Rentas LTC Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la adquisición de toda clase de bienes, en el país o en el extranjero, sean estos muebles o inmuebles, valores mobiliarios, intangibles, acciones o derechos, con la finalidad exclusiva de obtener las rentas que esas inversiones produzcan. En cumplimiento de este objeto la Sociedad podrá invertir capitales en forma directa o indirecta, pudiendo al respecto constituir o formar parte de todo tipo de sociedades o entidades nacionales o extranjeras, como así mismo, desarrollar en general cualquier actividad directa o indirectamente relacionadas con las anteriores que acuerden los socios.
Capital
Capital total
$5.000.000
Capital integralizado
$5.000.000
Capital pendente
$0
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Lorena del Pilar Toloza Castellvi Socio | - | 99% | $4.950.000 |
Socio | - | 1% | $50.000 |
Administradores (2)
Lorena del Pilar Toloza Castellvi
Texto oficial do extrato
HARRY M. WINTER AGUILERA, Abogado, Notario Publico Titular de Osorno, con oficio Eleuterio Ramírez 910, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, doña LORENA DEL PILAR TOLOZA CASTELLVI y don MOISÉS GUILLERMO CASANOVA CEA, ambos domiciliados para estos efectos en Germán Hube mil ciento ochenta y cuatro, departamento cuatrocientos dos, Osorno, constituyeron una sociedad civil de responsabilidad limitada de cuyo texto extracto lo siguiente: Razón Social: “RENTAS LTC LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso comerciales, tributarios y bancarios, indistintamente la expresión abreviada de “RENTAS LTC LTDA.”. Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto la adquisición de toda clase de bienes, en el país o en el extranjero, sean estos muebles o inmuebles, valores mobiliarios, intangibles, acciones o derechos, con la finalidad exclusiva de obtener las rentas que esas inversiones produzcan. En cumplimiento de este objeto la Sociedad podrá invertir capitales en forma directa o indirecta, pudiendo al respecto constituir o formar parte de todo tipo de sociedades o entidades nacionales o extranjeras, como así mismo, desarrollar en general cualquier actividad directa o indirectamente relacionadas con las anteriores que acuerden los socios. Administración, Representación y Uso Razón Social: La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña Lorena del Pilar Toloza Castellvi, quien, anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, con todas y cada una de las facultades señaladas en la escritura extractada que se dan por reproducidas de manera expresa. En caso de fallecimiento o renuncia de doña Lorena del Pilar Toloza Castellvi, la administración y representación de la sociedad, y el uso de la razón social quedará radicada sin necesidad de acreditarla frente a terceros en don Moisés Guillermo Casanova Cea, quien, anteponiendo la razón social a su firma, la representará, con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, con todas y cada una de las facultades señaladas en escritura extractada, las cuales se dan por reproducidas de manera expresa. Capital Social: El capital de la sociedad es la suma de $5.000.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) doña Lorena del Pilar Toloza Castellvi, aporta la suma de $4.950.000, equivalentes al 99% del capital social, que entera en su totalidad en dinero en efectivo, en este mismo acto en la caja social. b) don Moisés Guillermo Casanova Cea, aporta la suma de $50.000, equivalentes al 1% del capital social, que entera en su totalidad en dinero en efectivo, en este mismo acto en la caja social. En consecuencia, las partes declaran íntegramente aportado y enterado el capital social. Responsabilidad: La responsabilidad de los socios se limita al monto de sus respectivos aportes. Duración: Rige desde fecha escritura extractada y durará hasta el treinta y uno de diciembre del año 2034, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con no menos de 6 meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con el acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos. Domicilio: comuna de Puerto Montt, pudiendo establecer agencias, oficinas y sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. Osorno, 25 Junio 2020.
Atuações recentes
- CONSTITUCIÓN
RENTAS LTC LIMITADA
CVE 1779211
