Mik Propiedades SpA
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
la prestación de servicios de corretaje de propiedades, en el territorio nacional y en el extranjero; la representación en la República de Chile de empresas nacionales o extranjeras, la explotación y representación de franquicias y marcas comerciales de cualquier tipo; la celebración y ejecución de toda clase de contratos y actos que digan relación con las actividades en cuestión señaladas precedentemente y que sean conducentes, útiles o necesarios a la consecución de los fines sociales. La sociedad cumplirá su objeto por sí o a través de otras sociedades que ella constituya o gestione o de que forme parte, o en los que tome interés, participación o representación, o con las que celebre contratos de concesión, de representación o se relacione de otro modo cualquiera.
Capital
Capital total
$500.000
Capital integralizado
$500.000
Ações
100
Sócios (3)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
DANIEL ANDRES ARCIEGO SERRANO Accionista | - | - | - |
MARIA PAZ SANCHEZ PALMA Accionista | - | - | - |
MARCELA ANDREA SANCHEZ PALMA Accionista | - | - | - |
Histórico societário relatado
- Transformação· 4 de abril de 2023
La sociedad MIK PROPIEDADES SpA se transformó en una sociedad de responsabilidad limitada denominada ASESORÍAS Y GESTIÓN MIK PROPIEDADES LIMITADA.
Texto oficial do extrato
PABLO JAVIER MARTINEZ LOAIZA, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, con oficio en La Reina, Avenida Príncipe de Gales número cinco mil ochocientos cuarenta y uno, certifica: Por escritura pública de fecha 26/03/2024, Repertorio N°5627 / 2024, ante mí, comparece: don DANIEL ANDRES ARCIEGO SERRANO, domiciliado en Álvaro Casanova número trescientos cincuenta y cinco, Etapa D, Casa número diecinueve, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana de Santiago; doña MARIA PAZ SANCHEZ PALMA, domiciliada en Álvaro Casanova número trescientos cincuenta y cinco, Etapa D, Casa número diecinueve, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana de Santiago, y doña MARCELA ANDREA SANCHEZ PALMA, domiciliada en calle Totoralillo número mil quinientos cuarenta y seis, comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago, todos en su calidad de únicos socios de la sociedad ASESORÍAS Y GESTIÓN MIK PROPIEDADES LIMITADA, cuyo Rut de la sociedad es setenta y siete millones seiscientos sesenta mil cuarenta y cinco guion ocho, vienen en acordar lo siguiente: UNO) RESCILIACIÓN PARCIAL. Los comparecientes, antes individualizados, consienten en dejar sin efecto y resciliar el acuerdo de transformación de la sociedad por acciones, MIK PROPIEDADES SpA en una sociedad de responsabilidad limitada, ASESORÍAS Y GESTIÓN MIK PROPIEDADES LIMITADA, contenida en la escritura de fecha cuatro de abril de dos mil veintitrés, la que se otorgó con el repertorio número mil noventa y cinco, en la Notaría de don Pablo Martínez Loaiza, cuyo extracto fue debidamente inscrito en el Registro de Comercio a fojas treinta mil seiscientos setenta y tres, número trece mil novecientos treinta del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año dos mil veintitrés, quedando la sociedad con sus estatutos primitivos, los que se repactan en la cláusula siguiente, fijándose a su vez, un nuevo texto refundido de los estatutos. Los comparecientes declaran que, primero, el saneamiento que señala la escritura antes mencionada se mantiene plenamente vigente y cumplió con todos sus efectos legales y, segundo, que el acuerdo de transformación que por este acto se rescilia, no fue informado al Servicio de Impuestos Internos, emitiendo hasta el día de hoy documentos tributarios bajo su tipo social de sociedad por acciones, siendo esa la intención de los accionistas de la sociedad; DOS) REPACTACIÓN. NUEVO TEXTO REFUNDIDO DE LOS ESTATUTOS DE MIK PROPIEDADES SpA. Los comparecientes, con motivo de la resciliación parcial respecto a la transformación de la sociedad y con el objeto de precaver cualquier vicio que pudiera adolecer la sociedad, vienen en repactar los estatutos de la sociedad según se expresa en los artículos siguientes:.- Se reemplazan completamente los estatutos de la sociedad por los que se indican a continuación: “ESTATUTOS SOCIALES DE MIK PROPIEDADES SpA”.- RAZÓN SOCIAL: El nombre de la Sociedad por Acciones será “MIK PROPIEDADES SpA”, pudiendo funcionar y actuar, inclusive ante los Bancos, Instituciones Financieras y toda clase de instituciones u organismos públicos o privados, con el nombre de fantasía “MIK PROPIEDADES SpA.- DURACIÓN: Indefinida.- DOMICILIO: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se establezca en otros puntos del país o del extranjero.- OBJETO SOCIAL: El objeto de la Sociedad por Acciones será: A) la prestación de servicios de corretaje de propiedades, en el territorio nacional y en el extranjero; B) la representación en la República de Chile de empresas nacionales o extranjeras, la explotación y representación de franquicias y marcas comerciales de cualquier tipo; C) La celebración y ejecución de toda clase de contratos y actos que digan relación con las actividades en cuestión señaladas precedentemente y que sean conducentes, útiles o necesarios a la consecución de los fines sociales. La sociedad cumplirá su objeto por sí o a través de otras sociedades que ella constituya o gestione o de que forme parte, o en los que tome interés, participación o representación, o con las que celebre contratos de concesión, de representación o se relacione de otro modo cualquiera.- CAPITAL SOCIAL: El capital de la sociedad es la suma de quinientos mil pesos, dividido y representado en cien acciones, totalmente suscritas y pagadas.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 26/03/2024.-
Informações societárias
Objeto social
Prestación de servicios profesionales de asesoría en adquisición, enajenación, compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje de propiedades y de comercio exterior, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces; prestación de servicios profesionales de asesoría jurídica; celebración y ejecución de actos y contratos relacionados con dichas actividades.
