Comercial Worksplast SpA
Diario Oficial
Informações societárias
Sócios (3)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista 15.xxx.xxx-3 | 15.xxx.xxx-3 | - | - |
GLORIA MABEL ALVARADO VELÁSQUEZ Accionista | - | - | - |
ROBERTO JAVIER MATTOS Accionista | - | - | - |
Histórico societário relatado
- Cessão de direitos· 3 de março de 2022
Se celebra compraventa de acciones y modificación de estatutos entre Gloria Mabel Alvarado Velásquez y Roberto Javier Mattos respecto de la sociedad.
GLORIA MABEL ALVARADO VELÁSQUEZ · ROBERTO JAVIER MATTOS
- Outro ato· 8 de abril de 2022
Se rectifica la escritura para indicar que el nombre de la sociedad es COMERCIAL WORKSPLAST SpA.
Texto oficial do extrato
Lebby Carolín Barría Gutiérrez, Notaria Pública Titular de la Quinta Notaria de Puerto Montt, con oficio en calle Pedro Montt 180, de esta ciudad, certifico: Que por escritura pública de fecha 21 de abril de 2022, repertorio N° 1077-2022, ante mí: Doña PAZ ELENA MILLALONCO MARTINEZ, chilena, casada, abogada, cédula nacional de identidad número quince millones trescientos un mil trescientos seis guion tres, con domicilio en calle La Tirana mil ochenta y uno, comuna y ciudad de Puerto Montt, debidamente facultada, por escritura pública de compraventa de acciones y modificación de estatutos fecha tres de marzo de dos mil veintidós repertorio número quinientos sesenta y uno guion dos mil veintidós, suscrita en la notaría de doña Lebby Barria Gutiérrez, se celebró entre doña GLORIA MABEL ALVARADO VELÁSQUEZ y don ROBERTO JAVIER MATTOS, una escritura pública de compraventa de acciones y modificación de estatutos respecto de la sociedad “COMERCIAL WORKSPLAST SpA”; Que por escritura pública de 08 de abril de 2022 repertorio n° 970-2022, en la notaría de doña Lebby Barria Gutiérrez, se rectificó la citada escritura en el sentido de indicar el nombre de la sociedad es “COMERCIAL WORKSPLAST SpA.”. Debido al plazo transcurrido, de celebró la escritura de saneamiento de fecha 21 de abril de 2022, repertorio N° 1077, en la notaría de doña Lebby Barria Gutiérrez, en que según lo dispuesto en el artículo tercero de la Ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, que establece normas sobre el saneamiento de vicios de nulidad de sociedades, para sanear el vicio de nulidad que afecta a la rectificación de la sociedad “COMERCIAL WORKSPLAST SpA.”, consistente en el vicio formal de falta de publicación e inscripción del extracto, mediante el otorgamiento de dicha escritura. Las demás cláusulas de la sociedad “COMERCIAL WORKSPLAST SpA.” quedan plenamente vigentes en lo no modificado. Otras estipulaciones en escritura extractada. Puerto Montt, a 25 de abril de 2022.
Informações societárias
Capital
Ações
1.000
Sócios (1)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
ROBERTO JAVIER MATTOS Accionista 14.xxx.xxx-2 | 14.xxx.xxx-2 | 100% | $19.800.000 |
Administradores (1)
ROBERTO JAVIER MATTOS
Histórico societário relatado
- Constituição· 23 de agosto de 2021
Se constituyó la sociedad y se publicó su extracto en el Diario Oficial.
SOCIEDAD COMERCIAL WORKSPLAST SpA
- Cessão de direitos
GLORIA MABEL ALVARADO VELASQUEZ vendió, cedió y transfirió la totalidad de sus acciones a ROBERTO JAVIER MATTOS.
