Sociedade por Ações77.608.217-1

Comunidad Patagonia SpA

CONSTITUCIÓN — 11 de jul. de 2022

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2022-07-11Ver PDF (CVE 2154884)

Informações societárias

SpA
Santiago, Región Metropolitana

Objeto social

El objeto de la Sociedad es la inversión en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, acciones, bonos, debentures y demás valores mobiliarios, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sea comerciales o civiles, comunidades, asociaciones o fondos; y en toda clase de bienes raíces y el desarrollo de toda clase de actividades inmobiliarias, pudiendo al efecto, actuando por cuenta propia o ajena, comprar, vender, adquirir, enajenar y dar o tomar en arriendo, con o sin opción de compra, inmuebles habitacionales, industriales, destinados a oficinas u otros, sea que estos se encuentren o no amoblados o con instalaciones. Para la consecución de sus fines, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes, pudiendo incluso constituir o formar parte de otras sociedades, comunidades, patrimonios y personas jurídicas de cualquier clase.

Capital

Capital total

$100.000

Capital integralizado

$100.000

Capital pendente

$0

Sócios (2)

NomeParticipação

Andrés Arellano Recabarren

Accionista

-

Ximena Andrea Saffie Gatica

Accionista

-

Texto oficial do extrato

KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogada, Notario Público Suplente de don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, titular de la 36º Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción Nº 65, piso 2, Providencia, certifica: Que por escritura pública de fecha 4 de julio de 2022, Repertorio N° 14.143-2022, ante mí, don Andrés Arellano Recabarren y doña Ximena Andrea Saffie Gatica, constituyeron sociedad por acciones. Razón social: Comunidad Patagonia SpA. Objeto: El objeto de la Sociedad es la inversión en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, acciones, bonos, debentures y demás valores mobiliarios, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sea comerciales o civiles, comunidades, asociaciones o fondos; y en toda clase de bienes raíces y el desarrollo de toda clase de actividades inmobiliarias, pudiendo al efecto, actuando por cuenta propia o ajena, comprar, vender, adquirir, enajenar y dar o tomar en arriendo, con o sin opción de compra, inmuebles habitacionales, industriales, destinados a oficinas u otros, sea que estos se encuentren o no amoblados o con instalaciones. Para la consecución de sus fines, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes, pudiendo incluso constituir o formar parte de otras sociedades, comunidades, patrimonios y personas jurídicas de cualquier clase. Capital: $100.000, íntegramente suscrito y pagado. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago. 5 de julio de 2022.

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