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital integralizado
$1.000.000
Capital pendente
$0
Sócios (3)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Daniel Andrés Arciego Serrano Socio 17.xxx.xxx-3 | 17.xxx.xxx-3 | 33% | $330.000 |
Marcela Andrea Sánchez Palma Socio 10.xxx.xxx-8 | 10.xxx.xxx-8 | 33% | $330.000 |
María Paz Sánchez Palma Socio 15.xxx.xxx-1 | 15.xxx.xxx-1 | 34% | $340.000 |
Administradores (3)
Daniel Andrés Arciego Serrano
Marcela Andrea Sánchez Palma
María Paz Sánchez Palma
Histórico societário relatado
- Transformação· 17 de fevereiro de 2023
Certificado digital de migración al régimen general de la sociedad
- Transformação· 4 de abril de 2023
MIK PROPIEDADES SpA se transforma en una sociedad civil de profesionales de responsabilidad limitada, pasando a denominarse Asesorías y Gestión MIK Propiedades Limitada
Daniel Andrés Arciego Serrano · María Paz Sánchez Palma · Marcela Andrea Sánchez Palma
Texto oficial do extrato
PABLO MARTINEZ LOAIZA, Abogado, Notario Público 1ª Notaría de La Reina, Av. Príncipe de Gales 5841, La Reina, certifico: Por escritura pública de fecha 04 de abril de 2023, ante mí, Repertorio N° 1.095/2023: don DANIEL ANDRES ARCIEGO SERRANO, chileno, casado bajo el régimen de separación total de bienes, abogado, cédula de identidad número diecisiete millones quinientos dieciséis mil setecientos setenta y siete guion tres, domiciliado en Álvaro Casanova número trescientos cincuenta y cinco, Etapa D, Casa número diecinueve, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana de Santiago; doña MARIA PAZ SANCHEZ PALMA, chilena, casada bajo el régimen de separación total de bienes, comerciante, cédula de identidad número quince millones ciento trece mil novecientos noventa y uno guion uno, domiciliada en Álvaro Casanova número trescientos cincuenta y cinco, Etapa D, Casa número diecinueve, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana de Santiago, y doña MARCELA ANDREA SANCHEZ PALMA, chilena, soltera, comerciante, cédula de identidad número diez millones seiscientos ochenta y seis mil seiscientos veintidós guion ocho, domiciliada en calle Totoralillo número mil quinientos cuarenta y seis, comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago, todos en su calidad de únicos accionistas, según Registro de Accionistas tenido a la vista por el Notario que autoriza, de la sociedad por acciones MIK PROPIEDADES SpA, cuyo Rut de la sociedad es setenta y siete millones seiscientos sesenta mil cuarenta y cinco guion ocho, vienen en acordar lo siguiente: uno) SANEAMIENTO. Los comparecientes, en su calidad de únicos accionistas, vienen en sanear la falta de publicación oportuna en el Diario Oficial del extracto contenido en el Certificado Digital de Migración al Régimen General otorgado por el Registro de Empresas y Sociedades de fecha diecisiete de febrero del año dos mil veintitrés, inscrito el día veinticuatro de febrero del año dos mil veintitrés a fojas diecinueve mil setenta y ocho, número nueve mil dieciséis del año dos mil veintitrés, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, según lo dispone el artículo diecinueve de la Ley veinte mil seiscientos cincuenta y nueve, esto es, publicarse por una sola vez en el Diario Oficial en el plazo de treinta días desde que fuere emitido. En razón de lo anterior, los accionistas dan por saneado el vicio de nulidad, retrotrayendo sus efectos a la fecha de su otorgamiento; dos) TRANSFORMACIÓN. Daniel Andrés Arciego Serrano, María Paz Sánchez Palma y Marcela Andrea Sánchez Palma, ya individualizados, en su carácter de únicos accionistas de MIK PROPIEDADES SpA, acuerdan por unanimidad, transformar el tipo social, pasando desde una sociedad por acciones, a una sociedad civil de profesionales de responsabilidad limitada al monto de sus respectivos aportes, la que se regirá por las reglas de la Ley número tres mil novecientos dieciocho, de catorce de marzo de mil novecientos veintitrés y sus modificaciones posteriores, especialmente por las contenidas en sus Estatutos sociales establecidos en el presente instrumento y, a falta de ellos, por las prescritas en el Código Civil, las que serán aplicables en el orden indicado, cambiando en tal sentido su especie o tipo social con subsistencia de su personalidad jurídica y reformando sus Estatutos, los que se fijan más adelante en este instrumento, la que será en todo su continuadora legal, haciéndose cargo y asumiendo el total de su activo y pasivo, sin solución alguna de continuidad y quedando en su nueva organización como responsable de los impuestos que correspondieren en la gestión de su organización anterior, declaración ésta que se incluye para los efectos que pudiere corresponder del Código Tributario.