Centiel Sistemas De Respaldo De Energía Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Esteban Leonardo Maquieira Moreno Socio 11.xxx.xxx-3 | 11.xxx.xxx-3 | - | - |
Inmobiliaria e Inversiones Albrima S.A. Socio 76.311.976-9 | 76.311.976-9 | - | - |
Histórico societário relatado
- Constituição· 20 de outubro de 2022
Se constituyó la sociedad CENTIEL SISTEMAS DE RESPALDO DE ENERGÍA LIMITADA, también denominada CENTIEL LATINOAMERICA LIMITADA.
Esteban Leonardo Maquieira Moreno · Inmobiliaria e Inversiones Albrima S.A.
Texto oficial do extrato
Ministerio del Interior RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP, Notario Público, Interino de la 40ª Notaría de Santiago, con oficio en Teatinos Nº 332, Certifico: Por escritura pública de fecha 13 de febrero de 2026, repertorio 688, otorgada ante mí, don Esteban Leonardo Maquieira Moreno, Cédula Identidad N° 11.861.154-3, por sí y en representación de Inmobiliaria e Inversiones Albrima S.A., RUT N° 76.311.976-9, ambos domiciliados en Barros Borgoño número 71 oficina 1506, Providencia, Santiago, otorgó escritura saneamiento por la cual se sanea la constitución de la sociedad “CENTIEL SISTEMAS DE RESPALDO DE ENERGÍA LIMITADA”, la que también gira bajo la razón social de fantasía “CENTIEL LATINOAMERICA LIMITADA”, efectuada por escritura pública otorgada en esta misma notaría, ante mí, en calidad de Suplente del Titular Alberto Mozó Aguilar, de fecha 20 de octubre de 2022, repertorio 7652, así como su respectivo extracto el cual se inscribió a fojas 87260 N° 38190 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2022 y se publicó en la edición 43.388 del Diario Oficial, correspondiente al 28 de octubre de 2022. Vicios que se sanean son: i. Error cometido en la cláusula Quinta letra b) de la escritura pública que se sanea y en su extracto, en que se indicó erróneamente que el plazo otorgado para que el socio Esteban Leonardo Maquieira Moreno enterase su aporte de capital a la sociedad sería de 1 año a contar de la fecha de suscripción de la escritura, en circunstancias que debió indicarse que dicho plazo es de 5 años a contar de la fecha de la escritura saneada. ii. Error cometido en la cláusula octava de la escritura pública que se sanea y en su extracto, en la que se indicó erróneamente que el plazo de duración de la sociedad sería de 1 año, renovable en la forma indicada en la escritura, en circunstancias que debió indicarse que dicho plazo es de 5 años a contar de la fecha de la escritura saneada, renovables en la forma indicada en la escritura. En consecuencia, de conformidad a las disposiciones de la Ley 19.499, se sanearon dichos errores, para lo cual se reemplazó en primer lugar el texto de la cláusula Quinta letra b) y luego la cláusula Octava, ambas de la escritura de constitución y asimismo, se sanea en lo que corresponda el respectivo extracto de la señalada escritura, dejando establecido que el plazo del socio Esteban Leonardo Maquieira Moreno para enterar el capital aportado, es de 5 años a contar del día 20 de octubre de 2022 y dejando establecido además, que el plazo de vigencia de la sociedad es de 5 años a contar del día 20 de octubre de 2022, renovables en la forma indicada en la escritura extractada. En todo lo demás sigue vigente el texto de la escritura que se sanea. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 07 de abril de 2026.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
CENTIEL SISTEMAS DE RESPALDO DE ENERGÍA LIMITADA
CVE 2794741
