Sociedade de Responsabilidade Limitada77.708.189-6

Ds (Chile) Abogados Limitada

MODIFICACIÓN — 9 de abr. de 2026

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2026-04-09Ver PDF (CVE 2793920)

Informações societárias

Ltda
Av. Andrés Bello 2233 Of. 501

Sócios (3)

Texto oficial do extrato

Ministerio del Interior MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO Notario Público Titular de la 38ª Notaría de Santiago, ubicada en Isidora Goyenechea 3477, oficina 10, comuna de Las Condes, certifico: Por escritura pública de 26 de marzo de 2026, ante mí, (a) JOSÉ LUIS BERNARDO ILABACA SEARLE; (b) ALVARO ANDRÉS CUEVAS MANRIQUEZ; y (c) TOMAS AYLWIN ARREGUI; todos con domicilio en Av. Andrés Bello 2233 Of. 501, Providencia, Región Metropolitana; modificaron la sociedad “DS (CHILE) ABOGADOS LIMITADA”, inscrita a fojas 6.268 número 2.922, Registro Comercio de Santiago año 2023, en la razón social, reemplazándola por PRELIA (CHILE) ABOGADOS LIMITADA, reemplazando también su nombre de fantasía por “PRELIA ABOGADOS LTDA.”. - Se adecuó la cláusula primera del estatuto social a la modificación señalada. Los socios limitaron su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 31 de marzo del 2026.

ModificaçãoDiario Oficial · 2024-09-05Ver PDF (CVE 2541572)

Informações societárias

Ltda
Administração: separada, indistinta e individualmente por cualquiera de los socios

Sócios (3)

Administradores (3)

Texto oficial do extrato

MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Abogado, Notario Público Titular de la trigésimo octava Notaría de esta ciudad, con domicilio en calle Isidora Goyenechea número 3477 Local 10, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifico que por escritura pública de fecha 29 de agosto de 2024, ante mí, a) JOSÉ LUIS BERNARDO ILABACA SEARLE, b) ALVARO ANDRÉS CUEVAS MANRIQUEZ, y c) TOMAS AYLWIN ARREGUI, todos domiciliados en Avenida Andrés Bello 2233 Oficina 501, comuna de Providencia, Región Metropolitana, modificaron la sociedad “DS (CHILE) ABOGADOS LIMITADA”, inscrita a Fojas 6.268 Número 2.922, Registro de Comercio de Santiago año 2023, en el siguiente sentido: Se modificó la cláusula Sexta de los Estatutos Sociales relativa a la administración de la sociedad, la que sigue correspondiendo separada, indistinta e individualmente a cualquiera de los socios José Luis Bernardo Ilabaca Searle, Alvaro Andrés Cuevas Manríquez y Tomas Aylwin Arregui, quienes anteponiendo sus firmas a la razón social, tendrán la representación judicial y extrajudicial con amplias facultades, con las limitaciones indicadas en la escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 02 de septiembre de 2024.

ModificaçãoDiario Oficial · 2024-07-05Ver PDF (CVE 2515022)

Informações societárias

Ltda
Av. Andrés Bello 2233 Of. 501
Administração: separada, indistinta e individualmente a cualquiera de los socios

Capital

Capital total

$1.200.000

Capital integralizado

$1.200.000

Capital pendente

$0

Sócios (3)

NomeParticipação

JOSÉ LUIS BERNARDO ILABACA SEARLE

Socio

45%

ALVARO ANDRÉS CUEVAS MANRIQUEZ

Socio

35%

TOMAS AYLWIN ARREGUI

Socio

20%

Administradores (3)

Representantes perante o SII (3)

Texto oficial do extrato

VERONICA ISABEL GONZALEZ DAVILA, Abogado, Notario Público Suplente de la Trigésima Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Miraflores número ciento setenta y ocho, piso cinco, Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 28 de junio del 2024, ante mí, (a) FRANCISCA ANDREA ROCHET VÁSQUEZ, (b) JOSÉ LUIS BERNARDO ILABACA SEARLE; (c) EDUARDO ANDRÉS HUIDOBRO CARRÉRE; (d) FRANCISCO JOSÉ DIEZ CASTELLANOS; (e) ANDRÉS EDUARDO GIDI LUEJE; (f) CRISTIAN ALEJANDRO VISTOSO VIVALLO; (g) ALVARO ANDRÉS CUEVAS MANRIQUEZ; y (h) TOMAS AYLWIN ARREGUI; todos con domicilio en Av. Andrés Bello 2233 Of. 501, Providencia, Región Metropolitana; modificaron la sociedad “DS (CHILE) ABOGADOS LIMITADA”, inscrita a fojas 6.268 número 2.922, Registro Comercio de Santiago año 2023, en el siguiente sentido: Uno) Productos de cesión de la totalidad de sus derechos en la sociedad a JOSÉ LUIS BERNARDO ILABACA SEARLE, ÁLVARO ANDRÉS CUEVAS MANRÍQUEZ y TOMAS AYLWIN ARREGUI, quienes los compran, aceptan y adquieren para sí quedando con los porcentajes que se detallan en el párrafo Dos) a continuación, a su total y entera satisfacción, se retiran de DS (CHILE) ABOGADOS LIMITADA los socios FRANCISCA ANDREA ROCHET VÁSQUEZ; EDUARDO ANDRÉS HUIDOBRO CARRÉRE; FRANCISCO JOSÉ DIEZ CASTELLANOS; ANDRÉS EDUARDO GIDI LUEJE y CRISTIAN ALEJANDRO VISTOSO VIVALLO. Dos) Como consecuencia se reemplazó la cláusula cuarta del estatuto social por la siguiente: “CUARTO: Capital. El capital social es la cantidad de $1.200.000.- que los socios han aportado y enterado con anterioridad en la siguiente forma y proporciones: a) don JOSÉ LUIS BERNARDO ILABACA SEARLE, la cantidad de $540.000.- equivalente a un 45% del capital social, suma que se ha enterado y pagado íntegramente en dinero efectivo, ya ingresado a la caja social; b) don ALVARO ANDRÉS CUEVAS MANRIQUEZ, la cantidad de $420.000.- equivalente a un 35% del capital social, suma que se ha enterado y pagado íntegramente en dinero efectivo, ya ingresado a la caja social; y c) don TOMAS AYLWIN ARREGUI, la cantidad de $240.000.- equivalente a un 20% del capital social, suma que se ha enterado y pagado íntegramente en dinero efectivo, ya ingresado a la caja social”. Tres) Se modificó la administración social, la que corresponderá separada, indistinta e individualmente a cualquiera de los socios JOSÉ LUIS BERNARDO ILABACA SEARLE, ALVARO ANDRÉS CUEVAS MANRIQUEZ y TOMAS AYLWIN ARREGUI, quienes anteponiendo sus firmas a la razón social, tendrán la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con amplias facultades hasta por un monto de $10.000.000.-, o su equivalente en moneda extranjera y/o unidad de cuenta utilizada en Chile o en el extranjero, por operación individualmente considerada a la fecha de la operación respectiva. En todas aquellas operaciones que superen el monto ya señalado deberán actuar en forma conjunta dos cualesquiera de los socios.- Se adecuó la cláusula sexta del estatuto social a la modificación señalada. Los socios limitaron su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 01 de julio de 2024.

Atuações recentes

  1. MODIFICACIÓN

    DS (CHILE) ABOGADOS LIMITADA

    CVE 2793920

  2. MODIFICACIÓN

    DS (Chile) Abogados Limitada

    CVE 2541572

  3. MODIFICACIÓN

    DS (Chile) Abogados Limitada

    CVE 2515022

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