- Se reemplazan completamente los estatutos de la sociedad por los que se indican a continuación: “ESTATUTOS SOCIALES DE ASESORÍAS Y GESTIÓN MIK PROPIEDADES LIMITADA”.- RAZÓN SOCIAL: La sociedad girará bajo la denominación de “ASESORÍAS Y GESTIÓN MIK PROPIEDADES LIMITADA”, pudiendo funcionar y actuar, inclusive ante los Bancos, Instituciones Financieras y toda clase de instituciones u organismos públicos o privados, con el nombre de fantasía “MIK PROPIEDADES LTDA.”.- DURACIÓN: La duración de la sociedad será de cinco años contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por periodos iguales de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla, mediante una declaración en tal sentido efectuada por escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción social, con a lo menos seis meses de anticipación, al vencimiento del respectivo periodo.- DOMICILIO: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se establezca en otros puntos del país o del extranjero.- OBJETO SOCIAL: La sociedad tendrá por objeto dedicarse, ya sea por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada a terceros, a las siguientes actividades: uno/ La prestación de servicios profesionales de asesoría en la adquisición, enajenación, compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje de propiedades y de comercio exterior, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o de terceros, su explotación en cualquier forma y a cualquier título, la administración de dichas inversiones y la percepción de sus frutos y rentas; Dos/ La prestación de servicios profesionales de asesoría jurídica, ya sean de tipo judicial o extrajudicial, para personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, así como prestar toda clase de asesorías a terceras personas, naturales o jurídicas, en materia de orden legal y jurídico, a través de sus socios, asociados o trabajadores, los cuales ejercen profesiones idénticas, similares, afines o complementarias. Para el cumplimiento de su objeto, la Sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado; Tres/ La celebración y ejecución de toda clase de contratos y actos que digan relación con las actividades en cuestión señaladas precedentemente y que sean conducentes, útiles o necesarios a la consecución de los fines sociales.- CAPITAL SOCIAL: El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, que los socios aportan y enteran, de la siguiente forma: A) Daniel Andrés Arciego Serrano, aportó la suma de trescientos treinta mil pesos, equivalente al treinta y tres por ciento del capital social, en dinero efectivo, que se pagó de la siguiente manera: a.uno) con la suma de ciento sesenta y seis mil quinientos pesos íntegramente pagados con anterioridad a esta fecha; y, a.dos) con la suma de ciento sesenta y tres mil quinientos pesos que se pagan en este acto; B) Marcela Sánchez Palma, aportó la suma de trescientos treinta mil pesos, equivalente al treinta y tres por ciento del capital social, en dinero efectivo, que se pagó de la siguiente manera: b.uno) con la suma de ciento sesenta y seis mil quinientos pesos íntegramente pagados con anterioridad a esta fecha; y, b.dos) con la suma de ciento sesenta y tres mil quinientos pesos que se pagan en este acto y C) María Paz Sánchez Palma, aportó la suma de trescientos cuarenta mil pesos, equivalente al treinta y cuatro por ciento del capital social, en dinero efectivo, que se pagó de la siguiente manera: c.uno) con la suma de ciento sesenta y siete mil pesos íntegramente pagados con anterioridad a esta fecha; y, c.dos) con la suma de ciento setenta y tres mil pesos que se pagan en este acto. ADMINISTRACIÓN: El uso de la razón social, la administración y representación de la sociedad corresponderá a don Daniel Andrés Arciego Serrano, doña Marcela Andrea Sánchez Palma y a doña María Paz Sánchez Palma, quienes, actuando individual e indistintamente, uno cualquiera de ellos, tendrán las más amplias facultades de administración, representación, disposición de bienes y, especialmente, con las indicadas en la cláusula Octava de este estatuto, las que no se reproducen por no ser materia de extracto. Demás estipulaciones constan escritura extractada. La Reina, 04 de abril de 2023.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
MIK PROPIEDADES SpA
CVE 2473499
- MODIFICACIÓN
MIK PROPIEDADES SpA
CVE 2297559
