Orl Pro SpA
Diario Oficial
Informações societárias
Capital
Capital total
$2.000.000
Capital integralizado
$1.000.000
Capital pendente
$1.000.000
Ações
20
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista 16.xxx.xxx-0 | 16.xxx.xxx-0 | 10 ações | $1.000.000 |
Cecilia Alejandra Sedano Muñoz Accionista 17.xxx.xxx-6 | 17.xxx.xxx-6 | 10 ações | $1.000.000 |
Administradores (2)
Cecilia Alejandra Sedano Muñoz
Texto oficial do extrato
ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, 36° Notaría de Santiago, La Concepción 65, piso 2, comuna de Providencia, certifica: Que por escritura pública de fecha 16 de septiembre de 2020, Repertorio:17.839-2020, se redujo a tal calidad, la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad denominada: “ORL PRO SpA” con la concurrencia del único accionista que representa el total de las acciones en que se divide el capital social, esto es, don ANDRÉS YOMTOV ALVO VERGARA, RUT: 16.098.135-0; oportunidad en la cual expuso y acordó lo siguiente: Uno: Aumentar el capital de la sociedad desde la suma de $1.000.000.- , dividido en 10 acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal a $2.000.000.-, dividido en 20 acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, a ser colocadas, las 10 acciones representativas del aumento de capital, al valor de $100.000.-, debiendo quedar emitidas, suscritas y pagadas dentro del plazo máximo de un año, contado desde la fecha de la presente Junta y debiendo ser pagadas en dinero efectivo, moneda de curso legal o en bienes. De esta manera, la Junta acordó, por unanimidad, reemplazar los artículos Quinto y Primero Transitorio por los siguientes: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de dos millones de pesos, dividido en veinte acciones, todas ellas nominativas y sin valor nominal.” Dos: Deja constancia don Andrés Yomtov Alvo Vergara, único accionista de la sociedad, que no es su deseo concurrir a esta suscripción y pago del aumento de capital, razón por la cual, se le ha ofrecido a doña Cecilia Alejandra Sedano Muñoz, cedula de identidad número diecisiete millones ochenta y cinco mil novecientos sesenta y dos guion seis, chilena, domiciliada en calle Robles doce mil setecientos veintinueve departamento C setecientos siete, Lo Barnechea, casada, médico cirujano, quien ha manifestado interés en suscribir y pagar el aumento de capital de la compañía, por lo que el actual accionista de la compañía renuncia, por este acto, en forma irrevocable a suscribir y pagar tal aumento de capital. Conforme a lo anterior solicita se dé redacción a la cláusula transitoria que refleja tal hecho, la que será del siguiente tenor. “ARTICULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la sociedad ascendente a la suma de dos millones de pesos, dividido en veinte acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, del cual se encuentra íntegramente suscritas diez acciones y se ha pagado y pagará de la siguiente forma; a) Con la suma de un millón de pesos, dividido en diez acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, íntegramente suscritas con anterioridad a este acto, las que se encuentran pagadas; b) Con la suma de un millón de pesos, dividido en diez acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, correspondientes al aumento de capital acordado en esta Junta General Extraordinaria de Accionistas, las cuales son suscritas y serán pagadas por doña Cecilia Alejandra Sedano Muñoz, dentro del plazo ya referido. Asimismo, se acuerda modificar la designación de los administradores de la sociedad contenida en el Artículo Tercero Transitorio de los estatutos sociales relativo a la administración de la sociedad, reemplazando dicho artículo del pacto social por el siguiente; Articulo Tercero Transitorio: De acuerdo a lo señalado en el artículo Undécimo se designa como representantes de ORL PRO SpA a don Andrés Yomtov Alvo Vergara y a doña Cecilia Alejandra Sedano Muñoz, quienes representarán a la sociedad, conjunta y/o indistintamente, separadamente, con las facultades que en dicho artículo se señalan. En todo lo no modificado se mantiene íntegramente vigente el pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 05 de octubre de 2020.
Informações societárias
Objeto social
El objeto de la sociedad es: a) prestar servicios o asesorías profesionales médicas, por intermedio de sus socios o asociados o con la colaboración de dependientes que coadyuven a la prestación del servicio profesional, y b) Hacer inversiones y administrar bienes raíces, bienes muebles, acciones o derechos en sociedades, valores mobiliarios, bonos y en general, en toda clase de créditos; administrar dichas inversiones para obtener rentas de ellas y la percepción de los frutos que de ello provengan; y c) La participación y/o constitución de sociedades o asociaciones que tengan uno o más objetos similares o complementarios a los indicados anteriormente, y en general, a cualquier negocio relacionado con el objeto social u otro que los socios acuerden.
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital integralizado
$1.000.000
Capital pendente
$0
Ações
10
Sócios (1)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 100% | $1.000.000 |
Texto oficial do extrato
KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogado, Notario Suplente, de don FELIPE ANDRES RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, de la Trigésima Sexta Notaria de Santiago, con oficio en calle La Concepción 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico que: por escritura pública de fecha 8 de Noviembre de 2019, ante el notario titular Andrés Felipe Rieutord Alvarado, repertorio Nº33.319/2019, Andrés Yomtov Alvo Vergara, domiciliado en Robles 12.729, Departamento 707, constituyó sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta: Nombre o Razón social “ORL PRO SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad es: a) prestar servicios o asesorías profesionales médicas, por intermedio de sus socios o asociados o con la colaboración de dependientes que coadyuven a la prestación del servicio profesional, y b) Hacer inversiones y administrar bienes raíces, bienes muebles, acciones o derechos en sociedades, valores mobiliarios, bonos y en general, en toda clase de créditos; administrar dichas inversiones para obtener rentas de ellas y la percepción de los frutos que de ello provengan; y c) La participación y/o constitución de sociedades o asociaciones que tengan uno o más objetos similares o complementarios a los indicados anteriormente, y en general, a cualquier negocio relacionado con el objeto social u otro que los socios acuerden. Capital: El capital de la sociedad asciende al monto de $1.000.000, dividido en 10 acciones, nominativas y sin valor nominal, de una única serie que se suscribe y paga en la forma estipulada en el Artículo 1º Transitorio. Señala dicho artículo: “Artículo Primero Transitorio El capital social de un millón de pesos dividido en diez acciones nominativas de una sola serie y sin valor nominal, se suscribe y se paga don ANDRES YOMTOV ALVO VERGARA, en este acto” . Las demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se faculto al portador de este extracto para legalización. Santiago, 21 de Noviembre de 2019.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
ORL PRO SpA
CVE 1829343
- CONSTITUCIÓN
ORL PRO SpA
CVE 1686299
