Sociedade por Ações77.157.736-9

Inversiones Guayacan SpA

MODIFICACIÓN — 20 de fev. de 2025

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2025-02-20Ver PDF (CVE 2613547)

Informações societárias

SpA
Avenida Príncipe de Gales número cinco mil ochocientos cuarenta y uno
Duração: diez años a contar de la fecha de la escritura extractada, prorrogables tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno
Administração: La representación y administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a los socios, actuando individualmente uno cualquiera de ellos

Objeto social

a) la inversión por cuenta propia o ajena en toda clase bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, y, en general, en toda clase de valores mobiliarios, efectos de comercio, pagarés, acciones y derechos sociales, cualquiera sea su naturaleza, ya sea para fines de inversión y/o renta, para lo cual la sociedad podrá adquirir y enajenar, explotar, administrar y percibir sus frutos a cualquier título; b) la inversión, compra, venta, adquisición y enajenación con fines rentísticos sobre toda clase de bienes y derechos inmobiliarios, sean corporales o incorporales, presentes o futuros; c) la explotación, directamente o por terceros, en cualquier forma de toda clase de bienes inmuebles o muebles, corporales o incorporales; d) la inversión, participación y administración de toda clase de sociedades, joint ventures, asociaciones, consorcios y otras entidades afines; e) la prestación de asesorías y consultorías técnicas o profesionales en materiales comerciales, económicas, financieras, de organización y/o administración de empresas; y f) en general, realizar cualesquiera otras actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la sociedad y la realización de todos los actos o contratos necesarios para los fines anteriores

Capital

Capital total

$53.170.091

Capital integralizado

$53.170.091

Capital pendente

$0

Ações

2.985

Sócios (2)

NomeParticipação

José Manuel Moller Domínguez

Socio

67%

Cedric José Moller Domínguez

Socio

33%

Administradores (2)

Texto oficial do extrato

RAFAEL ORLANDO CORV ALÁN GUERRA, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Primera Notaria de La Reina, don Pablo Martinez Loaiza, con oficio en Avenida Príncipe de Gales número cinco mil ochocientos cuarenta y uno, comuna de La Reina, Región Metropolitana, certifico que por escritura pública de fecha 30 de diciembre de 2024, otorgada ante el Notario Público Titular de este Oficio, bajo el repertorio número 28.127-2024: (1) don José Manuel Moller Domínguez, en su calidad de único y actual accionista de INVERSIONES GUAYACAN SpA (la “Sociedad”), acordó lo siguiente: (i) aumentar el capital de la Sociedad de la suma de $3.170.091 dividido en 2.000 acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal a la cantidad de $53.170.091, mediante la emisión de 985 nuevas acciones de pago, de las mismas características a las existentes, representativas de $50.000.000, las que fueron íntegramente suscritas y pagadas en el acto por don Cedric José Moller Domínguez; y, (ii) se reemplazaron los artículos Quinto y Primero transitorio de los estatutos sociales. Se tuvo a la vista el registro de accionistas de la Sociedad. (2) Acto seguido y en el mismo instrumento, don José Manuel Moller Domínguez y don Cedric José Moller Domínguez, ambos domiciliados para estos efectos en calle Los Laureles 1.090, departamento 206, comuna de Vitacura, en sus calidades de únicos y actuales accionistas de la Sociedad, resolvieron transformarla por cambio de especie o tipo social a una sociedad de responsabilidad limitada, de cuyos estatutos se extracta: Razón social: “Inversiones Guayacan Limitada”. Duración: La duración de la sociedad será de diez años a contar de la fecha de la escritura extractada. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su voluntad de poner término a la sociedad, mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción en el Registro de Comercio, con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga que estuviese vigente. Objeto: a) la inversión por cuenta propia o ajena en toda clase bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, y, en general, en toda clase de valores mobiliarios, efectos de comercio, pagarés, acciones y derechos sociales, cualquiera sea su naturaleza, ya sea para fines de inversión y/o renta, para lo cual la sociedad podrá adquirir y enajenar, explotar, administrar y percibir sus frutos a cualquier título; b) la inversión, compra, venta, adquisición y enajenación con fines rentísticos sobre toda clase de bienes y derechos inmobiliarios, sean corporales o incorporales, presentes o futuros; c) la explotación, directamente o por terceros, en cualquier forma de toda clase de bienes inmuebles o muebles, corporales o incorporales; d) la inversión, participación y administración de toda clase de sociedades, joint ventures, asociaciones, consorcios y otras entidades afines; e) la prestación de asesorías y consultorías técnicas o profesionales en materiales comerciales, económicas, financieras, de organización y/o administración de empresas; y f) en general, realizar cualesquiera otras actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la sociedad y la realización de todos los actos o contratos necesarios para los fines anteriores. Capital: $53.170.091, el que se aporta y paga de la siguiente manera: /i/ don José Manuel Moller Domínguez, la suma de $35.623.961, equivalentes a un 67% de los derechos sociales, íntegramente pagados a esta fecha; y /ii/ don Cedric José Moller Domínguez, la suma de $17.546.130 pesos, equivalentes a un 33% de los derechos sociales, íntegramente pagados a esta fecha. Administración: La representación y administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a los socios don José Manuel Moller Domínguez y don Cedric José Moller Domínguez, quienes, actuando individualmente uno cualquiera de ellos, podrán ejercer la administración de la sociedad personalmente o a través de uno o más delegados, especialmente designados para ello por instrumento privado protocolizado o por escritura pública, con aquellas facultades que expresamente se le otorgue. Se facultó al portador este extracto para legalización. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 17 de febrero de 2025.

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