Asesorías A Y D Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto: a) La prestación en Chile y exportación al exterior de asesorías, consultorías y servicios legales, judiciales, corporativos, económicos y financieros; y b) Realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos mencionados, en la medida que tengan el carácter de asesorías o servicios profesionales en las áreas indicadas precedentemente. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos, convenciones y contratos.
Capital
Capital total
$1.000.000
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 99% | $990.000 |
MARÍA FERNANDA DI PRIMA BARROS Socio | - | 1% | $10.000 |
Administradores (2)
MARÍA FERNANDA DI PRIMA BARROS
Texto oficial do extrato
MARCELA ANDREA MEDINA RICCI, Notario Público Titular de San Miguel, con asiento en San Ramón y oficio en Avenida Santa Rosa N° 7955, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 20 de diciembre del año 2022, ante mí, don CARLOS JOSÉ AMAR GREZ y doña MARÍA FERNANDA DI PRIMA BARROS, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Raúl Labbé N°12.613, oficina 511, comuna de Lo Barnechea, de paso en ésta, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada: Razón Social: “ASESORÍAS A Y D LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado, las siglas comerciales o nombres de fantasía de “ASESORÍAS A Y D LTDA.” o “A Y D LTDA.” Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pudieren establecerse en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) La prestación en Chile y exportación al exterior de asesorías, consultorías y servicios legales, judiciales, corporativos, económicos y financieros; y b) Realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos mencionados, en la medida que tengan el carácter de asesorías o servicios profesionales en las áreas indicadas precedentemente. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos, convenciones y contratos. Duración: 30 años contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su deseo de ponerle término mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, por lo menos con 6 meses de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus períodos de prórroga. Capital: $1.000.000, que se distribuye entre los socios de la siguiente manera: a) don CARLOS JOSÉ AMAR GREZ, con el 99% del total de los derechos sociales, correspondientes a $990.000 del capital social, los cuales pagará con dinero en efectivo o en especies, dentro del plazo máximo de 3 años contados desde la fecha de la escritura de constitución, debidamente reajustado; y b) doña MARÍA FERNANDA DI PRIMA BARROS, con el 1% del total de los derechos sociales, correspondientes a $10.000 del capital social, los cuales pagará con dinero en efectivo o en especies, dentro del plazo máximo de 3 años contados desde la fecha de la escritura de constitución, debidamente reajustado. La responsabilidad de los socios queda limitada a sus respectivos aportes. Administración y Uso Razón Social: La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponderá a los socios, quienes la ejercerán a través de don CARLOS JOSÉ AMAR GREZ, quien, actuando de manera individual, y anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades descritas en la escritura extractada. Don CARLOS JOSÉ AMAR GREZ no podrá ser removido de su cargo de administrador estatutario de la sociedad. Con todo, en caso de incapacidad o fallecimiento, situación que no será necesaria acreditar ante terceros, éste será reemplazado por doña MARÍA FERNANDA DI PRIMA BARROS, quien, actuando de manera individual, y anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las mismas facultades indicadas en la escritura extractada. Demás cláusulas constan en escritura extractada. San Ramón, 23 de diciembre de 2022. Marcela Andrea Medina Ricci. Notario Público.
Atuações recentes
- CONSTITUCIÓN
ASESORÍAS A Y D LIMITADA
CVE 2242668