GLORIA MABEL ALVARADO VELASQUEZ · ROBERTO JAVIER MATTOS
Texto oficial do extrato
Lebby Carolín Barría Gutiérrez, Notaria Pública Titular de la Quinta Notaria de Puerto Montt, con oficio en calle Pedro Montt 180, de esta ciudad, certifico: Que por escritura pública de hoy ante mi, don ROBERTO JAVIER MATTOS, C.I. Extranjeros N°14.758.935-2, domicilio en calle Tepual mil quinientos uno, Población La Paloma, Puerto Montt, Región de Los Lagos, como comprador y doña GLORIA MABEL ALVARADO VELASQUEZ, C.I.N°13.000.455-5 domicilio en Ruta V guión seiscientos veinticinco, sector Senda central, Kilómetro tres, parcela Dos, Puerto Montt, Provincia de Llanquihue, Región de Los Lagos, como vendedora, modificaron la SOCIEDAD COMERCIAL WORKSPLAST SpA rut n° 77.447.103-0, constituida por escritura pública de fecha 23 de agosto de 2021, en la Notaria de Puerto Montt de don Víctor Hugo Quiñones Sobarzo, cuyo extracto se encuentra inscrito fojas 864 vta N° 511, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt, correspondiente al año 2021 y publicado en el Diario Oficial con fecha 09 de septiembre de 2021; La modificación consiste en que doña GLORIA MABEL ALVARADO VELASQUEZ vendió, cedió y transfirió la totalidad de las acciones de su propiedad en la SOCIEDAD COMERCIAL WORKSPLAST SpA a don ROBERTO JAVIER MATTOS por la suma de $19.800.000 pagaderos en la forma descrita en la citada escritura. Queda como único accionista de la SOCIEDAD COMERCIAL WORKSPLAST SpA. don ROBERTO JAVIER MATTOS, rut 14.758.935-2, con MIL acciones. Se modificó el TITULO III, DE LA ADMINISTRACION DE LA SOCIEDAD Y REUNIONES. DECIMO SEGUNDO de la sociedad en el sentido de que la administración, representación judicial y extrajudicial, y uso de la razón social corresponderá a don ROBERTO JAVIER MATTOS tendrá las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el giro social. Por vía ilustrativa, se deja testimonio que las facultades del administrador comprenden, entre otras, las siguientes: Uno) acordar las normas a que se deberán ceñirse las operaciones de la sociedad; Dos) comprar, permutar, y en general, adquirir a cualquier título, toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluso bienes raíces urbanos o rurales, derechos sobre éstos, valores mobiliarios, acciones, debentures, bonos u otros; celebrar contratos de promesa sobre los bienes enumerados y otros, con excepción de las ventas, transferencias, y en general cualquier acto que signifique enajenación o gravamen sobre cualquier bien mueble o inmueble de la sociedad, como también la facultad de constituir hipotecas, incluso con cláusula de garantía general, pactar prohibiciones de gravar y enajenar, prendas, servidumbres, usufructo sobre toda clase de bienes inmuebles o muebles, sean éstos últimos valores mobiliarios, derechos, acciones y demás cosas corporales o incorporales, celebrar contratos de custodia y de administración de cartera con corredores de bolsa y de administradores profesionales de patrimonio, respecto de los cuales se necesitará de la actuación conjunta de ambos administradores; Tres) Dar y tomar en arrendamiento, comodato, administración, concesión o bien, a cualquier otro título, toda clase de bienes, sean éstos corporales o incorporales, raíces o muebles; Cuatro) Dar y recibir dinero y otros bienes en depósito, sea éste necesario o voluntario y en secuestro; Cinco) Recibir en hipoteca, incluso con cláusula de garantía general; alzar y posponer hipotecas; Seis) Recibir en prenda muebles, valores mobiliarios, derechos, acciones y demás cosas corporales o incorporales, sea en prenda civil, mercantil, bancaria, agraria, industrial, warrants, sin desplazamiento, de cosa mueble vendida a plazo y otras especiales, y cancelarlas; Siete) Celebrar contratos de transporte, de fletamento, de cambio, de correduría y de transacción; Ocho) Celebrar contratos para constituir a la sociedad en agente, representante, comisionista, distribuidora, o concesionaria, o para que ésta los constituya; Nueve) Representar a la sociedad en las Juntas de Accionistas o reuniones de socios de aquellas sociedades de las que la sociedad sea accionista o socia, don derecho a voz y a voto, con las más amplias atribuciones, pudiendo acordar la reforma de sus estatutos, su terminación anticipada, su disolución y/o liquidación; concurrir, en representación de la sociedad a la constitución de sociedades de cualquier tipo, tanto civiles como comerciales, sean anónimas, colectivas, de responsabilidad limitada, en comandita por acciones o simple, asociaciones o cuentas en participación, etcétera, quedando expresamente facultado para estipular contratos de sociedad en los que, él o uno de los otros socios, accionistas o asociados, o su apoderado sea el mismo mandatario; modificarlas, transformarlas, convenir su terminación anticipada, su disolución y/o liquidación; Diez) Celebrar contratos de seguros, pudiendo acordar primas, fijar riesgos, plazos y demás condiciones, cobrar pólizas, endosarlas y cancelarlas; aprobar e impugnar