Sociedade por Ações77.112.849-1

Inmobiliaria E Inversiones Valme SpA

MODIFICACIÓN — 10 de fev. de 2023

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2023-02-10Ver PDF (CVE 2270273)

Informações societárias

SpA

Histórico societário relatado

  1. Mudança de capital· 5 de dezembro de 2022

    Se aumentó el capital de la sociedad y se modificó su estatuto.

Texto oficial do extrato

JUAN ROBERTO PEÑA URRA, Abogado, Notario Público Titular de la Séptima Notaría de Rancagua, con oficio ubicado en esta ciudad, en Avenida Presidente Eduardo Frei Montalva (Carretera del Cobre) número trescientos cuarenta local tres, certifico: por escritura pública de hoy, ante mí, don JAVIER ANDRES OLLANADEL PÉREZ, abogado, domiciliado en Avenida Manuel Rodríguez 770, San Fernando, suscribió escritura de SANEAMIENTO de escritura pública de fecha 5 de diciembre de 2022, otorgada en la Notaría de Rancagua de don Juan Roberto Peña Urra con oficio ubicado en esta ciudad, en Avenida Presidente Eduardo Frei Montalva (Carretera del Cobre) número trescientos cuarenta local tres, en la cual se aumentó el capital y se modificó la sociedad por acciones denominada “INMOBILIARIA E INVERSIONES VALME SpA”, repertorio número 2608-2022, extracto publicado el día 22 de diciembre de 2022, en el sentido que: por un error involuntario, no se llevó a cabo la inscripción correspondiente en el plazo dispuesto por la ley, en ese sentido, viene en este acto y por el presente instrumento, en sanear los vicios formales en que se incurrió por no inscribir en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces. Demás estipulaciones en escritura extractada. Se facultó para inscribir. Rancagua, a 27 de enero del año 2023. Doy Fe.-

ModificaçãoDiario Oficial · 2022-12-22Ver PDF (CVE 2238362)

Informações societárias

SpA
Rancagua, O'Higgins

Capital

Capital total

$130.000.000

Capital integralizado

$30.000.000

Capital pendente

$100.000.000

Ações

1.300

Sócios (4)

NomeParticipação

PAMELA JIMENA ESPINA MARCHANT

Accionista

105 ações

JAVIER ANDRES LAGOS RODRIGUEZ

Accionista

1.105 ações

BENJAMIN ANDRÉS LAGOS ESPINA

Accionista

45 ações

ISABEL MARGARITA LAGOS ESPINA

Accionista

45 ações

Texto oficial do extrato

JUAN ROBERTO PEÑA URRA, Abogado, Notario Público Titular de la Séptima Notaría de Rancagua, con oficio ubicado en esta ciudad, en Avenida Presidente Eduardo Frei Montalva (Carretera del Cobre) número trescientos cuarenta local tres, certifico: por escritura pública de 05 de diciembre de 2022, ante JORGE ENRIQUE QUEZADA NUÑEZ, Abogado, Notario Público Suplente del suscrito, doña PAMELA JIMENA ESPINA MARCHANT; don JAVIER ANDRES LAGOS RODRIGUEZ; don BENJAMIN ANDRÉS LAGOS ESPINA, y doña ISABEL MARGARITA LAGOS ESPINA, aumentaron el capital y por ende modificaron los estatutos sociales de sociedad por acciones denominada, Razón social “INMOBILIARIA E INVERSIONES VALME SPA”, cuya inscripción rola a fojas 1065 numero 685 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua correspondiente al año 2019 y publicado en el Diario Oficial de fecha veintisiete de diciembre del mismo año. Acuerdo de aumento del capital: los ACCIONISTAS, vienen en aumentar el capital de “INMOBILIARIA E INVERSIONES VALME SPA” en la suma de cien millones de pesos, esto es, de la suma de treinta millones, dividido en trescientas acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, a la suma de ciento treinta millones de pesos, dividido en mil trecientas acciones de las mismas características, mediante la emisión de mil acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. Modificación de estatutos sociales. A fin de reflejar en los estatutos de la Sociedad el aumento de capital acordado en el presente instrumento, los ACCIONISTAS, en su calidad de únicos accionistas de la Sociedad, vienen en modificar los estatutos sociales de la misma en el siguiente sentido: /i/ Modificar y reemplazar el Artículo QUINTO de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Quinto. El capital de la Sociedad es la suma de ciento treinta millones pesos dividido en mil trecientas acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, que se suscriben, enteran y pagan en la forma establecida en las disposiciones transitorias”, y /ii/ Modificar y reemplazar el Artículo Primero Transitorio de los estatutos por el siguiente: “Artículo Primero Transitorio: En conformidad al Artículo Quinto de estos Estatutos, el capital de la Sociedad es la suma de ciento treinta millones pesos dividido en mil trecientas acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, de las cuales; /i/ trescientas acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal fueron suscritas por la sociedad ACCIONISTA, por un valor total de treinta millones de pesos, todas las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; /ii/ las restantes mil acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, quedan pendientes de suscripción y pago, todas las cuales deberán suscribirse y pagarse dentro del plazo de tres meses a contar de esta fecha, por el socio JAVIER ANDRES LAGOS RODRIGUEZ. /iii/ una vez enteradas y pagadas las acciones pendientes el capital quedara compuesto en la forma que se indica: a) doña PAMELA JIMENA ESPINA MARCHANT suscribe la cantidad de 105 acciones por un valor de $10.500.000, que se pagan en este acto de contado en dinero efectivo, ingresado en la caja social; b) don JAVIER ANDRES LAGOS RODRIGUEZ suscribe la cantidad de 105 acciones por un valor de $10.500.000, que se pagan en este acto de contado en dinero efectivo, ingresado en la caja social y suscribe además mil acciones por un valor de $100.000.000 que se enteraran por aporte de inmueble según lo indicado en esta presentación; c) don BENJAMIN ANDRÉS LAGOS ESPINA suscribe la cantidad de 45 acciones por un valor de $4.500.000, que se pagan en este acto de contado en dinero efectivo, ingresado en la caja social; d) doña ISABEL MARGARITA LAGOS ESPINA suscribe la cantidad de 45 acciones por un valor de $4.500.000, que se pagan en este acto de contado en dinero efectivo, ingresado en la caja social. Demás estipulaciones constan escritura extractada. En todo lo no modificado por la presente escritura, rigen íntegramente las estipulaciones del pacto social contenidas en la escritura pública individualizada en la Cláusula Primera de este instrumento. Se facultó para inscribir. Rancagua, a 19 de diciembre del año 2022. Doy Fe.-

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