Sociedade por Ações77.601.538-5

Consultora Ketrawa SpA

MODIFICACIÓN — 20 de dez. de 2024

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2024-12-20Ver PDF (CVE 2586641)

Informações societárias

SpA

Objeto social

Realizar acciones y actividades de consultoría y asesoramiento para otorgar visibilidad, formación, capacitación y apoyo a líderes o liderazgos que estén generando impacto positivo en sus comunidades; prestar servicios de gestión, asesoría e intermediación en negocios relacionados con la compra y venta de bonos y/o créditos de carbono.

Sócios (2)

NomeParticipação

María José Urrutia Rivas

Accionista

17.xxx.xxx-2

-

Felipe Lisboa Vivanco

Accionista

16.xxx.xxx-1

-

Texto oficial do extrato

RODRIGO ANDRÉS PALOMO TORNVAL, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Puerto Varas con asiento en la comuna de Frutillar, según Decreto de Nombramiento N° 102 de fecha 5 de julio del año 2024, protocolizado al final del Registro de Instrumentos públicos bajo el N°1 con fecha 1 de octubre del año 2024, con domicilio en Avenida Arturo Alessandri N° 187 F, Frutillar Alto, comuna de Frutillar, certifica que: por escritura pública de fecha 9 de diciembre de 2024, ante mí, bajo el repertorio N°143/2024 , comparece doña María José Urrutia Rivas, cédula de identidad N°17.307.953-2, domiciliada en Camino Punta Larga 1.890 L 122, comuna de Frutillar, Región de Los Lagos y don Felipe Lisboa Vivanco, cédula de identidad N°16470032-1, domiciliado en Condominio Aires del Llanquihue, parcela 110, comuna de Llanquihue, Región de Los Lagos, únicos accionistas de la sociedad Consultora Ketrawa SpA (en adelante la “Sociedad”), inscrita a fojas 234 N°186 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas del año 2022,modificaron los estatutos de la Sociedad en los siguientes términos: 1) OBJETO: El objeto de la sociedad será, de manera general, realizar acciones y actividades de consultoría y asesoramiento cuyo fin propenda a otorgar visibilidad, formación, capacitación y apoyo a líderes o liderazgos que estén generando impacto positivo en sus comunidades, según las directrices que para ello defina la Sociedad. Asimismo, la Sociedad podrá prestar servicios de gestión, asesoría e intermediación en negocios relacionados con la compra y venta de bonos y/o créditos de carbono. En el cumplimiento de tal objetivo la sociedad podrá: A) Efectuar actividades y acciones de cualquier índole, incluyendo su diseño, desarrollo, implementación, ejecución y evaluación que, de manera general tiendan a la formación o capacitación de líderes o liderazgos sociales; B) Diseñar, implementar, desarrollar, ejecutar y evaluar programas de asesoramiento y formativos para líderes o liderazgos sociales, incluida su capacitación en temáticas relacionadas con liderazgo; C) Realizar eventos u otros espacios de encuentro, cuyo fin sea la realización del objeto general de este articulo o aquellos especificados en las letras anteriores; D) Diseñar, implementar, desarrollar, ejecutar y evaluar estrategias de asesoramiento para la visibilización, o estrategias de visibilización misma, de líderes o liderazgos sociales, incluyendo la realización de eventos o espacios de encuentro planificados a este objeto; E) Participar en concursos, licitaciones, propuestas, o sus símiles, generadas por los organismos del Estado, las empresas autónomas del Estado, corporaciones o fundaciones de Derecho Público o privado, entidades particulares, o asociaciones entre unos y otros, sean o no patrocinadas por leyes, decretos, decretos leyes reglamentos u ordenanzas que beneficien al proponente o a la propuesta y que tengan por objeto, la creación, desarrollo, implementación y ejecución de proyectos para el cumplimiento total o parcial de los objetos referidos en este artículo. F) Realizar toda suerte de inversiones en bienes muebles, inmuebles y valores mobiliarios, en cuotas de fondos de inversiones, fondos mutuos en títulos y acciones, en bonos y debentures, en créditos de cualquier especie y demás efectos de comercio. Asimismo la participación como integrante en asociaciones gremiales relacionadas directa o indirectamente con los rubros relacionados con los objetos sociales y la participación como socia en toda clase de compañías, de personas o capitales o de cuentas en participación, pudiendo para el efecto organizarlas, constituirlas e integrarse a ellas haciendo aportes en dinero, bienes corporales e incorporales, como también administrar o tornar parte en la administración de sociedades de cualquier naturaleza, en toda clase de corporaciones o fundaciones regidas por el título treinta y tres del Libro primero del Código Civil, e igualmente administrar y explotar bienes muebles e inmuebles de personas, comunidades, sociedades, corporaciones y fundaciones, y en general, la ejecución de cualquier acto y celebración de cualquier contrato civil o comercial que tienda, directa o indirectamente a la consecución de los fines sociales. G) Realizar, en los términos de las letras A y B, actividades de asesoramiento, en general, a personas o entidades públicas o privadas, relacionadas o no con la formación, capacitación, visibilización y apoyo en general a líderes o liderazgos sociales, según las directrices de la Sociedad; H) Desarrollar, inscribir y aprovechar marcas comerciales, patentes industriales, obras literarias o de divulgación científica, y otras obras provenientes del intelecto, relacionados con la visibilidad, formación, capacitación y apoyo a líderes o liderazgos sociales. En la concreción, desarrollo e implementación del objeto social, ya sea el enunciado de manera general, como las especificaciones que se describen en las letras anteriores, la Sociedad podrá diseñar, desarrollar, implementar, y en su caso, comercializar, productos o servicios, tales como, y sin que la enumeración sea taxativa: plataformas tecnológicas; merchandising de las marcas que eventualmente se creen; charlas TEDx; seminarios y cursos pregrabados o no; etc. 2) Se aprobó un nuevo texto refundido de los estatutos, incluyendo la modificación antes mencionada, y además otras que no son materia de extracto. Demás modificaciones no son propias de extracto, y constan en escritura extractada. Frutillar, 9 de diciembre de 2024.

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