
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CVE 2265890
