Inmobiliaria Peumo Sur Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
CRISTIAN ALEJANDRO ACUÑA GALLARDO Socio | - | 50% | - |
Socio | - | 50% | - |
Administradores (3)
Histórico societário relatado
- Constituição· 12 de agosto de 2020
Se constituyó Inmobiliaria Peumo Sur Limitada.
JOSE ANTONIO COFRE BOBADILLA · CRISTIAN ALEJANDRO ACUÑA GALLARDO · GASTÓN HUMBERTO CASTRO ACUÑA
Texto oficial do extrato
PABLO A. GONZÁLEZ CAAMAÑO, abogado, Notario Público titular de la Novena Notaría de Santiago, con oficio en calle Teatinos 333, entre piso, CERTIFICO: Por escritura pública suscrita con fecha 07 de noviembre de 2023, ante mí, los compareciente Don JOSE ANTONIO COFRE BOBADILLA, estudiante, domiciliado en Calle Santo Domingo 6152, depto. 601, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana; Don CRISTIAN ALEJANDRO ACUÑA GALLARDO, ingeniero en administración pública, domiciliado en Calle Santo Domingo N° 652, depto. 601, comuna y ciudad de Santiago, y don GASTÓN HUMBERTO CASTRO ACUÑA, empresario, domiciliado en Calle Huérfanos N° 1022, oficina 904, comuna y ciudad de Santiago, modifican escritura pública otorgada ante doña Francisca Rojas Damm, Notario Público suplente de la Sexta notaría de Santiago, con fecha 12 de agosto 2020, en donde se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada que gira bajo la razón social de “Inmobiliaria Peumo Sur Limitada”, RUT. 77.209.765-4, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas 51085, número 24214 del año 2020, publicada en el Diario Oficial con fecha 18 de agosto del año 2020, edición N° 42733. Modificación consiste: Don JOSE ANTONIO COFRE BOBADILLA, vende, cede y transfiere al compareciente don GASTÓN HUMBERTO CASTRO ACUÑA, quien, compra, adquiere y acepta para sí, el 100% de los derechos y haberes sociales que pertenecen al vendedor, y que representan el 50% del capital social. El precio de la cesión a favor de don JOSE ANTONIO COFRE BOBADILLA, es de $10.000.000, dinero que se paga en este acto, de contado, declarando que los recibe a su entera satisfacción sin reclamo alguno que formular al momento de la suscripción del presente instrumento. En consecuencia, la participación de los socios en la sociedad queda como sigue: a) Don CRISTIAN ALEJANDRO ACUÑA GALLARDO, queda como dueño de un 50% de derechos sociales, y b) Don GASTON HUMBERTO CASTRO ACUÑA, queda como dueño del 50% de los derechos sociales, los cuales continúan como únicos socios de la sociedad “INMOBILIARIA PEUMO SUR LIMITADA”. Asimismo por el presente instrumento, los socios de “Inmobiliaria Peumo Sur Limitada” acuerdan ratificar lo contenido en clausula octavo de los estatutos sociales en cuanto a la razón social, administración y representación de la sociedad la que corresponderá en forma conjunta a ambos socios. En todo lo no modificado por este instrumento queda plenamente vigente el pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
Inmobiliaria Peumo Sur Limitada
CVE 2407709
- CONSTITUCIÓN
INMOBILIARIA PEUMO SUR LIMITADA
CVE 1800862
