Gerencia Legal Externa Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) Realización de asesorías jurídicas en todos los ámbitos del derecho a personas naturales jurídicas; con o sin fines de lucro, representación de las misma en juicios, y toda autoridad administrativa competente, b) Inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles corporales o incorporales; c) La participación en sociedades y la realización de todos los actos y contratos que se realicen directo o indirectamente con el objeto social, y todo otro negocio que los socios acuerden tengan relación o no con el giro principal.
Capital
Capital total
$750.000
Capital integralizado
$750.000
Capital pendente
$0
Sócios (3)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 18.xxx.xxx-5 | 18.xxx.xxx-5 | 34% | $255.000 |
Socio 18.xxx.xxx-9 | 18.xxx.xxx-9 | 33% | $247.500 |
Javier Ignacio Concha Monsalve Socio 19.xxx.xxx-2 | 19.xxx.xxx-2 | 33% | $247.500 |
Administradores (3)
Javier Ignacio Concha Monsalve
Texto oficial do extrato
LINDA SCARLETT BOSCH JIMENEZ, NOTARIO PUBLICO TITULAR 20 ª Notaría Santiago, Avenida Apoquindo número 4990, Las Condes, Certifico: por escritura pública hoy ante mí: don Emilio Gabriel Cortés Toro, casado, abogado, cédula de identidad número dieciocho millones cuatrocientos cuarenta y nueve mil novecientos dieciocho guion cinco domiciliado en calle Bandera número quinientos treinta y siete, oficina cuarenta y cinco, Santiago Centro, región Metropolitana; Don Nicolás Alfonso Coya Toro, soltero, abogado, cédula de identidad número dieciocho millones setecientos cincuenta y cinco mil doscientos diez guion nueve, domiciliado en calle bandera número quinientos treinta y siete oficina cuarenta y cinco Santiago centro, región metropolitana; y don Javier Ignacio Concha Monsalve, soltero, abogado, cédula de identidad número diecinueve millones treinta y seis mil novecientos cuarenta y uno guion dos, domiciliado en calle Perseo número cuatrocientos veintiuno, comuna de Las Condes, región Metropolitana, vienen en constituir sociedad comercial de responsabilidad limitada al monto de sus aportes. Razón social: “Gerencia Legal Externa Limitada”, pudiendo usar nombre de fantasía “GLE Ltda”, que la obligará misma manera que razón social. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) Realización de asesorías jurídicas en todos los ámbitos del derecho a personas naturales jurídicas; con o sin fines de lucro, representación de las misma en juicios, y toda autoridad administrativa competente, b) Inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles corporales o incorporales; c) La participación en sociedades y la realización de todos los actos y contratos que se realicen directo o indirectamente con el objeto social, y todo otro negocio que los socios acuerden tengan relación o no con el giro principal. Administración, representación y uso razón social corresponderá a Emilio Gabriel Cortés Toro, a Nicolás Alfonso Coya Toro, y a Javier Ignacio Concha Monsalve, quienes podrán actuar conjunta, separada e indistintamente con las facultades que se indican en escritura. El capital social es la cantidad de setecientos cincuenta mil de pesos, que los socios aportan y pagan en las siguientes proporciones: a) don Emilio Gabriel Cortés Toro, la cantidad de doscientos cincuenta y cinco mil pesos que corresponde al treinta y cuatro por ciento del capital social, que paga de contado en este acto y en dinero efectivo; b) don Nicolás Alfonso Coya Toro, la cantidad de doscientos cuarenta y siete mil quinientos pesos que corresponde al treinta y tres por ciento del capital social, que paga de contado en este acto y en dinero efectivo; y, c) don Javier Ignacio Concha Monsalve, la cantidad de doscientos cuarenta y siete mil quinientos pesos que corresponde al treinta y tres por ciento del capital social, que paga de contado en este acto y en dinero efectivo. De esta forma, el capital social ha quedado íntegramente aportado y pagado por los comparecientes e ingresado a caja social. Duración: la sociedad será de cinco años contados desde la fecha de la presente escritura, y se entenderá prorrogable tácita y sucesivamente por períodos de tres años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término con, a lo menos, tres meses de anticipación al vencimiento respectivo, mediante escritura pública que se subinscribirá al margen de la inscripción social. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. En Santiago, 02 de Agosto de 2022.
Atuações recentes
- CONSTITUCIÓN
Gerencia Legal Externa Limitada
CVE 2170165
