Aste, Jaramillo y Celaya Sociedad de Profesionales Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Sócios (3)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 10.xxx.xxx-1 | 10.xxx.xxx-1 | - | - |
JUAN CRISTÓBAL JARAMILLO CHARLES Socio 10.xxx.xxx-5 | 10.xxx.xxx-5 | - | - |
RICARDO OSVALDO CELAYA BASTIDAS Socio 10.xxx.xxx-6 | 10.xxx.xxx-6 | - | - |
Administradores (1)
Histórico societário relatado
- Constituição· 19 de abril de 2022
Constitución de ASTE, JARAMILLO Y CELAYA SOCIEDAD DE PROFESIONALES LIMITADA.
CHRISTIAN NICOLÁS ASTE MEJÍAS · JUAN CRISTÓBAL JARAMILLO CHARLES · RICARDO OSVALDO CELAYA BASTIDAS
- Mudança de administrador· 18 de julho de 2022
Se rectifica la cláusula quinta para cambiar y precisar la administración y representación de la sociedad, asignándola a CHRISTIAN NICOLAS ASTE MEJIAS.
Texto oficial do extrato
VALERIA RONCHERA FLORES, Notario Público Titular, 10° Notaria Santiago, Agustinas 1235, segundo piso, Certifico: Que por escritura pública de hoy, ante mí, DIEGO ENRIQUE NUÑEZ CABEZAS, C.I. N° 17.957.158-7, quién actúa en representación de don CHRISTIAN NICOLÁS ASTE MEJÍAS, C.I. N° 10.823.135-1, de don JUAN CRISTÓBAL JARAMILLO CHARLES, C.I. N° 10.660.113-5, y de don RICARDO OSVALDO CELAYA BASTIDAS, C.I. N° 10.666.128-6, todos domiciliados en calle Cerro El Plomo 5630, oficina 1601, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana; en su calidad de únicos socios de ASTE, JARAMILLO Y CELAYA SOCIEDAD DE PROFESIONALES LIMITADA, constituida por escritura pública de fecha 19.04.2022, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Valeria Ronchera Flores, inscrita a fojas 38.451 número 17.566 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2022, en el sentido que rectifica escritura de constitución de fecha 19.04.2022, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Valeria Ronchera Flores, inscrita a fojas 38.451 número 17.566 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2022, en el sentido que se rectifica error cometido en la cláusula quinta de los estatutos sociales relativa a la administración, en la cual se otorgaron facultades y formas de actuación incorrectas. Por lo anterior, se reemplaza la clausula QUINTA de los estatutos, sustituyéndola por la siguiente: “QUINTO: La administración de la sociedad y el uso del nombre o razón social corresponderá a don CHRISTIAN NICOLAS ASTE MEJIAS, quien anteponiendo a su firma la razón social, obligará y representará a la sociedad con amplias facultades que constan en escritura extractada”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 18 de julio de 2022.
Informações societárias
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la prestación de asesorías y defensas judiciales en materias administrativas, constitucionales, comerciales, mineras, civiles, penales, tributarias, contables, y en cualquier otro asunto de orden profesional que acuerden los socios, sea que dicho servicio se traduzca informes o asistencia verbal o mediante la representación administrativa y/o judicial, y signifique realizar presentaciones de solicitudes, reclamos, recursos y o defensas ante tribunales ordinarios, administrativos, arbitrales, y especiales, sea que los servicios los ejecute por sí misma o a través de profesionales que contrate para ese efecto, en Chile o en el extranjero.
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital integralizado
$1.000.000
Capital pendente
$0
Sócios (3)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 10.xxx.xxx-1 | 10.xxx.xxx-1 | 60% | $600.000 |
JUAN CRISTÓBAL JARAMILLO CHARLES Socio 10.xxx.xxx-5 | 10.xxx.xxx-5 | 35% | $350.000 |
RICARDO OSVALDO CELAYA BASTIDAS Socio 10.xxx.xxx-6 | 10.xxx.xxx-6 | 5% | $50.000 |
Administradores (1)
Texto oficial do extrato
VALERIA RONCHERA FLORES, Notario Público Titular 10° Notaria Santiago, Agustinas 1235, segundo piso, certifica: Por escritura pública de fecha 19/04/2022, ante mí, don CHRISTIAN NICOLÁS ASTE MEJÍAS, C.I. N° 10.823.135-1, don JUAN CRISTÓBAL JARAMILLO CHARLES, C.I. N° 10.660.113-5, y don RICARDO OSVALDO CELAYA BASTIDAS, C.I. N° 10.666.128-6, todos domiciliados en calle Cerro El Plomo 5630, piso 16, oficina 1601, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana; constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada: Razón Social: ASTE, JARAMILLO Y CELAYA SOCIEDAD DE PROFESIONALES LIMITADA. Nombre de Fantasía: ASTE SOCIEDAD DE PROFESIONALES LTDA. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la prestación de asesorías y defensas judiciales en materias administrativas, constitucionales, comerciales, mineras, civiles, penales, tributarias, contables, y en cualquier otro asunto de orden profesional que acuerden los socios, sea que dicho servicio se traduzca informes o asistencia verbal o mediante la representación administrativa y/o judicial, y signifique realizar presentaciones de solicitudes, reclamos, recursos y o defensas ante tribunales ordinarios, administrativos, arbitrales, y especiales, sea que los servicios los ejecute por sí misma o a través de profesionales que contrate para ese efecto, en Chile o en el extranjero. Administración, representación y uso de la razón social: corresponde exclusivamente a don CHRISTIAN NICOLAS ASTE MEJÍAS, quien actuando en forma individual y anteponiendo a su firma la razón social, tendrá las más amplias facultades de administración y disposición. Capital: un millón de pesos, que se aportan de la siguiente manera: a) don Christian Nicolás Aste Mejías, entera el sesenta por ciento del capital social, mediante el ingreso a la caja social, en dinero efectivo y al contado, de la suma de seiscientos mil pesos; b) don Juan Cristóbal Jaramillo Charles, entera el treinta y cinco por ciento del capital social, mediante el ingreso a la caja social, en dinero efectivo y al contado, de la suma de trescientos cincuenta mil pesos; y, c) don Ricardo Osvaldo Celaya Batidas, entera el cinco por ciento del capital social, mediante el ingreso a la caja social, en dinero efectivo y al contado, de la suma de cincuenta mil pesos. Duración: La sociedad comenzará a regir desde la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de cinco años, renovable tácita y sucesivamente, por períodos iguales y sucesivos de cinco años, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción en el Registro de Comercio competente, con una anticipación de a lo menos, tres meses antes del fin del respectivo período. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 26 de abril de 2022.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
ASTE, JARAMILLO Y CELAYA SOCIEDAD DE PROFESIONALES LIMITADA
CVE 2159681
- CONSTITUCIÓN
ASTE, JARAMILLO Y CELAYA SOCIEDAD DE PROFESIONALES LIMITADA
CVE 2131444
