Celedón Y Cía. Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Sócios (1)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Carlos Ernesto Celedón Aracena Titular | - | 100% | - |
Histórico societário relatado
- Cessão de direitos
Carlos Ernesto Celedón Aracena compra los derechos sociales de Carlos Ernesto Celedón Aranda e Iván Andrés Celedón Aracena
Carlos Ernesto Celedón Aracena · Carlos Ernesto Celedón Aranda · Iván Andrés Celedón Aracena
Texto oficial do extrato
JORGE ACUÑA PEREZ, Notario Público, Titular Primera Notaría de Quilpué, con oficio calle Andrés Bello 453, certifico: escritura hoy ante mí, Carlos Ernesto Celedón Aracena, Carlos Ernesto Celedón Aranda e Iván Andrés Celedón Aracena, todos domiciliados en calle Javiera Carrera 534, Cerro Los Placeres, Valparaíso; modificaron sociedad CELEDÓN Y CÍA LIMITADA O COSMONOVA LTDA. RUT 77.282.190-5, inscrita a fojas 357, número 300 del año 1999, en el Registro y Conservador de Comercio de Valparaíso. Modificaciones: socio Carlos Ernesto Celedón Aracena compra los derechos sociales que tienen los socios don Iván Andrés Celedón Aracena, que tienen el 1,07% de los derechos, y Carlos Ernesto Celedón Aranda, que tiene el 9,29% de los derechos sociales. El valor de compra de los derechos será de $4.000.000 en el caso de los derechos de don Carlos Ernesto Celedón Aranda y de $800.000 en el caso de los derechos de don Iván Andrés Celedón Aracena.-Reuniendo por medio de esta transferencia, don Carlos Ernesto Celedón Aracena, el 100% de los derechos sociales de la sociedad Celedón y Cía Limitada o Cosmonova Ltda., dicha sociedad se transforma por el ministerio de la ley, de acuerdo a la ley de empresas individual de responsabilidad limitada, modificando su razón social a “Celedón y Cía Limitada EIRL”, pudiendo usar el nombre de fantasía “Cosmonova EIRL”.- Para todos los efectos legales, que la empresa EIRL que sucede a la sociedad de responsabilidad Limitada del mismo nombre, es la continuadora legal de la anterior, y por lo mismo, tanto sus derechos como sus obligaciones se mantienen en el patrimonio de la nueva sociedad. Especialmente se establece que, para efectos tributarios, se deberá mantener el mismo Rut de la empresa.- La nueva empresa es responsable solidaria en el pago de cualquier impuesto que se adeudare por la anterior empresa, cualquiera sea su origen o naturaleza. Demás estipulaciones escritura extractada. Quilpué, 24 de Enero del 2019.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
CELEDÓN Y CÍA. LIMITADA
CVE 1539609
