Doctor Fernando Abarzua Camus Y Compañía Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
La prestación de servicios profesionales en el/as diversas ramas de la medicina, especial el desarrollo de las especialidades de ginecología y obstetricia, como asimismo todo lo concerniente con el servicio de enfermería y la realización de cualquier otra actividad profesional, conexa o derivada de la principal incluidas prestaciones de servicios de enfermería obstetricia; en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o beneficiarias del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, servicios de bienestar o de organismos del sector público, municipal o privado
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
FERNANDO ANTONIO ABARZUA CAMUS Socio | - | 70% | - |
Socio | - | 30% | - |
Administradores (2)
FERNANDO ANTONIO ABARZUA CAMUS
Histórico societário relatado
- Constituição· 22 de agosto de 2000
Se constituye la sociedad.
FERNANDO ANTONIO ABARZUA CAMUS · ROSA MARIA REYES PONCE · ALICIA LIDIA ABARZUA CAMUS
- Outro ato· 25 de outubro de 2006
Se modifica la sociedad mediante escritura pública.
- Cessão de direitos· 24 de outubro de 2022
ALICIA LIDIA ABARZUA CAMUS cede el total de sus derechos sociales a FERNANDO ANTONIO ABARZUA CAMUS.
Texto oficial do extrato
PABLO JOSÉ HALES BESELER, Abogado, Notario Público, titular de la décima tercera Notaria de Santiago, con oficio en calle Compañía mil trescientos doce, Santiago, certifico: Escritura publica hoy, ante mí, FERNANDO ANTONIO ABARZUA CAMUS, doña ROSA MARIA REYES PONCE, y doña ALICIA LIDIA ABARZUA CAMUS, todos con domicilio en Raúl Cisternas quinientos noventa y dos, comuna de Ñuñoa, Santiago; modifican sociedad "DOCTOR FERNANDO ABARZUA CAMUS Y COMPAÑÍA LIMITADA”, Rol Único Tributario número setenta y siete millones quinientos diez mil quinientos veinte guión ocho, constituida Escritura Pública de fecha veintidós de agosto del año dos mil, otorgada ante el Notario de Santiago doña María Angélica Zagal Cisternas, cuyo extracto fuera publicado en el Diario Oficial de fecha veintiuno de septiembre del año dos mil, e inscrita en el Registro de Comercio de Santiago a fojas veintidós mil novecientos noventa y nueve, número dieciocho mil trescientos, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, del año dos mil.- La cual fue modificada por escritura pública de fecha veinticinco de octubre del año dos mil seis, ante el Notario de Santiago don Humberto Quezada Moreno, cuyo extracto se inscribió a fojas cincuenta mil doscientos setenta y cinco, numero treinta y cinco mil novecientos treinta y cuatro del año dos mil seis, en el Registro de Comercio de Santiago, y se publicó en el Diario Oficial con fecha dieciocho de diciembre del año dos mil seis.- Modificaciones consisten: ALICIA LIDIA ABARZUA CAMUS, titular del 10% de los derechos sociales, vende, cede y transfiere el total de sus derechos sociales a don FERNANDO ANTONIO ABARZUA CAMUS, quien lo compra, acepta y adquiere para si.- El precio de esta cesión es la suma de doscientos mil pesos; Como consecuencia de la cesión anterior, se retira de la sociedad ALICIA LIDIA ABARZUA CAMUS, y quedan como únicos y actuales socios don FERNANDO ANTONIO ABARZUA CAMUS, con el setenta por ciento de los derechos sociales; y doña ROSA MARIA REYES PONCE, con el treinta por ciento de los derechos sociales; quienes acuerdan modificar la sociedad en los siguientes términos: A) Modifican la cláusula segunda del pacto social constitutivo, relativa al objeto social, en el sentido de cambiar el objeto social por el siguiente: “La prestación de servicios profesionales en el/as diversas ramas de la medicina, especial el desarrollo de las especialidades de ginecología y obstetricia, como asimismo todo lo concerniente con el servicio de enfermería y la realización de cualquier otra actividad profesional, conexa o derivada de la principal incluidas prestaciones de servicios de enfermería obstetricia; en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o beneficiarias del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, servicios de bienestar o de organismos del sector público, municipal o privado”; y B) Asimismo, modifican la cláusula cuarta del pacto social constitutivo, relativa a la administración, representación y uso de la razón social, la que corresponderá a FERNANDO ANTONIO ABARZUA CAMUS, y a doña ROSA MARIA REYES PONCE, en forma separada e indistintamente, con las mismas facultades señaladas en el pacto social constitutivo, las que se dan por íntegramente reproducidas.- En todo lo no modificado por el presente instrumento subsiste íntegramente el estatuto social vigente y su modificación. Demás estipulaciones escritura extractada. SANTIAGO, 24 OCTUBRE 2022.-
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
DOCTOR FERNANDO ABARZUA CAMUS Y COMPAÑÍA LIMITADA
CVE 2213916
