Sociedade de Responsabilidade Limitada77.712.488-9

Inmobiliaria Campos y Salazar Limitada

CONSTITUCIÓN — 1 de fev. de 2023

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2023-02-01Ver PDF (CVE 2264434)

Informações societárias

Ltda
Cañete, Biobío
Duração: 10 años, renovable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años
Administração: corresponderá a Jorge Domingo Campos Provoste y Sonia Elena Salazar Puente, conjunta o indistintamente

Objeto social

El objeto de la sociedad será inmobiliario, de compraventa, comercialización, arrendamiento, subarriendo, corretaje, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces urbanos o rurales y desarrollo de proyectos inmobiliarios; venta de maderas en bruto o elaboradas y productos primarios de la elaboración; la actividad aserrado y cepilladura de maderas que incluye el aserrío de troncos, la producción de madera elaborada y la elaboración de pisos y durmientes de madera; comercialización de áridos y, toda otra actividad afín o no, que se acuerde por la sociedad.

Capital

Capital total

$80.000.000

Capital integralizado

$8.000.000

Capital pendente

$72.000.000

Sócios (4)

NomeParticipação

Jorge Domingo Campos Provoste

Socio

50%

Sonia Elena Salazar Puente

Socio

12.5%

Jorge Daniel Campos Salazar

Socio

12.5%

Ricardo Alexis Campos Salazar

Socio

25%

Administradores (2)

Texto oficial do extrato

Marcel Mathieu Pommiez Ilufi, Notario Suplente de la abogada Nicole Fernanda Gajardo Carrasco, Notaria (I) de Cañete, Esmeralda 280 de Cañete, certifico: Por escritura pública ante Notario Interina de 28/01/2023, Sres. Jorge Domingo Campos Provoste, Sonia Elena Salazar Puente, Jorge Daniel Campos Salazar y, Ricardo Alexis Campos Salazar, todos Hermanos Carrera 383, Cañete, constituyen una sociedad comercial de responsabilidad limitada. Razón social: “INMOBILIARIA CAMPOS y SALAZAR LIMITADA” nombre de fantasía o comercial, “INMOBILIARIA C Y S LTDA.” que obligará de igual forma que la razón social. El objeto de la sociedad será inmobiliario, de compraventa, comercialización, arrendamiento, subarriendo, corretaje, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces urbanos o rurales y desarrollo de proyectos inmobiliarios; venta de maderas en bruto o elaboradas y productos primarios de la elaboración; la actividad aserrado y cepilladura de maderas que incluye el aserrío de troncos, la producción de madera elaborada y la elaboración de pisos y durmientes de madera; comercialización de áridos y, toda otra actividad afín o no, que se acuerde por la sociedad. La Administración y el uso de la razón social corresponderá a Jorge Domingo Campos Provoste y Sonia Elena Salazar Puente, conjunta o indistintamente. Capital social será de ochenta millones de pesos, que se aporta por los socios de la siguiente manera: Jorge Domingo Campos Provoste aporta $40.000.000, en dominio los siguientes inmuebles: a) inmueble singularizado como Lote 2 - 1 - 1 - B, producto de la subdivisión del Lote N° 2 -1 - 1, de la propiedad individualizada como Hijuela 2 - 1 de Loma, del plano de división de las Hijuelas 1 y 2 del Fundo Huichicura, comuna de Cañete, inscrito a Fs. 490 N° 869, Registro de Propiedad año 2021, C.B.R. de Cañete. Las partes avalúan de común acuerdo este inmueble en $28.000.000. b) inmueble singularizado en el Plano 08203 - 17.927 S.R. predio “Don César” comuna de Cañete, de 1.789,43 M2, inscrita a Fs. 730 N° 1.220, Registro de Propiedad año 2017, C.B. R. de Cañete. Las partes avalúan de común acuerdo este inmueble en $12.000.000. Ricardo Alexis Campos Salazar, aporta $20.000.000 en dominio el inmueble singularizado en el Plano Catastral 08203 - 17.309 S.R. lugar Huichicura, predio “El Naranjo”, comuna de Cañete, de 747,41 M2 inscrito a Fs. 196 v. N° 358 Registro de Propiedad año 2018, C.B.R. Cañete. Las partes avalúan de común acuerdo el inmueble en $20.000.000. Sonia Elena Salazar Puente y Jorge Daniel Campos Salazar, aportan $10.000.000 c/u, en dinero efectivo, con $2.000.000 en el acto y el saldo lo ingresaran en dinero efectivo a caja social en el plazo de 3 años. La responsabilidad de los socios queda limitada hasta el monto de sus respectivos aportes. Durará de 10 años a contar de la fecha de la escritura y se renovará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años, salvo que alguno de sus socios quisiere ponerle término anticipado con una antelación de 6 meses a lo menos a su término normal o prorrogado. Domicilio: ciudad y comuna de Cañete, sin perjuicio de agencias o sucursales en otros puntos del país. Se facultó para inscribir. Demás estipulaciones en escritura extractada.

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    Inmobiliaria Campos y Salazar Limitada

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