Sociedade por Ações77.294.769-0

Agrícola Donar Dos SpA

MODIFICACIÓN — 4 de set. de 2025

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2025-09-04Ver PDF (CVE 2695080)

Informações societárias

SpA
Ruta G-40 N°1.446
Administração: Administrador único

Objeto social

prestación de servicios y asesoría de empresas en administración, gestión, gerencia, contabilidad, auditoría, programación, métodos y sistemas computacionales, estudios de mercado, publicidad; explotación agrícola, forestal y ganadera; comercialización, arriendo y distribución de productos agropecuarios, frutícolas, forestales, implementos y maquinarias agrícolas; inversiones en bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, acciones, participaciones sociales o derechos en sociedades de personas; administración y percepción de rentas derivadas

Capital

Capital total

$2.495.000

Capital integralizado

$2.495.000

Capital pendente

$0

Ações

9.980

Sócios (8)

NomeParticipação

Francisco De Paula Donoso De Toro

Accionista

9.xxx.xxx-5

-

Francisco De Paula Donoso Ariztía

Accionista

17.xxx.xxx-2

-

María Cristina Ariztía Tagle

Accionista

7.xxx.xxx-6

-

María Cristina Donoso Ariztía

Accionista

18.xxx.xxx-6

-

Vicente José Donoso Ariztía

Accionista

18.xxx.xxx-k

-

Catalina María Donoso Ariztía

Accionista

19.xxx.xxx-9

-

Florencia María Donoso Ariztía

Accionista

19.xxx.xxx-9

-

Samuel Donoso Ariztía

Accionista

21.xxx.xxx-8

-

Administradores (1)

Administraciones Donar SpA

77.235.182-8Administrador

Texto oficial do extrato

Ministerio del Interior JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima tercera notaria de Santiago, Huérfanos 835, piso 18, certifico: por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 7 de julio de 2025, repertorio N°19.522, don Francisco De Paula Donoso De Toro, RUT N°9.811.965-5; don Francisco De Paula Donoso Ariztía, RUT N°17.601.580-2; doña María Cristina Ariztía Tagle, RUT N°7.010.561-6; doña María Cristina Donoso Ariztía, RUT N°18.168.192-6; don Vicente José Donoso Ariztía, RUT N°18.465.637-K; doña Catalina María Donoso Ariztía, RUT N°19.309.735-9; doña Florencia María Donoso Ariztía, RUT N°19.961.383-9; y, don Samuel Donoso Ariztía, RUT N°21.092.780-8, todos domiciliados en Ruta G-40 N°1.446, comuna de Talagante, en su calidad de únicos y actuales accionistas de la sociedad “Agrícola Donar Dos SpA”, inscrita a fojas 164 N°79 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talagante del año 2020, en adelante la “Sociedad”, acordaron: i) revocar la designación de Administraciones Donar SpA, por medio del señor Francisco De Paula Donoso Ariztía, como administrador de la Sociedad, designado en el artículo tercero transitorio de los estatutos de la misma a contar de la fecha del instrumento extractado; ii) designar como administrador de Agrícola Donar Dos SpA a la sociedad Administraciones Donar SpA, rol único tributario número setenta y siete millones doscientos treinta y cinco mil ciento ochenta y dos guion ocho, para que actuando por medio de su representante, represente a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza, sin limitación alguna, con todas y cada una de las facultades meramente enunciativas que se indican en el Artículo Décimo de los estatutos de la Sociedad; iii) dejar constancia que con fecha 15 de marzo de 2022 se pagaron las remanentes acciones de la Sociedad, y por tanto se encuentran íntegramente suscritas y pagadas las acciones de Agrícola Donar Dos SpA; iv) modificar el objeto de la Sociedad, en el sentido de ampliarlo para que este incluya el arriendo de maquinaría agrícola, en especial tractores; v) como consecuencia de lo anterior, se acordó modificar el Artículo Cuarto y Quinto del estatuto social, reemplazándolos íntegramente por los siguientes: “ARTÍCULO CUARTO: la sociedad tendrá por objeto: a) la prestación de servicios y la asesoría de empresas en lo relativo a su administración, gestión, gerencia, contabilidad, auditoría, programación, métodos y sistemas computaciones, estudios de mercado, publicidad u otros análogos que las empresas requieran; b) la explotación agrícola, forestal y ganadera de predios propios o arrendados; la comercialización, arriendo y distribución de productos agropecuarios, frutícolas, forestales, implementos y maquinarías agrícolas, tales como tractores, dentro y fuera del país y, en general, toda negociación, acto o contrato relacionado con las materias señaladas; y, c) efectuar toda clase de inversiones en bienes corporales, incorporales, muebles o inmuebles, inclusive acciones o participaciones sociales o derechos en sociedades de personas, su administración y la percepción de las rentas que deriven de las anteriores. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título y dar y tomar en arrendamiento u otra forma de tenencia, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, incluso valores mobiliarios; gravarlos con hipotecas o predas de cualquier clase; celebrar contratos de sociedad de cualquier clase u objeto; pudiendo ser socia gestora de sociedades en comandita y en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su comercio o la inversión de fondos disponibles de la sociedad. Podrá, además, ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los accionistas y que tengan relación con su objeto.” y “ARTICULO QUINTO: El capital social asciende a la cantidad de dos millones cuatrocientos noventa y cinco mil pesos, dividido en nueve mil novecientas ochenta acciones nominativas, todas de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado en la forma que se señala en el artículo primero transitorio de los presentes estatutos. El capital social podrá ser aumentado o disminuido por acuerdo de la Junta de Accionistas, en todo caso, conforme a lo dispuesto en el artículo cuatrocientos veintisiete del Código de Comercio, no será necesario realizar junta, si el accionista, o todos los accionistas si estos fueren más de uno, suscribieren una escritura pública o un instrumento privado protocolizado en que conste el acuerdo, sea éste modificatorio o no de los Estatutos Sociales. El plazo para enterar los aumentos de capital será de tres años contados desde la fecha del acuerdo respectivo. En el caso de aumentos de capital mediante la emisión de acciones de pago, no será necesario hacer oferta preferente de dichas acciones.”; y modificar el Artículo Primero Transitorio y Tercero Transitorio de los estatutos de la Sociedad, los cuales no se extractan por no ser materia de este. En todo lo no modificado, rigen íntegramente los estatutos sociales de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 21 de agosto de 2025.

Atuações recentes

  1. MODIFICACIÓN

    Agrícola Donar Dos SpA

    CVE 2695080

Relações societárias

EmpresaPessoaDiario Oficial