Sociedad Gastronómica El Cuarto Café Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
La prestación de servicios gastronómicos a través de los rubros de cafetería, pastelería, gelatería, fuente de soda, el despacho y cualquier otra forma de comercialización de alimentos, atención de eventos especiales y actividades culturales, y cualquiera otra actividad relacionada o no con las anteriores que los socios acuerden.
Capital
Capital total
$6.000.000
Capital integralizado
$6.000.000
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
ALEJANDRA EMPERATRIZ CABRERA ACOSTA Socio 12.xxx.xxx-8 | 12.xxx.xxx-8 | 90% | $5.400.000 |
Socio 22.xxx.xxx-1 | 22.xxx.xxx-1 | 10% | $600.000 |
Administradores (1)
Representantes perante o SII (1)
Histórico societário relatado
- Outro ato· 23 de maio de 2023
Se dejó sin efecto el aviso de término social efectuado previamente.
- Outro ato· 20 de setembro de 2023
Los socios declararon que no ha existido intención de poner término a la sociedad y que no ha sido liquidada ni solicitada su terminación de giro.
Texto oficial do extrato
PEDRO RICARDO REVECO HORMAZABAL, Notario Público Titular de la Décimo Novena Notaría de Santiago, con oficio en Bandera número trescientos cuarenta y uno, oficina trescientos cincuenta y dos, certifica Por escritura pública de fecha 20 de septiembre de 2023, Repertorio 54907-2023, ante mí: doña ALEJANDRA EMPERATRIZ CABRERA ACOSTA, C.I. 12.659.823-8, domiciliada en Galicia N°3538, Ñuñoa, y don MOHAMMED SAAD ADEEN, C.I. 22.140.371-1, domiciliado en Paula Jara Quemada N°189, departamento 1111, La Reina, en su calidad de únicos socios de la SOCIEDAD GASTRONÓMICA EL CUARTO CAFÉ LIMITADA, dejaron sin efecto en todas sus partes la declaración de aviso de término social efectuada por escritura pública de fecha 23 de mayo de 2018, otorgada en la Notaría de Santiago de don Iván Torrealba, declarando que a la fecha no ha existido por parte de sus socios la intención de poner término a la referida sociedad. Posteriormente, por escritura pública de fecha 17/10/2023, Repertorio 61.661-2023, otorgada ante mí, doña ALEJANDRA EMPERATRIZ CABRERA ACOSTA, C.I. 12.659.823-8, domiciliada en Galicia N°3538, Ñuñoa, y don MOHAMMED SAAD ADEEN, C.I. 22.140.371-1, domiciliado en Paula Jara Quemada N°189, departamento 1111, La Reina, complementaron la escritura pública antes señalada, declarando que la SOCIEDAD GASTRONÓMICA EL CUARTO CAFÉ LIMITADA, no ha sido liquidada a la fecha así como tampoco se ha solicitado su término de giro. En virtud de lo anterior, los comparecientes MODIFICARON la SOCIEDAD GASTRONÓMICA EL CUARTO CAFÉ LIMITADA, en el sentido de manifestar expresamente su voluntad de continuar con la vigencia de la sociedad y el giro de los negocios, por lo cual fijan el texto refundido y actualizado de los estatutos sociales, como sigue: RAZÓN SOCIAL: SOCIEDAD GASTRONÓMICA EL CUARTO CAFÉ LIMITADA, nombre de fantasía “El Cuarto Café” para efectos publicitarios de promoción y comerciales. OBJETO: La prestación de servicios gastronómicos a través de los rubros de cafetería, pastelería, gelatería, fuente de soda, el despacho y cualquier otra forma de comercialización de alimentos, atención de eventos especiales y actividades culturales, y cualquiera otra actividad relacionada o no con las anteriores que los socios acuerden. REPRESENTACIÓN, USO DE LA RAZÓN SOCIAL Y ADMINISTRACIÓN: corresponderá exclusivamente al socio MOHAMMED SAAD ADEEN, quien la representará con las más amplias facultades de administración y disposición, enunciadas en escritura extractada. CAPITAL: $6.000.000, aportados y enterados de la siguiente forma: a) la suma de $5.400.000 por la socia ALEJANDRA EMPERATRIZ CABRERA ACOSTA, ingresados a la caja social, equivalentes al 90% de los derechos sociales; b) la suma de $600.000 por el socio MOHAMMED SAAD ADEEN, ingresados a la caja social, equivalentes al 10% de los derechos sociales. Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia de sus respectivos aportes. DURACIÓN: 3 años a partir de fecha de escritura social, prorrogable tácita y automáticamente por períodos sucesitovs de 3 años si ninguna de las partes manifiesta su voluntad de ponerle términio al fin del período en curso. DOMICILIO: ciudad de Santiago, sin perjuicio de sucursales o agencias en el país o el extranjero. Santiago, 20 de Octubre del 2023.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD GASTRONÓMICA EL CUARTO CAFÉ LIMITADA
CVE 2403316
