Itlg Servicios De Ingeniería Limitada
Informações tributárias (SII)
Tipo de entidade
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedade
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Início de atividades
Sem início de atividades informado pelo SII
Atividades econômicas
Sem atividades econômicas registradas no SII
Documentos timbrados
Sem documentos timbrados registrados no SII
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto único y exclusivo el ejercicio, desarrollo y perfeccionamiento de software y actividades de ingeniería asociadas. La Sociedad no podrá realizar otro tipo de actividades que no digan directa relación con el desarrollo de software, tales como la arquitectura de redes, la arquitectura de software, el desarrollo de códigos y estructuras complejas, y la prestación de sus servicios o asesorías profesionales, sin perjuicio de las inversiones y gastos necesarios para el ejercicio de la misma y mantener el capital de trabajo necesario. Los Socios se obligan a prestar servicios para la Sociedad como personas naturales.
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital integralizado
$1.000.000
Capital pendente
$0
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | $500.000 |
Socio | - | 50% | $500.000 |
Administradores (2)
Texto oficial do extrato
PATRICIO RABY BENAVENTE, Notario Público Titular de la 5° Notaría de Santiago, domiciliado en Gertrudis Echenique N° 30, oficina 32, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica: por escritura pública de fecha 24 de agosto del 2023, Repertorio N°9104-2023, ante mí, José Tomás Labbé Figueroa, en representación de: /a/ Luis María Costantini y /b/ Eduardo Javier Cardinali; todos domiciliados en calle Las Nieves Número 3.570, piso 1, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, de cual extracto lo siguiente: 1.- Razón social: “ITLG SERVICIOS DE INGENIERÍA LIMITADA”, pudiendo usar, también ante terceros, incluso ante bancos e instituciones financieras, Servicio de Impuestos Internos, Tesorería General de la República, etcétera, según corresponda, el nombre de fantasía “ITLG SERVICIOS DE INGENIERÍA LTDA.”; 2.- Objeto: La Sociedad tendrá por objeto único y exclusivo el ejercicio, desarrollo y perfeccionamiento de software y actividades de ingeniería asociadas.- La Sociedad no podrá realizar otro tipo de actividades que no digan directa relación con el desarrollo de software, tales como la arquitectura de redes, la arquitectura de software, el desarrollo de códigos y estructuras complejas, y la prestación de sus servicios o asesorías profesionales, sin perjuicio de las inversiones y gastos necesarios para el ejercicio de la misma y mantener el capital de trabajo necesario.- Los Socios se obligan a prestar servicios para la Sociedad como personas naturales; 3.- Capital: El capital de la Sociedad es la cantidad de un millón de pesos, que se aportó y pagó con anterioridad a este acto, en la forma y condiciones que se exponen a continuación: a) Luis María Costantini aporta la cantidad de quinientos mil pesos que paga en este acto al contado y en dinero efectivo, declarando la Sociedad haber recibido dicha suma a su más entera y total satisfacción; y, b) Eduardo Javier Cardinali aporta la cantidad de quinientos mil pesos que paga en este acto al contado y en dinero efectivo, declarando la Sociedad haber recibido dicha suma a su más entera y total satisfacción. En consecuencia, el capital es de un millón de pesos, que se encuentra íntegramente pagado y aportado por los socios con anterioridad a este acto. En consideración a lo anterior, el capital de la Sociedad se encuentra completamente aportado, enterado y pagado; 4.- Administración: La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderán separada e indistintamente a uno cualquiera de los señores Luis María Costanini y Eduardo Javier Cardinali. Facultades en escritura extractada. 5.- Vigencia: El plazo de duración de la Sociedad será de 5 años contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se prorrogará automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales de tiempo de 5 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término por medio de escritura pública, de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la Sociedad en el Registro de Comercio respectivo con una anticipación de a lo menos 6 meses al vencimiento del período original o al de cualquiera de sus prórrogas. Demás estipulaciones no son materia de extracto, constan en la escritura extractada-. Santiago 31 de agosto 2023. Patricio Raby Benavente, Notario Público.
Atuações recentes
- CONSTITUCIÓN
ITLG SERVICIOS DE INGENIERÍA LIMITADA
CVE 2372221
