Desobediencia SpA
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
La prestación de servicios profesionales, radicados en asesoría profesional, gestión, administración y consultoría, ya sea a personas naturales y/o jurídicas, por cuenta propia o de terceros, en materias de producción, distribución y comercialización de obras audiovisuales, cinematográficas y publicitarias; servicios de creación y dirección de obras audiovisuales y cualquier otro servicio profesional que la sociedad de común acuerdo determine y que tenga relación con el giro social
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital integralizado
$1.000.000
Capital pendente
$0
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
MARIALY SOLEDAD RIVAS MARTÍNEZ Socio 13.xxx.xxx-6 | 13.xxx.xxx-6 | 50% | $500.000 |
Socio 27.xxx.xxx-9 | 27.xxx.xxx-9 | 50% | $500.000 |
Administradores (2)
MARIALY SOLEDAD RIVAS MARTÍNEZ
Texto oficial do extrato
EDUARDO DIEZ MORELLO, abogado, Notario Titular de la 34º Notaría de Santiago, calle Luis Thayer Ojeda N°359, Providencia, certifico que: por escritura pública fecha 30 de diciembre de 2022, repertorio 22644-2022, ante doña ISABEL PEÑA LEZAETA, notario suplente de este oficio: (I) MARIALY SOLEDAD RIVAS MARTÍNEZ, C.I. 13.102.457-6; y (II) SOFÍA CASTELLS, C.I.E. 27.089.389-9, ambas con domicilio para estos efectos en calle Hernando de Aguirre N° 2389, dpto. 402, Providencia, Santiago, modificaron la sociedad DESOBEDIENCIA SpA, RUT 77.428.031-6, inscrita a fojas 59.770 N° 27.858 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2021, en el siguiente sentido: A) Modificación del nombre de la Sociedad. Acordaron reemplazar el artículo primero permanente de los estatutos por el siguiente:-."Artículo Primero: El nombre será “ASESORÍAS DESOBEDIENCIA SpA”.- B) Modificación del objeto social. Acordaron reemplazar el artículo cuarto permanente de los estatutos por el siguiente: -."Artículo Cuarto: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios profesionales, radicados en asesoría profesional, gestión, administración y consultoría, ya sea a personas naturales y/o jurídicas, por cuenta propia o de terceros, en materias de producción, distribución y comercialización de obras audiovisuales, cinematográficas y publicitarias; servicios de creación y dirección de obras audiovisuales y cualquier otro servicio profesional que la sociedad de común acuerdo determine y que tenga relación con el giro social”. C) Transformación. Las socias acordaron transformar la sociedad a una sociedad de responsabilidad limitada conforme a la Ley 3.918, sus modificaciones y demás normas supletorias. Razón social: La razón social será “ASESORÍAS DESOBEDIENCIA LIMITADA”. Domicilio. Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se puedan establecer en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios profesionales, radicados en asesoría profesional, gestión, administración y consultoría, ya sea a personas naturales y/o jurídicas, por cuenta propia o de terceros, en materias de producción, distribución y comercialización de obras audiovisuales, cinematográficas y publicitarias; servicios de creación y dirección de obras audiovisuales y cualquier otro servicio profesional que la sociedad de común acuerdo determine y que tenga relación con el giro social. Capital: $1.000.000, que las socias han aportado de la siguiente forma y proporción: (I) MARIALY SOLEDAD RIVAS MARTÍNEZ ha aportado $500.000, equivalentes al 50% de los derechos sociales; (II) SOFÍA CASTELLS ha aportado $500.000, equivalentes al 50% de los derechos sociales. Todos los aportes se encuentran enterados en arcas sociales con anterioridad a esta fecha. Administración y Uso de la Razón social: El uso de la razón social y la administración corresponderá a MARIALY SOLEDAD RIVAS MARTÍNEZ y SOFÍA CASTELLS, quienes podrán actuar de manera conjunta o separada, indistintamente, ejerciendo esta administración de manera directa, o bien a través de las personas especialmente designadas por las administradoras mediante instrumento privado y cuyas firmas sean autorizadas por notario público, protocolizado, o por escritura pública con aquellas facultades que expresamente se les otorguen. Duración: 5 años desde la fecha de constitución, prorrogado automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años, salvo voluntad de término expresada según forma y plazos señalados en escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 4 de enero 2023.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
DESOBEDIENCIA SpA
CVE 2252616
