Sociedade de Responsabilidade Limitada77.697.664-K

Sociedad de Profesionales Grupo Vial Abogados Limitada

MODIFICACIÓN — 8 de jun. de 2024

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2024-06-08Ver PDF (CVE 2503725)

Informações societárias

Ltda
El Bosque, Región Metropolitana
Administração: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los señores Gabriel Manuel José Vial Vial, Juan Cristóbal Rafael Leighton Rengifo, Martín Felipe del Río Pulido, Guillermo Mackenna Rueda, Rodrigo Andrés Guzmán Karadima, Nicolás Pablo Tagle Swett, y Andrés del Valle Valenzuela, quienes, actuando conjuntamente dos cualesquiera de ellos, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición de bienes.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital integralizado

$1.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (7)

NomeParticipação

Gabriel Manuel José Vial Vial

Socio

20.63%

Juan Cristóbal Rafael Leighton Rengifo

Socio

9.05%

Martín Felipe del Río Pulido

Socio

14%

Guillermo Mackenna Rueda

Socio

15.58%

Rodrigo Andrés Guzmán Karadima

Socio

16.11%

Nicolás Pablo Tagle Swett

Socio

15.58%

Andrés del Valle Valenzuela

Socio

9.05%

Texto oficial do extrato

Patricio Raby Benavente, abogado, Notario Público, Titular Quinta Notaría de Santiago, domicilio Gertrudis Echenique 30, oficina 32, comuna de Las Condes, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 16 de mayo de 2024, ante mi suplente doña Magdalena Latorre Larrain, don Gabriel Manuel José Vial Vial, don Juan Cristóbal Rafael Leighton Rengifo, don Martín Felipe del Río Pulido, don Guillermo Mackenna Rueda, don Rodrigo Andrés Guzmán Karadima, don Nicolás Pablo Tagle Swett, don Andrés del Valle Valenzuela, y doña Marcela Alejandra Silva Parada, todos domiciliados para estos efectos en Av. El Bosque Norte 0177, oficina 602, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, modificaron la Sociedad de Profesionales Grupo Vial Abogados Limitada, RUT N° 77.697.664-K, inscrita a fojas 100167 número 44066 del Registro de Comercio de Santiago del 2022. Modificaciones: A) Cesión de derechos: 1) doña Marcela Alejandra Silva Parada vendió, cedió y transfirió a don Gabriel Manuel José Vial Vial un 1,669% de los derechos sociales. Precio: $16.690. 2) doña Marcela Alejandra Silva Parada vendió, cedió y transfirió a don Nicolás Pablo Tagle Swett, un 1,260% de los derechos sociales. Precio: $12.600.- 3) doña Marcela Alejandra Silva Parada vendió, cedió y transfirió a don Martín Felipe del Río Pulido, un 1,132% de los derechos sociales. Precio: $11.320.- 4) doña Marcela Alejandra Silva Parada vendió, cedió y transfirió a don Guillermo Mackenna Rueda, un 1,260% de los derechos sociales. Precio: $12.600.- 5) doña Marcela Alejandra Silva Parada vendió, cedió y transfirió a don Rodrigo Andrés Guzmán Karadima, un 1,303% de los derechos sociales. Precio: $13.030.- 6) doña Marcela Alejandra Silva Parada vendió, cedió y transfirió a don Juan Cristobal Rafael Leighton Rengifo, un 0,732% de los derechos sociales. Precio: $7.320.- 7) doña Marcela Alejandra Silva Parada vendió, cedió y transfirió a don Andrés del Valle Valenzuela, un 0,732% de los derechos sociales. Precio: $7.320.- En virtud de lo anterior Sociedad de Profesionales Grupo Vial Abogados Limitada quedó de la siguiente manera: i) don Gabriel Manuel José Vial Vial con un 20,63% de los derechos sociales; ii) don Juan Cristobal Rafael Leighton Rengifo con un 9,05% de los derechos sociales; iii) don Martín Felipe del Río Pulido con un 14% de los derechos sociales; iv) don Guillermo Mackenna Rueda con un 15,58% de los derechos sociales; v) don Rodrigo Andrés Guzmán Karadima con un 16,11% de los derechos sociales; vi) don Nicolás Pablo Tagle Swett con un 15,58% de los derechos sociales; y vii) don Andrés del Valle Valenzuela con un 9,05% de los derechos sociales. B) Modificaciones: 1) Los actuales y únicos socios de Sociedad de Profesionales Grupo Vial Abogados Limitada, acordaron modificar el artículo CUARTO de los estatutos sociales, reemplazándolo por el siguiente: “CUARTO: El capital social es la cantidad de $1.000.000.-, que se aporta y paga por los socios en la forma y condiciones que pasan a indicarse a continuación: i) don Gabriel Manuel José Vial Vial aporta la cantidad de $206.300, equivalente al 20,63% del capital social, que paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando la sociedad recibir dicha cantidad a su entera y total satisfacción y conformidad; ii) don Juan Cristobal Rafael Leighton Rengifo aporta la cantidad de $90.500, equivalente al 9,05% del capital social, que paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando la sociedad recibir dicha cantidad a su entera y total satisfacción y conformidad; iii) don Martín Felipe del Río Pulido aporta la cantidad de $140.000, equivalente al 14% del capital social, que paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando la sociedad recibir dicha cantidad a su entera y total satisfacción y conformidad; iv) don Guillermo Mackenna Rueda aporta la cantidad de $155.800, equivalente al 15,58% del capital social, que paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando la sociedad recibir dicha cantidad a su entera y total satisfacción y conformidad; v) don Rodrigo Andrés Guzmán Karadima aporta la cantidad de $161.100, equivalente al 16,11% del capital social, que paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando la sociedad recibir dicha cantidad a su entera y total satisfacción y conformidad; vi) don Nicolás Pablo Tagle Swett aporta la cantidad de $155.800, equivalente al 15,58% del capital social, que paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando la sociedad recibir dicha cantidad a su entera y total satisfacción y conformidad; y vii) don Andrés del Valle Valenzuela aporta la cantidad de $90.500, equivalente al 9,05% del capital social, que paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando la sociedad recibir dicha cantidad a su entera y total satisfacción y conformidad. Por lo tanto, el capital social se encuentra íntegramente pagado.” Los socios limitaron expresamente su responsabilidad personal por los negocios y obligaciones sociales hasta el monto de sus respectivos aportes. 2) Los actuales y únicos socios de Sociedad de Profesionales Grupo Vial Abogados Limitada, acordaron modificar el artículo SEPTIMO de los estatutos sociales, reemplazándolo por el siguiente: SEPTIMO: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los señores Gabriel Manuel José Vial Vial, Juan Cristóbal Rafael Leighton Rengifo, Martín Felipe del Río Pulido, Guillermo Mackenna Rueda, Rodrigo Andrés Guzmán Karadima, Nicolás Pablo Tagle Swett, y Andrés del Valle Valenzuela, quienes, actuando conjuntamente dos cualesquiera de ellos, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, y las ejercerán anteponiendo su firma a la razón social, así podrán ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos y ejercer todas y cada una de las facultades establecidas en escritura extractada. En todo lo que no ha sido modificado expresamente en la escritura extractada, se mantienen plenamente vigentes los estatutos sociales de Sociedad de Profesionales Grupo Vial Abogados Limitada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. Santiago, 05 de junio de 2024, Patricio Raby Benavente, Notario Público.

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