liquidaciones de siniestros; Once) Celebrar contratos de trabajo, sean éstos colectivos o individuales, contratar obreros y empleados y contratar servicios profesionales o técnicos, pudiendo para estos efectos autocontratar; Doce) Celebrar cualquier otro contrato nominado o no. En los contratos que la sociedad celebre, se podrán convenir y modificar toda clase de pactos y estipulaciones, estén o no contemplados especialmente por las leyes y sean de su esencia, de su naturaleza o meramente accidentales, autocontratar, fijar precios, intereses, rentas, honorarios, remuneraciones, reajustes, indemnizaciones, plazos, condiciones, deberes, atribuciones, épocas y forma de pago y de entrega, cabidas, deslindes, etcétera. Trece) Pactar solidaridad activa; convenir cláusulas penales a favor de la sociedad; aceptar toda clase de cauciones reales o personales y toda clase de garantías en beneficio de la sociedad o hacer que ésta las constituya; fijar multas a favor o en contra de ella; pactar prohibiciones de gravar o enajenar o ejercitar sus acciones como las de nulidad, rescisión, resolución, evicción, etcétera, y aceptar la renuncia de derechos y acciones; rescindir, resolver, resciliar, dejar sin efecto, poner término o solicitar la terminación de toda clase de contratos, exigir rendiciones de cuenta, aprobarlas u objetarlas y; en general, ejercitar todos los derechos y acciones que competen a la sociedad, con excepción de la renuncia de cualquier especie, que deberá contar con la comparecencia de todos los accionistas; Catorce) Representar a la sociedad ante los bancos nacionales y extranjeros, estatales o particulares con las más amplias facultades que puedan necesitarse; darles instrucciones y cometerles comisiones de confianza; abrir y administrar cuentas corrientes bancarias de depósito y/o crédito, depositar, girar o sobregirar en ellas, imponerse de sus movimientos y cerrar unas y otras, todo ello tanto en moneda nacional como extranjera; aprobar y objetar saldos; retirar talonarios de cheques o cheques sueltos; arrendar cajas de seguridad, abrirlas y poner término a su arrendamiento; colocar y/o retirar dinero o valores, sea en moneda nacional o extranjera, en depósito, custodia o garantía y cancelar los certificados respectivos; contratar acreditivos en moneda nacional o extranjera, efectuar operaciones de cambio, tomar boletas de garantía, dar y tomar dinero y otros bienes en mutuo y, en general, contratar préstamos de cualquier forma con toda clase de organismos e instituciones de crédito y/o fomento, de derecho público o privado, sociedades civiles o comerciales, bancos, sociedades financieras, asociaciones de ahorro y préstamos y, en general, cualquier persona natural o jurídica, estatal o particular, nacional o extranjera, ya sea como créditos en cuenta corriente, créditos simples, créditos documentarios, avances contra aceptación, sobregiros, créditos en cuentas especiales, contratando líneas de crédito, o bien, en cualquier otra forma hasta por un de dos mil unidades de fomento. Quince) Abrir cuentas de ahorro, reajustables o no, a plazo, a la vista o condicionales, en el Banco del Estado de Chile, en los Servicios de Vivienda y Urbanismo, en instituciones de previsión o en cualquier otra institución de derecho público o privado, sea en su beneficio exclusivo o en el de sus trabajadores; depositar y girar en ellas, imponerse de su movimiento, aceptar e impugnar saldos y cerrarlas. Dieciséis) Girar, suscribir, aceptar, reaceptar, renovar, prorrogar, revalidar, endosar en dominio, cobro o garantía, depositar, protestar, descontar, cancelar, cobrar, transferir, extender y disponer en cualquier forma de cheques, letras de cambio, pagarés, libranzas, vales y demás documentos mercantiles o cambiarios, sean éstos nominativos, a la orden, o al portador, en moneda nacional o extranjera y ejercitar las acciones que a la sociedad le correspondan en relación con tales documentos. Diecisiete) ceder, aceptar cesiones de crédito, sean éstos nominativos, a la orden o al portador y, en general, efectuar toda clase de operaciones con documentos mercantiles, valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio. Dieciocho) Pagar en mobiliarios, efectos públicos o de comercio; Diecinueve) Pagar en efectivo, por dación en pago, por consignación, por subrogación, etcétera, todo lo que la sociedad adeudare por cualquier título y , en general, extinguir obligaciones en cualquier forma: Veinte) Cobrar y percibir extrajudicialmente todo cuanto se adeude a la sociedad, a cualquier título que sea y por cualquier persona natural o jurídica, incluso el Fisco, instituciones, corporaciones, fundaciones de derecho o privado, instituciones fiscales, semifiscales, de administración autónoma; instituciones privadas, etcétera, sea en dinero o en otra clase de bienes, corporales o incorporales, raíces o muebles valores mobiliarios, etcétera; Veintiuno) conceder quitas o esperas; Veintidós) Firmar recibos, finiquitos o cancelaciones y, en