Sociedade de Responsabilidade Limitada77.454.170-5

Ceo, Consultores en Efectividad Organizacional Limitada

MODIFICACIÓN — 29 de jan. de 2018

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2018-01-29Ver PDF (CVE 1345180)

Informações societárias

Ltda
Las Condes, Región Metropolitana
Administração: Socios administradores

Administradores (2)

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 30 de maio de 2000

    Constitución de Ceo, Consultores en Efectividad Organizacional Limitada.

  2. Outro ato· 8 de janeiro de 2009

    Se refunde el texto de los estatutos sociales en escritura de 8 de enero de 2009.

  3. Cessão de direitos· 15 de janeiro de 2018

    Julio José María Vergara Del Pozo cede la totalidad de sus derechos a María Elena Subercaseaux Tricallotis y María Carolina Castro San Martín; Jon Javier De Lasa Simonetti cede parte de sus derechos a María Elena Subercaseaux Tricallotis e Ignacio Ariel Fernández Bertrand; María Adriana Astaburuaga Gutierrez cede la totalidad de sus derechos a María Elena Subercaseaux Tricallotis.

    JULIO JOSÉ MARÍA VERGARA DEL POZO · MARIA ELENA SUBERCASEAUX TRICALLOTIS · MARÍA CAROLINA CASTRO SAN MARTIN · JON JAVIER DE LASA SIMONETTI · IGNACIO ARIEL FERNANDEZ BERTRAND · MARIA ADRIANA ASTABURUAGA GUTIERREZ

  4. Saída de sócio· 15 de janeiro de 2018

    Salen de la sociedad como socios Julio José María Vergara Del Pozo y María Adriana Astaburuaga Gutiérrez.

    JULIO JOSÉ MARÍA VERGARA DEL POZO · MARIA ADRIANA ASTABURUAGA GUTIERREZ

Texto oficial do extrato

PABLO VALENZUELA PEREZ, Notario Santiago, Suplente Titular Primera Notaría Providencia, don Camilo Valenzuela Riveros, Avda. Providencia 1777, certifico: que por escritura pública otorgada el 15 de enero de 2018, ante mí, Repertorio 209/2018: don JULIO JOSÉ MARÍA VERGARA DEL POZO, domiciliado en Pedro de Gamboa doscientos diecinueve, casa ciento siete, Comuna de Las Condes; doña MARIA ADRIANA ASTABURUAGA GUTIERREZ, del mismo domicilio del anterior; don JON JAVIER DE LASA SIMONETTI, domiciliado en Camino San Francisco de Asis dos mil trescientos, casa nueve, Comuna de Las Condes; doña MARÍA CAROLINA CASTRO SAN MARTIN, del mismo domicilio que el anterior; don IGNACIO ARIEL FERNANDEZ BERTRAND, domiciliado en Camino Casas Viejas Parcela siete G Uno, comuna de Colina; y doña MARIA ELENA SUBERCASEAUX TRICALLOTIS, del mismo domicilio que el anterior, modificaron sociedad “Ceo, Consultores en Efectividad Organizacional Limitada”, rol único tributario número setenta y siete millones cuatrocientos cincuenta y cuatro mil ciento setenta guion cinco, constituida por escritura pública de fecha treinta de mayo del año dos mil, ante la Notaria de Santiago, María Gloria Acharán, inscrita a fojas trece mil novecientos diez número once mil trescientos veintidós del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año dos mil, en lo siguiente: Uno) Don JULIO JOSÉ MARÍA VERGARA DEL POZO vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos equivalentes al treinta y seis por ciento del total del haber social, de la siguiente forma: a) vende, cede y transfiere el seis por ciento del total del haber social a doña MARIA ELENA SUBERCASEAUX TRICALLOTIS, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de veintisiete coma cero tres Unidades de Fomento, equivalentes en pesos al día de hoy a la suma de setecientos veinticuatro mil setecientos cinco pesos. b) vende, cede y transfiere el treinta por ciento del total del haber social a doña MARÍA CAROLINA CASTRO SAN MARTIN, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de ciento treinta y cinco coma quince Unidades de Fomento, equivalentes en pesos al día de hoy a la suma de tres millones seiscientos veintitrés mil quinientos veintiún pesos. Dos) Don JON JAVIER DE LASA SIMONETTI vende, cede y transfiere parte de sus derechos que ascienden al treinta y seis por ciento del total del haber social, de la siguiente forma: a) vende, cede y transfiere el seis por ciento del total del haber social a doña MARIA ELENA SUBERCASEAUX TRICALLOTIS, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de veintisiete coma cero tres Unidades de Fomento, equivalentes en pesos al día de hoy a la suma de setecientos veinticuatro mil setecientos cinco pesos. b) vende, cede y transfiere el cuatro por ciento del total del haber social a don IGNACIO ARIEL FERNANDEZ BERTRAND, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de dieciocho coma cero dos Unidades de Fomento, equivalentes en pesos al día de hoy a la suma de cuatrocientos ochenta y tres mil ciento treinta y seis pesos. Tres) Doña MARIA ADRIANA ASTABURUAGA GUTIERREZ vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos equivalentes al ocho por ciento del total del haber social a doña MARIA ELENA SUBERCASEAUX TRICALLOTIS, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de treinta y seis coma cero cuatro Unidades de Fomento, equivalentes en pesos al día de hoy a la suma de novecientos sesenta y seis mil doscientos setenta y dos pesos.- Como consecuencia de las cesiones de derechos efectuadas en este acto, salen de la sociedad como socios don Julio José María Vergara Del Pozo y María Adriana Astaburuaga Gutiérrez, quedando el capital de la sociedad distribuido de la siguiente forma: Jon Javier De Lasa Simonetti con un veintiséis por ciento de los derechos sociales; Ignacio Ariel Fernández Bertrand, con un doce por ciento de los derechos sociales, María Carolina Castro San Martín con un treinta y ocho por ciento de los derechos sociales, y María Elena Subercaseaux Tricallotis, con un veinticuatro por ciento de los derechos sociales. Los actuales socios acuerdan modificar la CLÁUSULA SÉPTIMA del texto refundido de los Estatutos Sociales que constan de escritura pública de fecha ocho de enero de dos mil nueve, ante la Notaria de Santiago, María Gloria Acharán en el sentido que el uso de la razón social y del nombre de fantasía sólo corresponderá a los socios Jon Javier De Lasa Simonetti e Ignacio Ariel Fernández Bertrand, como socios administradores, quienes actuarán en la forma señalada en dicha cláusula. Asimismo acuerdan sustituir la cláusula novena y décimo cuarta del texto refundido de los Estatutos Sociales que constan de escritura pública de fecha ocho de enero de dos mil nueve, ante la Notaria de Santiago, María Gloria Acharán, las cuales no son materia de extracto.-En todo lo no modificado, continuarán plenamente vigentes las cláusulas del pacto social primitivo y sus posteriores modificaciones, cuyo texto se encuentra refundido por escritura pública de fecha ocho de enero de dos mil nueve, ante la Notaria de Santiago, María Gloria Acharán.- Santiago, 15 de enero de 2018.-cr

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