general, suscribir, otorgar, firmar, extender, refrendar o modificar, toda clase de documentos públicos o privados, pudiendo formular en ellos todas las declaraciones que estimen necesarias o convenientes; Veintitrés) constituir servidumbres activas o pasivas; Veinticuatro) Solicitar para la sociedad, concesiones administrativas de cualquier naturaleza u objeto; Veinticinco) Instalar agencias, oficinas , sucursales o establecimientos , dentro o fuera del país; Veintiséis) inscribir, registrar y renovar propiedad intelectual, industrial, nombres comerciales, marcas comerciales y modelos industriales, patentar inventos, deducir oposiciones o solicitar nulidades y, en general, efectuar todas las tramitaciones y actuaciones que sean procedentes en estas materias; Veintisiete) Entregar y/o retirar de las oficinas de correos, telégrafos, aduanas y empresas estatales o particulares de transporte terrestre, marítimo o aéreo toda clase de correspondencia certificada o no, plazas postales, giros, reembolsos, cargas, encomiendas, mercaderías, etcétera, dirigidas o consignadas a la sociedad o expedidas por ella; Veintiocho) Tramitar pólizas de embarque, recibos, pases libres, guías de tránsito, pagarés, órdenes de entrega de aduana o de intercambio de mercaderías o de productos; y en general ejecutar toda clase de operaciones aduaneras; Veintinueve) Concurrir y efectuar ante toda la clase de autoridades políticas, administrativas, de orden, tributario, aduaneras, municipales, judiciales, de comercio exterior o de cualquier otro orden y ante cualquier persona y ante cualquier persona de derecho público o privado, instituciones fiscales, semifiscales, de administración autónoma, organismos, servicios, etcétera, toda clase de prestaciones, peticiones, declaraciones, incluso obligatorias, modificarlas o desistirse de ellas; Treinta) Representar a la sociedad ante toda clase de organismos de previsión, Administradoras de Fondos de Pensiones, Servicios de Seguro Social, Instituciones de Salud Previsional, Isapres, Instituto Social, Instituciones de salud previsional, Isapres, Instituto de Normalización previsional y ante la Dirección o Inspecciones Comunales o Regionales del trabajo y toda clase de organismos, instituciones o autoridades que se relacionen con las actividades laborales de previsión y de seguridad social, pudiendo presentar toda clase de solicitudes y peticiones ante ellas, desistirse de las mismas y aceptar sus resoluciones; Treinta y Uno) Representar en todos los juicios o gestiones judiciales ante cualquier tribunal sea este ordinario, especial, arbitral, administrativo o de cualquier clase, así intervenga la sociedad como demandante, demandada, o tercero de cualquier especie, pudiendo ejercitar toda clase de acciones , sean ellas ordinarias, ejecutivas, especiales, de jurisdicción contenciosa o de cualquier naturaleza. En el ejercicio de esta representación judicial, podrán actuar por la sociedad con todas las facultades ordinarias y extraordinarias del mandato judicial, en los términos previstos en los artículos, séptimo inciso primero y segundo y artículo octavo del Código de Procedimiento Civil, pudiendo desistirse en primera instancia de la acción entablada, contestar demandas, aceptar demanda contraria, renunciar los recursos o los términos legales, transigir, comprometer, otorgar a los árbitros facultades de arbitradores, prorrogar jurisdicción, intervenir en gestiones de conciliación o avenimiento, cobrar y percibir; Treinta y Dos) Ejercer la opción para acogerse al “Régimen de renta atribuida” del artículo catorce de la ley sobre impuesto a la Renta, esto es, régimen de renta efectiva según contabilidad completa, con imputación total del crédito por impuesto de Primera Categoría en los impuestos finales, o al “Régimen de Imputación parcial del Crédito” del mismo artículo catorce de la ley sobre impuesto a la Renta esto es, régimen de renta efectiva según completa, con imputación parcial del crédito por Impuesto de Primera Categoría en los Impuestos finales; como asimismo, cambiar de régimen cumpliendo con los requisitos legales. Para ello, podrá tramitar, gestionar, suscribir las declaraciones y documentos que sean necesarios para el ejercicio de la opción señalada en el Servicio de Impuestos Internos, como también delegar, en todo o parte la facultad señalada; Treinta y tres) Otorgar mandatos generales y especiales de cualquier naturaleza y ponerle término. Sin perjuicio de lo indicado en la presente cláusula, las operaciones comerciales que superen el monto equivalente a dos mil unidades de fomento, deberán contar siempre con la comparecencia de todos los accionistas. Las demás cláusulas de la SOCIEDAD COMERCIAL WORKSPLAST SpA. quedan plenamente vigentes en lo no modificado. Otras estipulaciones en escritura extractada. Puerto Montt 14 DE MARZO DE 2022.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
COMERCIAL WORKSPLAST SpA
CVE 2122004
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD COMERCIAL WORKSPLAST SpA
CVE 2107317
